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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013 507026 Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Artículo 9.- Designar al señor LUIS RODOLFO CHIRA LA ROSA, en el cargo de Director II de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Artículo 10.- Designar a la señora BERTHA BEATRIZ BARRENECHEA IZQUIERDO, en el cargo de Coordinadora de la Sub Unidad de Financiera de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Artículo 11.- Designar al señor VICENTE DANTE MALÁSQUEZ GIL, en el cargo de Director II de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Artículo 12.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 335-2012-MIMP de fecha 5 de diciembre de 2012, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1013966-1 SALUD Aprueban “Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de las Personas afectadas por Tuberculosis” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 715-2013/MINSA Lima, 8 de noviembre de 2013 Visto el Expediente Nº 13-076099-001, que contiene los Memorandos N° 3185-2013-DGSP/MINSA y 3727-2013- DGSP/MINSA, así como los Informes N°s 020-2013-DGSP- ESNPCT/MINSA y 022-2013-DGSP-ESNPCT/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el artículo 1° de la Ley N° 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, estipula que el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud - SNCD, tiene la fi nalidad de coordinar el proceso de aplicación de la política nacional de salud, promoviendo su implementación concertada, descentralizada, coordinando los planes y programas de todas las instituciones del sector, a efecto de lograr el cuidado integral de la salud de todos los peruanos y avanzar hacia la seguridad social universal en salud; Que, por Resolución Ministerial N° 383-2006/MINSA, de fecha 20 de abril de 2006, se aprobó la NTS Nº 041- MINSA/DGSP-V.01: “Norma Técnica de Salud para el Control de la Tuberculosis”, modifi cada posteriormente mediante Resolución Ministerial N° 579-2010/MINSA, de fecha 16 de julio de 2010; Que, la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a la atención integral, servicios de salud, calidad, gestión sanitaria y actividades de salud mental, estando a cargo de establecer las normas, ejecutar y evaluar el desarrollo de las Estrategias Sanitarias Nacionales del ámbito de su competencia y de los programas por etapa de vida de salud de las personas en el contexto de la descentralización, conforme a lo previsto en el literal d) del artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modifi catorias; Que, en ese sentido, la Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto la Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de las Personas afectadas por Tuberculosis, cuya fi nalidad es contribuir a disminuir la prevalencia de la tuberculosis, a través de un enfoque de atención integral, en el marco del aseguramiento universal en salud; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado de la Directora General (e) de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud (e); y; De conformidad con lo establecido en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la NTS Nº 104-MINSA/DGSP- V.01 “Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de las Personas afectadas por Tuberculosis”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas y a la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de Tuberculosis, la difusión de la presente Norma Técnica de Salud hasta el nivel regional, así como la asistencia técnica y supervisión del cumplimiento de la misma. Artículo 3°- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud, Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces son responsables de la difusión, capacitación, supervisión, asistencia técnica y evaluación del cumplimiento del presente documento normativo en su jurisdicción. Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 383-2006/MINSA, que aprobó la NTS Nº 041-MINSA/ DGSP-V.01: “Norma Técnica de Salud para el Control de la Tuberculosis” y su modifi catoria, aprobada por Resolución Ministerial N° 579-2010/MINSA. Artículo 5°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1014025-1 Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV, en el Pliego 011: Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 722-2013/MINSA Lima, 11 de noviembre del 2013 Visto, el expediente Nº 13-045842-001, que contiene el Informe Nº 222-2013-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es el órgano del