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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2013 (09/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Jueves 9 de mayo de 2013 494461 a lograr el reconocimiento y la legitimidad social del Poder Judicial. Cuarto: Que, siendo así, las funciones del Consejo Consultivo de la Presidencia del Poder Judicial, se realizarán respetando los principios de autonomía e independencia del Poder Judicial y dentro de un marco esencialmente de consejería a la Presidencia de este Poder del Estado, actividad que no irrogará gasto alguno a la institución. En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por el artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar el Consejo Consultivo del Poder Judicial para el período 2013-2014, con los siguientes integrantes: - Dr. Jorge Avendaño Valdez - Dr. Gianfranco Castagnola Zúñiga - Dr. Javier de Belaunde López de Romaña - Dr. Roberto Enrique Dañino Zapata - Dr. Raúl Ferrero Costa - Dr. Alfonso García Miró - Ing. Eduardo Hochschild - Dr. Horst Schoenbohm - Dr. Oswaldo Hundskopf Exebio - Dr. Baldo Kresalja Rosselló - Dr. Roberto Maclean Ugarteche - Dr. Manuel Sánchez-Palacios Paiva - Dr. José Luis Sardón de Taboada - Dr. Nelson Eduardo Shack Yalta - Dra. Ana Inés Temple Arciniega - Dr. Carlos Añaños Jerí - Dr. Lorenzo Zolezzi Ibárcena Artículo Segundo.- Precisar que la labor que se realice por los integrantes del Consejo Consultivo será ad honorem, con lo cual no se irrogará gasto alguno al Poder Judicial. Artículo Tercero.- Designar al Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, como Secretaría Técnica del citado Consejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 934413-1 ORGANOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Designan Jefes y Administradores de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 101-2013-J/ONPE Lima, 8 de mayo de 2013 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 1606 y 1808-2013-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, el Memorando Nº 705-2013-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, las Actas Nºs. 010 y 012-2013-CPSJACLV ODPE NEM/ CPR JULIO 2013 de la Comisión de Selección de Jefes, Administradores y Coordinadores de Local de Votación de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, conformadas para las Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Julio 2013; así como el Informe Nº 119-2013-OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 120-2012-PCM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 13 de diciembre de 2012, se convocó a Nuevas Elecciones Municipales 2013, para el 07 de julio de 2013, a fi n de elegir Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales que se detallan en el anexo del mismo; Que, por Resolución Nº 0196-2013-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 05 de marzo de 2013, se convocó a la Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales en diversas circunscripciones, para el 07 de julio de 2013; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, para llevar a cabo los procesos electorales convocados, mediante Resolución Jefatural Nº 065- 2013-J/ONPE, se han conformado veintidós (22) Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, cuyos Jefes, funcionarios de las mismas y Coordinadores de Local de Votación, de acuerdo al artículo 49º de la Ley Orgánica de Elecciones, son designados por el Jefe de la ONPE mediante concurso público; Que, como resultado del Concurso Público de Méritos respectivo, con fecha 02 de abril de 2013, se publicó en el diario ofi cial El Peruano la Resolución Jefatural Nº 067- 2013-J/ONPE que dispone la publicación de la relación de postulantes que aprobaron el proceso de selección para cubrir las vacantes de titular y accesitario para el cargo de Jefe; y las vacantes para el cargo de Administrador, que desempeñarán funciones en el marco de las Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Julio 2013, otorgándosele a la ciudadanía el plazo de ley para la interposición de las tachas respectivas, de ser el caso; Que, en similar sentido, también en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 19 de abril de 2013 se publicó la Resolución Jefatural Nº 087-2013-J/ONPE con la relación de postulantes que aprobaron el proceso de selección, en tercera convocatoria, para el cargo de Administrador de las ODPE; Que, mediante carta de fecha 18 de abril de 2013, la postulante Magdalena Castro Sánchez ha presentado desistimiento a su postulación al cargo de Jefe de ODPE, por lo que corresponde su exclusión de la presente designación e inclusión del primer accesitario seleccionado; Que, mediante los Ofi cios de vistos, de fechas 10 y 26 de abril de 2013, respectivamente, el Jurado Nacional de Elecciones comunica que no se han presentado tachas contra los Jefes y Administradores de las ODPE, a que se refi eren las Resoluciones Jefaturales Nºs. 067 y 087- 2013-J/ONPE; Que, en sesiones de fechas 15 y 29 de abril de 2013, la Comisión a cargo del Concurso Público de Selección de Jefes, Administradores y Coordinadores de Local de Votación de las ODPE, aprobó la relación defi nitiva de los seleccionados para ocupar los cargos de Jefe y Administrador de las ODPE, respectivamente; por lo que corresponde emitir el acto de administración que designe a los ciudadanos que desempeñarán dichos cargos en el marco de los procesos electorales convocados; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales,