Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2013 (21/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Jueves 21 de noviembre de 2013

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iii. En caso aplique, presentara la ponencia realizada en la actividad de capacitacion, para su difusion a traves del Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial. iv. Las propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitacion recibida. v. Realizar replicas y difundir, de ser necesario, a traves del Centro de Investigaciones Judiciales y Unidad Administrativa de cada Corte Superior de Justicia, con conocimiento del Centro de Investigaciones Judiciales. (...)" Articulo Tercero.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y la Gerencia General del Poder Judicial, procedan a la implementacion, difusion y cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, Administracion de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1017164-1

de la organizacion. De igual modo, los jueces y/o personal participantes en actividades de capacitacion, deberan permanecer laborando en el Poder Judicial no menos del doble del tiempo que dure la capacitacion recibida. Cuarto. Que, dentro de ese contexto, y a fin de dar un valor agregado a las participaciones en certamenes academicos resulta conveniente incorporar en los aludidos reglamentos la propuesta presentada, para coadyuvar con el efecto multiplicador de las capacitaciones. Quinto. Que el articulo 82º, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 6842013 de la cuadragesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el "Reglamento de Licencias para Magistrados del Poder Judicial", aprobado por Resolucion Administrativa Nº 018-2004-CE-PJ, del 5 de febrero de 2004, y en consecuencia incorporar en el Capitulo II, articulo 42º, el siguiente parrafo: "(...) Articulo 42º (...) El magistrado que participe en actividades de capacitacion fuera del territorio nacional, debera remitir a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia donde desarrolle su labor, con MORDAZA a la Presidencia de este Poder del Estado - una vez concluidos los estudios en los que MORDAZA sido participante -, y en un plazo no mayor a diez (10) dias calendario, un informe que debera contener: i. Una MORDAZA del certificado o documento que acredite la participacion o aprobacion segun corresponda. ii. Material bibliografico en fisico o mediante un CD para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial. iii. En caso aplique, presentara la ponencia realizada en la actividad de capacitacion, para su difusion a traves del Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial. iv. Las propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitacion recibida. v. Realizar replicas y difundir, de ser necesario, a traves del Centro de Investigaciones Judiciales y Unidad Administrativa de cada Corte Superior de Justicia, con conocimiento del Centro de Investigaciones Judiciales. (...)" Articulo Segundo.- Modificar el "Reglamento de Desarrollo y Capacitacion del Personal del Poder Judicial" aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 2012012-CE-PJ, de fecha 24 de octubre de 2012, y en consecuencia incorporar en el Capitulo VI, articulo 38º, el literal j), que tendra el siguiente texto: "(...) Articulo 38º El personal que participa en eventos de desarrollo y capacitacion esta obligado a: (...) j. El personal del Poder Judicial que participe en actividades de capacitacion fuera del territorio nacional, debera remitir al Presidente de la Corte Superior de Justicia donde desarrolle su labor, con MORDAZA a la Presidencia de este Poder del Estado - una vez concluidos los estudios en los que hayan sido participantes -, y en un plazo no mayor a diez (10) dias calendario, un informe que debera contener: i. Una MORDAZA del certificado o documento que acredite la participacion o aprobacion segun corresponda. ii. Material bibliografico en fisico o mediante un CD para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial.

Suspenden el despacho judicial en los organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de MORDAZA que tramitan expedientes con la Nueva Ley Procesal del Trabajo, ubicados en los pisos 17 y18 de la Sede Judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 216-2013-CE-PJ MORDAZA, 2 de octubre de 2013 VISTO: El Oficio Nº 1497-2013-P-CSJLI/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA informa a este Organo de Gobierno que en razon a la necesidad de realizar trabajos correctivos de urgencia en el circuito electrico de la Sede Judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como el cambio de cables, que se efectuaron el dia 12 de setiembre del ano en curso, se produjo el corte de fluido electrico a partir de las 13:30 horas en toda la sede judicial a excepcion de los pisos 10 y 11, asi como del Centro de Distribucion General. Segundo. Que debido a la situacion descrita, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA dispuso la suspension de las audiencias a partir de la hora MORDAZA senalada, en los Juzgados de Trabajo a cargo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, ubicados en los pisos 17 y 18 de la Sede Judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en virtud a que estos realizan sus audiencias con equipos de audio y video, tal como lo establece la Ley Nº 29497. Tercero. Que, conforme a lo senalado precedentemente, y teniendo en cuenta las circunstancias descritas, se encuentra justificada la suspension del despacho judicial, debiendo procederse a la respectiva reprogramacion de las diligencias que no se pudieron realizar. En consecuencia; en merito al Acuerdo Nº 687-2013 de la cuadragesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA

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