Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2013 (14/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban el Plan Nacional de Demarcacion y Organizacion Territorial 2013 - 2016
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0289-2013-PCM
8 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Poder Ejecutivo se ha propuesto desarrollar una organizacion y demarcacion territorial integral en la perspectiva de una gestion eficiente del territorio, que proyecte el desarrollo sostenible de nuestras regiones, provincias y distritos, como MORDAZA que nos compromete a todos y permita forjar una nueva cultura de gestion del territorio en el pais; Que, uno de los objetivos de la demarcacion territorial es la definicion de circunscripciones territoriales de nivel distrital, provincial y departamental que garanticen el ejercicio del gobierno y la administracion; Que, el literal g) del articulo 7 del Reglamento de la ley N° 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial aprobado por Decreto Supremo N° 019-2003-PCM, preve que es competencia de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros proponer la aprobacion del Plan Nacional de Demarcacion Territorial, en su calidad de organo rector del sistema nacional de demarcacion territorial; Que, la referida Direccion Nacional ha propuesta el Plan Nacional de Demarcacion y Organizacion Territorial 2013 ­ 2016, el mismo que es el resultado de la participacion concertada con los gobiernos regionales, como principales actores de los procesos de saneamiento de los limites de las circunscripciones politicos-administrativos, y la organizacion racional del territorio; Que, el Plan Nacional propuesto, se constituye en instrumento tecnico y metodologico que permite conducir y ejecutar el MORDAZA de saneamiento de los limites territoriales y la organizacion racional del territorio de la Republica; Que, en aplicacion del MORDAZA de racionalidad y a los principios territoriales, los organos del Sistema Nacional de Demarcacion Territorial, deberan garantizar la division racional del territorio, orientando las acciones de demarcacion territorial a lograr circunscripciones optimas que permitan la adecuada prestacion de servicios basicos y sociales; asi como el desarrollo integral, sostenible y armonico; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0192003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Plan Nacional de Demarcacion y Organizacion Territorial 2013 ­ 2016, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- La ejecucion del Plan Nacional de Demarcacion Territorial sera de estricto cumplimiento para todos los organismos competentes del Sistema Nacional de Demarcacion Territorial. Articulo 3.- La Oficina General de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros proveera los recursos que requiera la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial para implementar y ejecutar el presente Plan Nacional de Demarcacion Territorial, sin que ocasione incremento adicional al presupuesto publico. Articulo 4.- Publicar el Plan Nacional de Demarcacion Territorial que en Anexo forma parte de la presente

resolucion ministerial, en el MORDAZA institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros www.pcm.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

1013442-1

Declaran concluido el MORDAZA de Efectivizacion de la Transferencia de Funciones Sectoriales en materia de Ordenamiento Territorial a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0291-2013-PCM
MORDAZA, 8 de noviembre de 2013 VISTO: el Informe Nº 143-2013-PCM/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorandum Nº 489-2013-PCM/DNTDT, de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el articulo 188 de la Constitucion Politica del Peru, establece que la descentralizacion es una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA, precisando ademas que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, dispone que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, el acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; indicando ademas que las transferencias de recursos seran aprobadas por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el articulo 33 de la MORDAZA MORDAZA invocada, dispone un Regimen Especial para la provincia de MORDAZA Metropolitana, por el cual en el ambito de la Provincia de MORDAZA, las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional, son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con arreglo a lo previsto en la referida Ley; precisandose que toda mencion contenida en la legislacion nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende tambien hecha a dicha municipalidad, en lo que resulte aplicable; Que, conforme a lo dispuesto por el literal a), numeral 2 del articulo 6 de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, es responsabilidad del Gobierno Nacional, representado por los sectores: "Transferir competencias, funciones, atribuciones y recursos."; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3 del Reglamento de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0802004-PCM, la finalidad del Sistema es que se haga efectiva la transferencia de funciones sectoriales, incluidos el personal, acervo documentario, recursos presupuestales y bienes muebles e inmuebles vinculados a estas; Que, el articulo 53 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece las funciones especificas que en materia de ambiental y de ordenamiento territorial ejercen los gobiernos regionales; y, por Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM se aprobo el Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2007;

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