Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2013 (21/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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del Empleo, del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar, con diez (10) dias habiles de anticipacion al inicio del concurso de los puestos de trabajo vacantes a ofertar, para lo cual designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante resolucion del titular de la entidad, publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 226-2012MTPE, se aprobo el Manual de Operaciones del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru", cuyo literal c) del articulo 20° senala como funcion de la Unidad Gerencial de Administracion, a traves de la Unidad de Recursos Humanos, la de conducir los procesos de Gestion de Recursos Humanos. Que, en tal sentido, resulta necesario designar al jefe de la citada Unidad como el responsable encargado de remitir las ofertas de empleo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion de Empleo; Con la visacion de la Unidad Gerencial de Administracion y de la Unidad Gerencial de Asesoria Legal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2012-TR que crea Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru", la Resolucion Ministerial N° 226-2012-MTPE que aprueba el Manual de Operaciones del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" y el articulo 2° del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designacion Designar a la Abogada MORDAZA Yodell MORDAZA Acha, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Unidad Gerencial de Administracion, como la funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2°.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA web institucional (www.trabajaperu.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TUMI MORDAZA Directora Ejecutiva Programa Trabaja Peru 1016669-1

El Peruano Jueves 21 de noviembre de 2013

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban convenio de estabilidad juridica a ser suscrito entre el Estado Peruano con la empresa Rutas de MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 688-2013-MTC/01 MORDAZA, 18 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 1623 de fecha 18 de septiembre de 2012, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA resolvio aprobar la Iniciativa Privada "Proyecto Vias Nuevas de Lima" y adjudicar directamente la ejecucion y explotacion del proyecto de inversion contenido en la misma al Consorcio "Lineas Viales de Lima"; Que, con fecha 09 de enero de 2013 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y Rutas de MORDAZA S.A.C. suscribieron

el Contrato de Concesion del Proyecto Vias Nuevas de MORDAZA, en adelante el Contrato de Concesion; Que, la empresa Rutas de MORDAZA S.A.C. solicito a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada -PROINVERSION, la suscripcion de un Convenio de Estabilidad Juridica en calidad de empresa receptora, por el importe de US$ 120'000,000.00 (ciento veinte millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), correspondientes a los aportes de los inversionistas ODEBRECHT PARTICIPACOES E INVESTIMENTOS S.A. y CONSTRUTORA MORDAZA ODEBRECH S.A. de Brasil; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 662 y sus modificatorias, con el solo requisito de haber presentado ante el Organismo Nacional Competente, entiendase PROINVERSION, el Formulario Preliminar de Inversion, y; con anterioridad o dentro de los doce (12) meses siguientes a la obtencion del titulo habilitante, el referido Organismo Nacional Competente, en representacion del Estado, podra celebrar convenios de estabilidad juridica con los inversionistas; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1011 que modifica el articulo 10° del Decreto Legislativo Nº 662 y el articulo 38° del Decreto Legislativo Nº 757, e incorpora el supuesto de suscripcion de Convenios de Estabilidad Juridica con posterioridad a la obtencion del titulo habilitante, aprobado por Decreto Supremo N° 148-2008-EF, establece que las solicitudes se presentaran ante PROINVERSION, entidad que evaluara el cumplimiento de los requisitos, luego de lo cual emitira el Proyecto de Convenio al Sector, el cual debera emitir opinion, comunicando a traves de la emision de una MORDAZA autenticada por el fedatario de su Sector, la Resolucion Ministerial que designe a la persona que suscribira el convenio en representacion del Sector; Que, a traves del Informe Legal N° 162-2013/OAJ, asi como de los Informes Tecnicos N° 91-2013/DSI, N° 1032013/DSI y N° 114-2013/DSI, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION ha senalado que la empresa Rutas de MORDAZA S.A.C. ha cumplido con la MORDAZA de la informacion, documentacion y los requisitos establecidos en la normativa de la materia, concluyendo en la procedencia de la suscripcion del convenio de estabilidad juridica; Que, el convenio de estabilidad juridica solicitado se encuentra dentro de los alcances de lo establecido en los Decretos Legislativos Nº 662 y Nº 757, en la Ley Nº 27342 - Ley que regula los Convenios de Estabilidad Juridica al MORDAZA de los Decretos Legislativos N° 662 y 757 y en el Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF, el Decreto Legislativo N° 1011 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 148-2008-EF; Que, el articulo 19° del Decreto Supremo Nº 059-96PCM - Texto Unico Ordenado de las Normas con Rango de Ley que Regulan la entrega en Concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos, establece que tratandose de contratos de concesion, el plazo de los convenios de estabilidad juridica que se encuentra regulado en los Decretos Legislativos Nº 662 y Nº 757, se extendera por todo el plazo de la concesion; en cuanto al otorgamiento de las garantias y beneficios contemplados en estos dispositivos legales, los plazos a aplicarse seran los contemplados en los respectivos contratos de concesion; Que, mediante Informe N° 556-2013-MTC/25 adjunto al Memorandum N° 2009-2013-MTC/25, la Direccion General de Concesiones en Transportes senala que es viable la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica; Que, mediante el Informe N° 1601-2013-MTC/09 adjunto al Memorandum N° 2736-2013-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto senala que la suscripcion del convenio de estabilidad juridica resulta procedente; Que, de conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 30° del Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF; y por el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 136-97-EF, la suscripcion de convenios de estabilidad juridica que realicen las empresas receptoras de inversion debera ser efectuada conjuntamente por el Ministro del sector correspondiente, o a traves de quien designe para este fin, y por PROINVERSION; Que, para efectos de la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones participa en representacion del Estado Peruano;

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