Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2013 (21/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Jueves 21 de noviembre de 2013

507451

Que, conforme al numeral 35.1 del articulo 35 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, "El Ministerio de Relaciones Exteriores es el encargado de la restitucion del bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, en los casos en que ilegalmente se MORDAZA exportado o permanezca fuera del pais"; Que, el articulo 64 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED, dispone que "Los organismos competentes estan en la obligacion de brindar al Ministerio de Relaciones Exteriores toda la asesoria tecnica que este les requiera a fin de lograr la restitucion de aquellos bienes culturales muebles que ilegalmente se hayan exportado o que ilegalmente permanezcan fuera del pais"; Que, a traves del documento del Visto, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales informo sobre las reuniones de coordinacion sostenidas con el Ministerio de Relaciones Exteriores en relacion a los avances de la negociacion con la Municipalidad de Gotemburgo para la devolucion de los textiles de la coleccion Paracas y otros materiales que salieron ilicitamente de nuestro MORDAZA y que se encuentran en los "National Museums of World Culture" del Reino de Suecia; Que, en el referido documento, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales propuso designar representantes del Ministerio de Cultura para que realicen las coordinaciones con los organismos competentes y brinden apoyo para la restitucion de los bienes culturales MORDAZA mencionados; por lo que, se estima conveniente proceder a su designacion; Con el visado del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar como representantes del Ministerio de Cultura para la coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores y demas organismos competentes de las acciones conducentes a recuperar los textiles de la coleccion Paracas y otros materiales que salieron ilicitamente de nuestro MORDAZA y que se encuentran en los "National Museums of World Culture" del Reino de Suecia; a las siguientes personas: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Butters, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oneeglio, Directora de la Direccion de Museos y Gestion del Patrimonio Historico, actualmente Direccion General de Museos. - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru. - Sr. Erickson MORDAZA MORDAZA, abogado de la Secretaria General, con Contrato de Locacion de Servicios N° 014-2013-FAG/MC. Articulo 2°.- Las personas designadas en el articulo precedente deberan informar mensualmente al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales sobre el ejercicio del encargo efectuado mediante la presente resolucion, el mismo que tiene como MORDAZA las competencias asignadas al Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1016514-1

DEFENSA
Declaran de interes nacional el objeto del MORDAZA de contratacion en el MORDAZA extranjero para la "Recuperacion de la Capacidad Operativa para el transporte aereo y apoyo de fuegos a la fuerza terrestre con aeronaves de Ala Rotatoria del Batallon de Asalto y Transporte Nº 811 de la Aviacion del Ejercito - Callao - MORDAZA - SALKANTAY"
DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 165° de la Constitucion Politica del Peru establece que las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la MORDAZA de MORDAZA y la Fuerza Aerea y tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica, en funcion de los objetivos de la Politica de Defensa Nacional; Que, en el MORDAZA parrafo del articulo 76° de la Constitucion Politica del Peru, referido a la obligatoriedad de la Contratacion y Licitacion Publica, se dispone que: "la ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades"; Que, la Trigesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, precisa que las contrataciones del Estado Peruano con otro Estado no se encuentran bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1017 (Ley de Contrataciones del Estado); asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la citada ley, el procedimiento de contratacion y la ejecucion del contrato correspondiente, se regulan bajo los alcances del comercio internacional y por las normas y principios del derecho internacional, lo que no enerva la obligacion de cumplir con la legislacion nacional en los actos previos a la contratacion; Que, el indicado dispositivo legal precisa ademas que mediante Decreto Supremo refrendado por el titular del sector, se declara de interes nacional el objeto de la contratacion y se autoriza la formalizacion de los actos necesarios, para lo cual se requiere: i) estudio de mercado; ii) los informes tecnico-economicos que evidencien las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado; iii) un informe de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces del sector correspondiente que senale que se cuenta con el financiamiento necesario para dicha contratacion, salvo que se requiera concertar una operacion de endeudamiento, en cuyo caso, la misma debe estar contemplada en el Programa Anual de Endeudamiento del ano respectivo; y, iv) declaratoria de viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), cuando corresponda; de igual modo, si la contratacion tiene como objeto la adquisicion de bienes, la entrega puede realizarse en MORDAZA primaria o en el lugar que los gobiernos contratantes convengan. Si el objeto de contratacion es un servicio este se realiza en el lugar donde las partes contratantes convengan; Que, las contrataciones de bienes y servicios en el MORDAZA extranjero en el Sector Defensa se rigen por la Directiva General N° 002-2011-MINDEF/SG/VRD, "Directiva para normar las contrataciones de bienes y servicios en el MORDAZA extranjero" aprobada por Resolucion Ministerial N° 193-2011-DE/SG de 4 de marzo de 2011, y sus modificatorias, asi como por el Manual N° 001-2011-MINDEF/SG/VRD, aprobado por Resolucion Ministerial N° 767-2011/DE de 27 de MORDAZA de 2011, el cual establece los procedimientos especificos y complementarios derivados de los lineamientos generales;

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