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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2013 (08/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

El Peruano Miércoles 8 de mayo de 2013 494410 del Gobierno Local y tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece en el Artículo 17º inciso 17.1 que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo, presupuestos y en la gestión pública, prescribiendo así mismo, en el Articulo 42º, inciso g), que los gobiernos locales, aprueban y facilitan los mecanismos y espacios de participación, concertación y fi scalización de la comunidad en la gestión municipal; Que, la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, defi ne en sus Artículos 102º, 103º y 104º la composición, instalación y funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital como órgano de coordinación y concertación del Plan de Desarrollo Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital; Que, mediante la Ordenanza Nº 130/MVMT, la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo reglamentó la conformación, instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, y establece en su Artículo 20º que el Comité Electoral es el órgano encargado de asumir la organización, dirección y control del proceso electoral, prescribiendo su conformación y funciones en los Artículos 21º y 22º; Que, mediante Ordenanza Nº 158/MVMT de fecha 31 de octubre del 2012, se establece la prórroga la Vigencia del Consejo de Coordinación Local Distrital, hasta el proceso electoral periodo 2013-2014, en concordancia con el Decreto de Alcaldía N° 001-2013/MVMT de fecha 11 de enero de 2013, mediante el cual se aprueba el Cronograma de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD; Que, mediante Acuerdo del Consejo de Coordinación Local Distrital N° 001-2012-CCLD/MVMT se conforma, el Comité Electoral para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital CCLD en el Distrito de Villa María del Triunfo, periodo 2013-2014, disponiendo que el Comité Electoral establezca el Cronograma de Actividades bajo el cual se desarrollará el proceso electoral, el cual deberá ser remitido a la Alcaldesa para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el artículo segundo de la Ordenanza 158/ MVMT; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 001-2013/ MVMT se aprueba el cronograma de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, de acuerdo al detalle que obra en el anexo 01 del presente decreto; Que, el Comité Electoral, ha comunicado la relación de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, remitiendo copia del Acta Electoral para la emisión de la respectiva Resolución de Alcaldía de reconocimiento de los mismos, dando a conocer como lista ganadora, según acta de resultados del escrutinio electoral, la Lista Nº 01, siendo sus integrantes los siguientes: José Feliberto Irigoin Olivera, Félix Rufi no de la Cruz, Dolores Hermenegilda Barzola Talaverano, Gregoria Antonieta Flores Suri, Ethel Diana García Carbajal, Ana Flor Gárate de la Torre Zapata y Pedro Cárdenas Saldaña, como titulares; Mildren Lilian Matta Ramírez y Rosa Rosalía Zapaille Sermeño de Amante, como accesitarios; Que, la Ordenanza Nº 130-2003-MVMT mediante el Artículo 11º prescribe que “los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital son elegidos democráticamente por un periodo de dos (2) años, contado a partir de su elección”; por lo que se tiene que los actuales representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local, culminan su mandato con la elección de los nuevos representantes de la sociedad civil; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades que confi ere al Alcalde el numeral 6) y el numeral 20 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley No. 27972, estipula que el Alcalde puede Delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal y, el numeral 11 del artículo 38 de la citada Ley establece como funciones de Gerencia Municipal emitir Resoluciones de Gerencia Municipal en los ámbitos de su competencia. RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, como Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo periodo 2013-2014, a las siguientes personas: A.- TITULARES Representante Zona 1. José Feliberto Irigoin Olivera José Carlos Mariátegui 2. Félix Rufi no de la Cruz Cercado 3. Dolores Hermenegilda Barzola Talaverano Inca Pachacútec 4. Gregoria Antonieta Flores Suri Nueva Esperanza 5. Ethel Diana García Carbajal Tablada de Lurín 6. Ana Flor Gárate de la Torre Zapata José Gálvez 7. Pedro Cárdenas Saldaña Nuevo Milenio B.- ACCESITARIOS Mildren Lilian Matta Ramírez Nueva Esperanza Rosa Rosalía Zapaille Sermeño de Amante José Carlos Mariátegui Artículo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General y Sub Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional la publicación y difusión de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la Municipalidad. Artículo 3º.- AGRADECER a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo de periodo 2010-2012, por los servicios prestados a la población distrital Villa marina. Regístrese; comuníquese, cúmplase y publícase. ISIDRO P. CHAMBERGO CAMPOS Gerente Municipal 933760-1 REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN