Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2013 (01/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013

506301
SE RESUELVE: Articulo 1.- Ampliar el plazo de ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", desde el 01 de octubre de 2013 al 31 de marzo de 2014. Articulo 2.- Aprobar el texto de las adendas a los Convenios para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", a ser suscritos por el Ministerio de la Produccion con las empresas SGS del Peru S.A.C. y Certificaciones del Peru S.A. (CERPER), el que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- Delegar en el Viceministro de Pesqueria, la facultad de suscribir en representacion del Ministerio de la Produccion con las empresas SGS del Peru S.A.C. y Certificaciones del Peru S.A. (CERPER), las adendas a los Convenios para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", conforme al texto aprobado por el articulo 2 de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4.- Autorizar a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion a aprobar el texto de las adendas de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimiento del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" y a suscribir las referidas adendas, con los titulares de licencias de operacion para establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano indirecto, consumo humano directo, plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010PRODUCE, para cuyo caso se considera un plazo de vigencia desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014. Articulo 5.- Como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolucion, el plazo de vigencia de los Contratos de Prestacion de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, suscritos por las empresas ejecutoras del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" y los establecimientos industriales pesqueros para consumo humano indirecto, consumo humano directo, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010-PRODUCE, podran ser modificados considerando como plazo de vigencia desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014. Para tal efecto, la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion aprobara el texto de la adenda de los Contratos de Prestacion de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, emitiendo las normas de caracter general correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 1008746-1

Que, por Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, se crea el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", cuyos alcances fueron modificados por los Decretos Supremos N° 0292005-PRODUCE, N° 007-2009-PRODUCE, N° 013-2009PRODUCE, N° 002-2010-PRODUCE, N° 008-2010PRODUCE, y demas normas modificatorias; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 145-2013PRODUCE se amplia el plazo de ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", desde el 15 de MORDAZA de 2013 hasta el 30 de setiembre de 2013 y se aprueba el texto de las Adendas a los Convenios para la ejecucion del referido Programa; delegandose en el Viceministro de Pesqueria, la facultad de suscribir las referidas adendas, en representacion del Ministerio de la Produccion con las empresas SGS del Peru S.A.C. y Certificaciones del Peru S.A. (CERPER); Que, por Resolucion Ministerial N° 148-2013PRODUCE, se autoriza el inicio de la Primera Temporada de Pesca 2013 en la MORDAZA Norte - Centro para la extraccion del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) desde el 17 de MORDAZA, siendo la fecha de conclusion una vez alcanzado el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible - LMTCP o en su defecto, hasta el 31 de MORDAZA de 2013; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 3002013-PRODUCE se autoriza el inicio de la MORDAZA Temporada de Pesca 2013 en la MORDAZA Norte ­ Centro para la extraccion del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) desde el 12 de noviembre de 2013, siendo la fecha de conclusion una vez alcanzado el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible - LMTCP o en su defecto, hasta el 31 de enero de 2014; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 301-2013PRODUCE se autoriza el inicio de la MORDAZA Temporada de Pesca 2013 en la MORDAZA Sur para la extraccion del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) desde el 31 de octubre de 2013, siendo la fecha de conclusion una vez alcanzado el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible - LMTCP o en su defecto, hasta el 31 de marzo de 2014; Que, mediante los informes de vistos, la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion recomienda (i) aprobar el texto de las adendas a los Convenios para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", a fin de garantizar su continuidad, durante el plazo comprendido desde el 01 de octubre de 2013 al 31 de marzo de 2014 y, (ii) modificar las prestaciones de las empresas supervisoras, a efectos de precisar el control de la produccion de harina, segun lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes; Que, asimismo, la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion recomienda modificar los valores referenciales aplicables a la adenda aprobada por Resolucion Ministerial N° 145-2013-PRODUCE, a efectos de adecuarlos a la fecha de inicio de la Primera Temporada de Pesca 2013 en la MORDAZA Norte-Centro, aprobada por Resolucion Ministerial N° 148-2013-PRODUCE; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y a las recomendaciones de los informes de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, resulta necesario ampliar la vigencia del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014, aprobar el texto de las adendas a los convenios para la ejecucion del referido programa, delegar en el Viceministro de Pesqueria la facultad de suscribirlas, asi como dictar otras medidas complementarias que garanticen su ejecucion; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, y de los Directores Generales de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; el Decreto Supremo N° 027-2003PRODUCE y sus modificatorias, que crea el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y la Resolucion Ministerial Nº 343-2012PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion;

Prorrogan plazo de vigencia de la calificacion de aptas de las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital a que se refiere la R.M. Nº 0312007-PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 326-2013-PRODUCE MORDAZA, 31 de octubre de 2013 VISTOS: El Informe N° 0127-2013-PRODUCE/ DGSF-DTS y el Memorando N° 0444-2013-PRODUCE/ DGSF-DTS de la Direccion de Tecnologia para la Supervision de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, el Memorando N° 3522-2013-PRODUCE/

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