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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2013 (12/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Domingo 12 de mayo de 2013 494635 Reglamento para el Reconocimiento de la titularidad sobre acciones, dividendos y demás derechos en las sociedades anónimas abiertas; aprobar los Criterios aplicables al reconocimiento de la titularidad sobre acciones, dividendos y demás derechos en los procedimientos de solicitud o reclamación y modifi car el Anexo XV del Reglamento de Sanciones, aprobado por Resolución CONASEV Nº 055- 2001-EF/94.10 (en adelante, el PROYECTO); CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modifi cado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley Nº 29782, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, asimismo, de acuerdo con el literal b) del artículo 5º de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión; Que, mediante la Resolución CONASEV Nº 038-99- EF/94.10, publicada el 12 de marzo de 1999, se aprobaron las “Normas Complementarias Procedimentales de la Ley de Protección a los Accionistas Minoritarios de las Sociedades Anónimas Abiertas” (normativa actualmente incorporada a la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887). Asimismo, mediante la Resolución CONASEV Nº 060-2000-EF/94.10, publicada el 08 de septiembre de 2000, se aprobaron las “Normas Complementarias al Decreto de Urgencia Nº 052- 2000 y el Decreto Supremo Nº 082-2000-EF”; Que, las normas complementarias aprobadas por la entonces CONASEV, son normas que por el transcurso del tiempo y los sucesivos cambios normativos requieren de diversas precisiones. En ese sentido, el PROYECTO busca mejorar los procedimientos regulados en las mencionadas normas complementarias, teniendo en consideración los mencionados cambios normativos y la experiencia de los órganos encargados de la aplicación de dicho marco legal; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1º y el literal b) del artículo 5º la Ley Orgánica de la SMV, aprobada por Decreto Ley Nº 26126 y modifi cada por la Ley Nº 29782, el artículo 7º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV, en su sesión del 10 de mayo de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la difusión del Proyecto de Reglamento para el Reconocimiento de la titularidad sobre acciones, dividendos y demás derechos en las sociedades anónimas abiertas, de los criterios aplicables al reconocimiento de la titularidad sobre acciones, dividendos y demás derechos en los procedimientos de solicitud o reclamación y de la modifi cación del Anexo XV del Reglamento de Sanciones, aprobado por Resolución CONASEV Nº 055-2001-EF/94.10. Artículo 2º.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se refi ere el artículo anterior, podrán ser presentados vía Mesa de Partes de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en Avenida Santa Cruz 315- Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o por vía electrónica a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ReglamentoTitularidadAcciones@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 935837-1 Autorizan viaje de la Superintendente del Mercado de Valores a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 064-2013-SMV/02 Lima, 9 de mayo de 2013 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: Las comunicaciones del 08 de febrero y 15 de marzo de 2013, enviadas por la Organización Internacional de Comisiones de Valores – OICV (IOSCO, por sus siglas en inglés) para que la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV participe en la Conferencia Anual del Comité de Mercados Emergentes de la Organización Internacional de Comisiones de Valores, que tendrá lugar del 21 al 23 de mayo de 2013 en la ciudad de Panamá, República de Panamá, así como el Informe Nº 435- 2013-SMV/02.2 del Coordinador Ejecutivo de Asuntos Internacionales de la SMV; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicaciones del 08 de febrero y 15 de marzo de 2013, la Organización Internacional de Comisiones de Valores - OICV invita a la Superintendencia del Mercado de Valores a participar en la Conferencia Anual del Comité de Mercados Emergentes de la Organización Internacional de Comisiones de Valores, que se llevará a cabo del 21 al 23 de mayo de 2013 en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, el Comité de Mercados Emergentes (EMC, por sus siglas en inglés) constituye el más amplio foro de discusión de economías emergentes sobre temas vinculados a los mercados de capitales; Que, la Conferencia Anual del Comité de Mercados Emergentes de la Organización Internacional de Comisiones de Valores, será una oportunidad para profundizar las relaciones entre los supervisores fi nancieros, participar en el debate de temas de interés de la SMV para el desarrollo ordenado de nuestro mercado, así como para promocionar ante la comunidad de reguladores del EMC y del sector privado presente en la reunión, las diversas líneas de actuación de la SMV a fi n de tener un mercado más dinámico e inclusivo con los emisores, en un marco que procure la mejor protección de los inversionistas; Que, dicho evento es de gran utilidad para fortalecer la reforma del mercado de capitales que viene promoviendo actualmente el gobierno a través del Ministerio de Economía y Finanzas con la participación de la SMV, de tal forma que el ordenamiento legal promueva la incorporación de emisores y la adecuada protección de los inversionistas, en un contexto de mercados altamente competitivos; lo cual se enmarca en los lineamientos de política económica del Gobierno contenidos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, en orden a los objetivos de contar con mercados fi nancieros transparentes y efi cientes, así como con instituciones sólidas que faciliten el fi nanciamiento y la inversión; Que, en consecuencia, siendo de interés institucional y nacional, resulta conveniente autorizar el viaje de la señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, Superintendente del Mercado de Valores, para asistir al evento en mención, cuyos gastos serán asumidos con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; y, De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-