Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2013 (14/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013

Dictan disposiciones para garantizar la atencion de las demandas de uso de agua con fines poblaciones de la provincia de Tacna, con recursos hidricos provenientes del acuifero del MORDAZA del rio Caplina
RESOLUCION JEFATURAL Nº 488-2013-ANA
MORDAZA, 13 de noviembre de 2013 VISTO: El Informe Tecnico N° 082-2013-ANA-DCPRHERH-ASUB-HAC de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos; y, CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo N° 065-2006-AG se declaro MORDAZA y prohibio ejecutar todo MORDAZA de obra destinada a la explotacion de recursos hidricos subterraneos del acuifero del MORDAZA del rio Caplina; Que, con la entrada en vigencia de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, la Autoridad Nacional del Agua mediante Resolucion Jefatural Nº 327-2009-ANA ratifico en las mismas condiciones la precitada veda; Que, segun el numeral 55.3 del articulo 55° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, cuando se declara una MORDAZA de MORDAZA la Autoridad Nacional del Agua debe dictar las medidas necesarias para la satisfaccion de las demandas de uso primario y poblacional; Que, la Autoridad Administrativa del Agua I CaplinaOcona viene tramitando diversos procedimientos administrativos destinados a obtener licencias de uso de agua subterranea del acuifero del MORDAZA del rio Caplina para atender las demandas de agua de uso poblacional de la provincia de Tacna; Que, en mesa de trabajo encargada de analizar la problematica hidrica de la provincia de Tacna se acredito que existe un deficit hidrico actual para atender las demandas de agua de uso poblacional que pueden ser atendidas con la ejecucion de proyectos a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento conforme a la definicion prevista en la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento y la Ley Nº 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento; asi como del Proyecto Especial Tacna; Que, en consecuencia, estando a lo expresado en los considerandos precedentes y a lo senalado en el informe del visto, resulta necesario dictar las medidas para la satisfaccion de las demandas de uso de agua con fines poblacionales de la provincia Tacna; y, Estando a lo opinado por la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica y la Secretaria General, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 0062010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto La presente resolucion tiene por objeto dictar disposiciones para garantizar la atencion de las demandas de uso de agua con fines poblacionales de la provincia de Tacna, con recursos hidricos provenientes del acuifero del MORDAZA del rio Caplina, declarado en MORDAZA con Decreto Supremo N° 065-2006-AG, ratificada con Resolucion Jefatural Nº 327-2009-ANA. Articulo 2º.- Excepciones a la MORDAZA del acuifero del MORDAZA del rio Caplina 2.1 Autorizacion de perforacion pozos de reemplazo La Autoridad Administrativa del Agua I Caplina Ocona podra autorizar a las Entidades Prestadoras

de Servicios de Saneamiento comprendidas en el ambito MORDAZA de la provincia de Tacna, la perforacion de pozos de reemplazo cuyas solicitudes hayan sido presentadas con anterioridad a la vigencia de la presente resolucion, siempre que se cumpla con las siguientes condiciones: a) El MORDAZA materia de reemplazo se encuentre inhabilitado por perdida de verticalidad, haber alcanzado su MORDAZA util o deterioro de la estructura por colapso. b) El objeto, regimen de explotacion y volumen de uso de agua del MORDAZA MORDAZA deben ser los mismos a los otorgados para el MORDAZA materia de reemplazo. c) La ubicacion del MORDAZA MORDAZA no debera exceder al radio de influencia del MORDAZA materia de reemplazo. En caso que supere el radio de influencia se requiere la opinion previa favorable de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos de la Autoridad Nacional del Agua. d) No se autorizara el reemplazo de un MORDAZA MORDAZA por disposicion de la Autoridad Nacional del Agua. e) Las establecidas en el numeral 2.3 del presente articulo 2.2 Autorizacion de perforacion de nuevos pozos La Autoridad Administrativa del Agua I Caplina Ocona podra autorizar a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento comprendidas en el ambito MORDAZA de la provincia de Tacna la perforacion de nuevos pozos, cuyas solicitudes hayan sido presentadas con anterioridad a la vigencia de la presente resolucion, siempre que se cumpla con las condiciones establecidas en el numeral 2.3 del presente articulo. 2.3 Volumen poblacionales MORDAZA a otorgarse con fines

El volumen MORDAZA de agua a otorgarse con fines poblacionales a merito de lo dispuesto en la presente resolucion no excedera los 2,36 Hm3 anuales, el cual comprende la sumatoria de los volumenes previstos para atender los requerimientos establecidos en los numerales 2.1 y 2.2 del presente articulo. La Autoridad Administrativa del Agua I Caplina Ocona atendera favorablemente las solicitudes que a la fecha de publicacion de la presente resolucion se encuentren en tramite, unicamente hasta alcanzar el volumen senalado en el parrafo precedente. Articulo 3º.- Reserva de Uso de Aguas Residuales Las aguas residuales que se generen producto del ejercicio de las licencias de uso de agua otorgadas a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento comprendidas en el ambito MORDAZA de la provincia de Tacna, deberan ser tratadas y utilizadas en la recarga del acuifero del MORDAZA Caplina, para cuyo efecto la citada entidad debera presentar el expediente tecnico para su reserva en un plazo no mayor de tres (3) meses computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 4º.- Obligaciones a cargo de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento En un plazo no mayor de quince (15) dias, computados a partir de la publicacion de la presente resolucion, las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento comprendidas en el ambito MORDAZA de la provincia de Tacna, deberan presentar a la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos de la Autoridad Nacional del Agua, el Plan de Inversiones aprobado para garantizar la atencion de las demandas de uso de agua poblacional de la provincia de Tacna en el MORDAZA de lo acordado en la Mesa de Trabajo senalada en el MORDAZA considerando. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1014020-1

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