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El Peruano Miércoles 8 de mayo de 2013 494408 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL RÍMAC Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de abril de 2013, Memorándum Nº 119-2013-GDU- MDR de fecha 23 de abril de 2013 de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe Nº 431-2013-SGCUCOP- GDU-MDR de fecha 23 de abril de 2013 de la Subgerencia de Control Urbano, Catastro y Obras Privadas, Memorándum Nº 040-2013-GDEL-MDR de fecha 04 de abril de 2013 de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Informe Nº 039-2013-SGDC-GDEL/ MDR de fecha 02 de abril de 2013 de la Subgerencia de Defensa Civil, Informe Nº 428-2012-GAJ-MDR de fecha 13 de junio de 2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta; el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA COMO ZONA NO HABITABLE LAS ZONAS ALTAS DE LOS CERROS UBICADOS EN EL DISTRITO DEL RÍMAC Artículo Primero.- Declárese como Zona No Habitable, las partes altas de los cerros del distrito del Rímac, espacios territoriales ubicados por encima de los Asentamientos Humanos, Pueblos Jóvenes y otras Organizaciones Territoriales, debidamente formalizados, ubicados en las laderas de los cerros. Artículo Segundo.- Declárese, a las partes altas de los cerros del distrito del Rímac, con la Zonifi cación PTP (Zona de Protección y Tratamiento Paisajístico). Artículo Tercero.- Prohíbase la ocupación de áreas de pendiente pronunciada, califi cadas como Zona de Protección y Tratamiento Paisajista, así como de áreas declaradas como zonas de riesgo por INDECI a fi n de evitar posibles riesgos físicos. Artículo Cuarto.- Dispóngase la ejecución de actividades que determinen la identifi cación de las zonas en las que en la actualidad se encuentren siendo ocupadas y su empadronamiento de las viviendas que se encuentran ahí ubicadas para poder plantear alternativas de reubicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, facultándose al señor Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía, proceda a su reglamentación que corresponda. Segunda.- Dispóngase que la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Subgerencia de Programación de la Inversión, elaboren proyectos de arborización, recubrimiento vegetal, tratamiento paisajista y de protección y de seguridad física en las zonas altas de los cerros del distrito, declaradas con Zonifi cación PTP. Tercera.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, las acciones correspondientes a fi n de implementar las acciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Palacio Municipal a los veinticuatro días del mes de abril del dos mil trece. ENRIQUE PERAMAS DÍAZ Alcalde 933937-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Imponen sanción de suspensión a Regidor de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 026 San Juan de Lurigancho, 6 de mayo de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, la Carta Nº 012-2013-R-DNES-P-CAJFyT/MDSJL de fecha 27.02.2012 que contiene el Dictamen Nº 001-2013- CAJFyT-MDSJL de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Transparencia con sus respectivos actuados y antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3º del Artículo 84º del Reglamento Interno del Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza Nº 134, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 28.02.2008 señala que corresponde a la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Transparencia, normar, fi scalizar y pronunciarse sobre los asuntos relacionados con la vacancia y suspensión del Alcalde y Regidores del Concejo; Que, mediante Ofi cio Nº 051-2013-SG/MDSJL de fecha 15 de enero de 2013, la Secretaría General, conforme a lo señalado en el Acuerdo de Concejo Nº 002 de fecha 09 de enero del 2013, remite el documento con Registro Nº 74979-S1-2012 mediante el cual el vecino Christian Luis Sotelo Fernández solicita la suspensión del cargo de regidor del Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho del Sr. Jesús Maldonado Amao por haber incurrido en la falta grave prevista en el literal o) del artículo 51º del Reglamento Interno de Concejo; Que, mediante escrito signado con el número de Registro Nº 74979-S1-2012 el vecino Christian Luis Sotelo Fernández, manifi esta que el regidor Jesús Maldonado Amao abandonó el país, sin autorización del concejo municipal, descuidando sus funciones inherentes al cargo, habiendo impedido el normal funcionamiento de las actividades de la Corporación Municipal, precisamente ha dejado sin Presidente a la Comisión de Economía y Rentas; así como a la Comisión de Medio Ambiente; y, sin miembro titular a la Comisión de Servicios Públicos Locales de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho del 19 al 24 de octubre del 2011, dicho abandono del país sin autorización del concejo municipal se encuentra prevista como falta grave, en el literal o) del artículo 51º del Reglamento Interno de Concejo, por cuanto, antojadizamente no puede salir fuera del país y paralizar el normal desarrollo y funcionamiento de la Comisión de Economía y Rentas, Comisión de Medio Ambiente y la Comisión de Servicios Públicos Locales, comisiones de trabajo aprobados por Acuerdo Nº 003 de fecha 11.01.2011; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 003 de fecha 11.01.2011 se aprueba el Cuadro de Comisiones Ordinarias del Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho para el año 2011 en el cual se verifi ca que el regidor Jesús Maldonado Amao ostentaba el cargo de Presidente de la Comisión de Economía y Rentas, Vicepresidente de la Comisión de Servicios Públicos Locales y Presidente de la Comisión de Medio Ambiente; Que, mediante Ofi cio 0002-2013-R-DNES-P-CAJFyT- MDSJL la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Transparencia solicitó a la Superintendencia Nacional de Migraciones el Certifi cado de Movimiento Migratorio del