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El Peruano Jueves 21 de noviembre de 2013 507482 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Institucionalizan el día internacional de la Paz, el 21 de septiembre de todos los años en la Región La Libertad ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2013-GR-LL/CR “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA PROMOCIÓN DE LA CULTURA DE PAZ EN LA REGIÓN LA LIBERTAD” EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 3 de setiembre de 2013, el dictamen de la Comisión Ordinaria de Educación y Cultura del Consejo Regional La Libertad recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar la promoción de la cultura de paz en la Región La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 38° de la acotada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.(...)”. Que, el artículo 5° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, estos tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, en este contexto el Gobierno Regional de La Libertad, se propone impulsar procesos orientados a fortalecer una cultura de paz promoviendo la acción concertada del sector público, privado y sociedad civil organizada en aras de una convivencia pacífi ca y armónica. Que, en la Región La Libertad el problema de violencia es especialmente preocupante por el incremento de confl ictos que son parte de la vida cotidiana en las sociedades. Sobre todo en el uso de la fuerza y la violencia en el modo como viene manifestándose. De reconocerse que la violencia en los confl ictos sociales representa, en desmedro del desarrollo y la paz. De acuerdo a lo expuesto, considero que la propuesta de trabajar por la construcción de una cultura de paz constituye una llamado trascendental, para promover un cambio profundo en la mentalidad de la población liberteña, que posibilite junto a los necesarios cambios de mayor justicia, desarrollo y democracia, con convivencia constructiva y sin violencia, con derecho de todas las personas a La Libertad de expresión, opinión e información, diversidad cultural, diálogo y entendimiento a todos los niveles de la sociedad, en nuestra Región La Libertad. Que, según Informe Legal N° 064-2012-GRLL-GGR- GRAJ/EPJV, de fecha 15 de agosto del 2012, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, PRECISA; Que, el proyecto de Ordenanza Regional relativo Aprobar la Promoción de la Cultura de Paz en la Región La Libertad, en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia, constituye una medida pertinente para promover la cultura de paz a través de la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social e institucionalizar el 21 de setiembre de todos los años, El Día Internacional de la Paz en la Región La Libertad, lo cual se enmarca dentro de los artículos 47° y 60° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, ya que dichas normas reconocen la Cultura de Paz como una función en materia de educación, cultura, desarrollo social e igualdad de oportunidades de los Gobiernos Regionales. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR el día Internacional de la Paz, el 21 de septiembre de todos los años, en la Región La Libertad, para lo cual se desarrollará un programa de actividades a nivel local y regional, que deberán ser coordinadas entre los diferentes sectores e instancias del Gobierno Regional, Los Gobiernos Locales y la Sociedad Civil organizada. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de La Libertad, la promoción e incorporación de la política de Cultura de Paz y de Igualdad de Oportunidades en los planes de Desarrollo Regional, planes de Desarrollo de Capacidades y los instrumentos de gestión del Gobierno Regional, que incluya objetivos específi cos orientados al desarrollo de capacidades en cultura de paz, prevención y manejo constructivo de confl ictos, promoción de los derechos humanos, la ética pública, así como el uso de los medios de comunicación para el fomento de una cultura de paz. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, vigilar el estricto cumplimiento para que las dependencias y los programas sociales incorporen en sus planes institucionales la ejecución de acciones, medidas y estrategias que contribuyan a la información, sensibilización y capacitación en cultura de paz. Artículo Cuarto.- RECOMENDAR a los Gobiernos Locales para que en el marco de sus funciones y competencias, implementen la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, efectuar las acciones pertinentes a fi n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los tres días del mes de setiembre del año dos mil trece. LUIS AGUSTIN SOLANO ARROYO Presidente AL SEÑOR PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a 14 de octubre de 2013. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 1016294-1