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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013 507027 Poder Ejecutivo, rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el artículo 4º de la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención de la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 58º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las unidades ejecutoras se crean para el logro de objetivos y la contribución de la mejora de la calidad del servicio público, sujetándose a criterios de especialización funcional, cuando la entidad cuenta con una función relevante, cuya administración requiere independencia a fi n de garantizar su operatividad, así como de cobertura del servicio, cuando se constituye por la magnitud de la cobertura del servicio público que presta la entidad; Que, mediante el documento de visto, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha solicitado la formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV, manifestando que ésta tiene como fi nalidad mejorar la calidad de la atención y el acceso a los servicios de salud; fortalecer la participación organizada de la población para el control y prevención de las enfermedades, a fi n de lograr respuestas sociales organizadas frente a epidemias focalizadas; así como fortalecer los establecimientos de salud del primer nivel de atención, con énfasis en los maternos infantiles, lo cual generará la mejora de la oferta de servicios y accesibilidad a la población; siendo que las acciones de implementación durante el Año Fiscal 2013 serán fi nanciadas con cargo al presupuesto institucional del Hospital Carlos Lafranco La Hoz; Que, mediante Ofi cio Nº 1678-2013-EF/10.01, el Ministerio de Economía y Finanzas, remitió al Ministerio de Salud el Informe Nº 477-2013-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público, en el cual se señala que resulta viable la creación de la Unidad Ejecutora “Red de Salud Lima Norte IV”, al haberse verifi cado el cumplimiento de los requisitos y criterios establecidos en la normatividad presupuestaria, conforme lo establecido en el articulo 58º del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo informado y solicitado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; a través de la Ofi cina de Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente formalizando la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud (e), y; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV, en el Pliego 011: Ministerio de Salud. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (5) días siguientes a su emisión. Artículo 3.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1013256-1 Dejan sin efecto designación de Jefe de Equipo de la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 724-2013/MINSA Lima, 12 de noviembre de 2013 Vistos, los Expedientes Nºs. 13-095535-001 y 13-094321- 001, que contienen el Memorándum N° 2207-2013-DIGEMID- DG-EGA/MINSA y los Informes N°s. 387-2013-EIE-OARH- OGGRH/MINSA y 417-2013-EIE-OARH-OGGRH/MINSA, remitidos por los Directores Generales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas y de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 560-2013/MINSA, de fecha 5 de setiembre de 2013, se resolvió, entre otros, designar al Médico Cirujano Diego Rolando Venegas Ojeda, en el cargo de Jefe de Equipo, Nivel F-3, de la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que, con el Memorándum N° 2207-2013-DIGEMID-DG- EGA/MINSA, el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, solicita dejar sin efecto el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 560-2013/MINSA, que designó al Médico Cirujano Diego Rolando Venegas Ojeda, en el cargo de Jefe de Equipo de la referida Dirección General; Que, mediante los Informes N°s. 387-2013-EIE-OARH- OGGRH/MINSA y 417-2013-EIE-OARH-OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emitió opinión favorable sobre el pedido formulado por el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, respecto de dejar sin efecto el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 560-2013/MINSA; Que, en tal sentido, considerando lo señalado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas y la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 560-2013/MINSA; Con el visado del Director General (e) de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 560-2013/MINSA, de fecha 5 de setiembre de 2013, mediante la cual, se designó al Médico Cirujano Diego Rolando Venegas Ojeda, en el cargo de Jefe de Equipo, Nivel F-3, de la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1014025-2 Disponen la prepublicación del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30024, Ley que Crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 726-2013/MINSA Lima, 13 de noviembre del 2013