Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2013 (21/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Jueves 21 de noviembre de 2013

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y en el ambito del territorio nacional, asi como de evaluar los resultados de dicha gestion de conflicto sociales; Que, en tal sentido es necesario emitir la Resolucion Ministerial que formalice la conformacion, instalacion y funcionamiento de la referida Mesa de Dialogo para el Desarrollo de la Provincia de Bolognesi y Distritos, y a traves de MORDAZA, establecer la participacion de la Oficina Nacional de Dialogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 0632007-PCM , y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de la Mesa de Dialogo para el Desarrollo de la Provincia de Bolognesi y Distritos, Region Ancash. Formalicese la conformacion, instalacion y funcionamiento del grupo de trabajo "Mesa de dialogo para el Desarrollo de la Provincia de Bolognesi y Distritos, Departamento de Ancash", con el objeto de promover el MORDAZA de dialogo entre los diversos agentes del sector publico y privado sobre la problematica identificada. Asimismo, proponer las alternativas de solucion a la misma, respetando el MORDAZA juridico vigente en nuestro MORDAZA, lo que implica la necesidad de integrar los elementos economicos, sociales y ambientales involucrados. Articulo 2º.- Conformacion El grupo de trabajo "Mesa de dialogo para el Desarrollo de la Provincia de Bolognesi y Distritos, Departamento de Ancash", estara integrada de la siguiente manera:

el MORDAZA de la Provincia de Bolognesi, los representantes del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo, solicitando la instalacion de una Mesa de Dialogo para el Desarrollo de la Provincia de Bolognesi y Distritos en la region de MORDAZA, con la finalidad de atender sus propias demandas; Que, conforme al Acta de la reunion de la mesa de desarrollo para la provincia de Bolognesi y Distritos, se acordo la formalizacion de una mesa de dialogo, para promover una politica de dialogo en el MORDAZA, que permita abrir espacios de trabajo conjunto entre las autoridades y la poblacion, impulsando alternativas de solucion a los problemas existentes y preservando la seguridad de las personas, asi como el orden publico y la paz social; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 35° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, corresponde formular la conformacion, instalacion y funcionamiento del Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Dialogo para el Desarrollo de la Provincia de Bolognesi y Distritos de la Region de Ancash"; Que, el presente Grupo de Trabajo abordara la problematica de desarrollo y de inversion social dentro de dicha jurisdiccion, quienes presentaran propuestas que coadyuven al desarrollo de la provincia de Bolognesi y Distritos, respetando el MORDAZA juridico vigente en nuestro MORDAZA, lo que implica la necesidad de integrar los elementos economicos, sociales y ambientales involucrados; Que segun lo establecido por el articulo 50- A del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, y sus modificatoria D.S. N° 106-2012-PCM, la Oficina Nacional de Dialogo y Sostenibilidad, es el organo especializado que depende jerarquicamente del Presidente del Consejo de Ministros encargado de dirigir el MORDAZA de prevencion y gestion de los conflictos sociales en todos los niveles de gobierno

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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