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El Peruano Jueves 21 de noviembre de 2013 507452 Que, el literal j) del numeral 6.1 de la Directiva General antes citada, establece que las contrataciones mayores o iguales a 5000 UIT serán efectuadas por el Ministerio de Defensa, el cual evaluará prioritariamente de acuerdo a la complejidad y/o envergadura de la misma, la viabilidad de su ejecución a través de Convenios de Cooperación Internacional suscritos por el Estado con otros Gobiernos; Que, el Capítulo III, numeral 3), literal a), del Manual N° 001-2011-MINDEF/SG/VRD, establece respecto de la Contratación por Convenio de Cooperación Internacional suscritos por el Estado con otros Gobiernos, que las Instituciones Armadas deberán tomar conocimiento de los convenios internacionales suscritos por el Gobierno con la fi nalidad de acogerse a los benefi cios y ventajas que generan este tipo de contrataciones; Que, asimismo, el literal b) del numeral antes referido, establece que para iniciar una contratación por Convenio de Cooperación Internacional de Gobierno a Gobierno, ésta debe estar incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) de cada Institución y contar con el Expediente de Inicio debidamente aprobado por el Titular de la misma; Que, el Ejército del Perú ha remitido el Expediente de Inicio para la contratación en el mercado extranjero, bajo la modalidad de Convenio de Cooperación Internacional de Gobierno a Gobierno, del proyecto con código SNIP N° 260577, para la “Recuperación de la Capacidad Operativa para el transporte aéreo y apoyo de fuegos a la fuerza terrestre con aeronaves de Ala Rotatoria del Batallón de Asalto y Transporte N° 811 de la Aviación del Ejército - Callao - Lima - SALKANTAY”, la cual cuenta con el respectivo fi nanciamiento y se encuentra incluida en el PAC de la citada Institución Armada, correspondiente al año 2013; Que, la presente contratación se sustenta en el correspondiente Estudio de Mercado y en los Informes Técnico-Económico y presupuesta!, a través de los cuales se verifi can las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado, así como el fi nanciamiento necesario para efectuar dicha contratación, en observancia de lo dispuesto en la Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N°29951; Que, habiéndose cumplido con las exigencias de la normativa vigente, resulta necesario emitir el acto que declare de interés nacional la presente contratación en el mercado extranjero y permita su formalización bajo la modalidad de gobierno a gobierno, debiendo autorizarse al Ministro de Defensa a emitir los actos que sean necesarios para lograr tal fi n; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 3) del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1°.- DECLARAR de interés nacional el objeto del proceso de contratación en el mercado extranjero, con código SNIP N° 260577, para la “Recuperación de la Capacidad Operativa para el transporte aéreo y apoyo de fuegos a la fuerza terrestre con aeronaves de Ala Rotatoria del Batallón de Asalto y Transporte N° 811 de la Aviación del Ejército - Callao - Lima - SALKANTAY”. Artículo 2°.- AUTORIZAR al Ministro de Defensa a emitir los actos necesarios para la formalización de la contratación indicada en el artículo precedente. Artículo 3°.- El Anexo A (Estudio de Mercado), el Anexo B (Informe Técnico Económico) y Anexo C (Disponibilidad Presupuestal), los mismos que forman parte del presente Decreto Supremo, tienen la clasificación de Secreto al comprender información directamente relacionada con la Seguridad Nacional, por lo que de conformidad con el literal f) del numeral 1 del artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, no son objeto de publicación ni acceso público. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1017268-1 Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 724-2013-DE/MGP Lima, 20 de noviembre de 2013 Vista, la Carta G.500-4158 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 24 de octubre de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Campus Internacional para la Seguridad y la Defensa - CISDE, hace extensiva la invitación para que una delegación de la Marina de Guerra del Perú participe en la visita de orientación de recursos e instalaciones del citado Campus, el mismo que contará con la asistencia de miembros del Ministerio de Defensa del Reino de España, autoridades francesas y representantes de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), a realizarse en la ciudad de Sevilla, Reino de España, el 22 de noviembre de 2013; Que, asimismo, el Director del Aula Geopolítica de la Universidad Complutense de Madrid, ha cursado invitación para que una delegación de la Marina de Guerra del Perú participe en la visita de orientación a la Facultad de Derecho de la prestigiosa Universidad, con la fi nalidad de dar continuidad a la colaboración Académica que viene recibiendo la Escuela Superior de Guerra Naval por parte de la mencionada Institución Universitaria; Que, la designación de Personal Naval para que participe en las referidas visitas profesionales, responde a la necesidad de conseguir alianzas estratégicas e intercambiar experiencias en el área educativa con el Campus Internacional para la Seguridad y la Defensa y con la Universidad Complutense de Madrid, lo que contribuirá signifi cativamente en el marco de los compromisos de cooperación mutua, fortaleciendo los lazos de amistad y franca cooperación existentes entre las instituciones, permitiendo la internacionalización de la Escuela Superior de Guerra Naval; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013 y su modifi catoria, aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013, debido a que la invitación fue recibida con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú, y la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participen en las mencionadas visitas profesionales, a realizarse en las ciudades de Sevilla y Madrid, Reino de España, del 22 al 26 de noviembre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, asimismo, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado, durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario adquirir los pasajes de ida para el 21 de noviembre de