Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

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Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

ofrecen recientes y numerosas experiencias de exito, con la puesta en servicio sin incidencias de importantes proyectos de infraestructura de transporte; Que, los temas que seran materia de capacitacion se encuentran estrechamente vinculados con la labor de supervision y regulacion de los contratos de concesion de infraestructura aeroportuaria bajo el ambito de competencia del OSITRAN, asi como de los proyectos de infraestructura aeroportuaria que se encuentran en MORDAZA de concesion, tales como el del Aeropuerto Internacional de Chinchero en Cuzco, ya que se analizara el MORDAZA de puesta en explotacion de nuevas infraestructuras aeroportuarias, la importancia de un MORDAZA de transicion en los procesos de puesta en explotacion de nuevas infraestructuras aeroportuarias, aspectos legales, regulatorios y medioambientales respecto al modelo de explotacion, puesta en explotacion e inicio de actividad, casos practicos en base a experiencias a nivel nacional e internacional, entre otros; Que, dado que el OSITRAN es el organismo supervisor de la infraestructura de transporte aeroportuario en el Peru, resulta de interes institucional que sus funcionarios se capaciten en temas relacionados a dicha materia, a fin de reforzar el aprendizaje de herramientas y criterios legales, financieros tecnicos y regulatorios vinculados a MORDAZA, para un mejor y adecuado ejercicio de sus funciones, tales como la supervision de los contratos de concesion, la emision de opiniones sobre las versiones finales de los contratos o su modificacion; Que, para estos efectos, es necesario autorizar el viaje de las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA Naranjo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogadas de la Gerencia de Asesoria Juridica del OSITRAN para que participen en la actividad MORDAZA senalada, siendo que los gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y la Tarifa Unificada por Uso de Aeropuerto, seran cubiertos con cargo al presupuesto del OSITRAN; De conformidad con la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807; las Normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA Naranjo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogadas de la Gerencia de Asesoria Juridica del OSITRAN, a la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 1 al 6 de diciembre de 2013, para los fines expuestos en la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico ­ OSITRAN, de acuerdo a los montos que a continuacion se detallan: Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Naranjo: Monto (US$) --------------------------------------------------------------------------------------Pasajes 1 667.82 Viaticos (05 dias por $370, del 01 al 06 de diciembre) 1 850.00 --------------------------------------------------------------------------------------TOTAL 3 517.82 Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Morales: Monto (US$) --------------------------------------------------------------------------------------Pasajes 1 667.82 Viaticos (05 dias por $370, del 01 al 06 de diciembre) 1 850.00 --------------------------------------------------------------------------------------TOTAL 3 517.82 Articulo 3º.- Dentro de los quince dias (15) calendario siguientes de efectuado el viaje, las referidas funcionarias deberan presentar ante su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados.

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AGRICULTURA Y RIEGO
Adecuan los "Terminos de Referencia Comunes del Contenido Hidrico para la Elaboracion de los Estudios Ambientales" aprobados mediante R.J. Nº 250-2013-ANA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 508-2013-ANA
MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 VISTO: El Informe Tecnico N° 008-2013-ANA-DGCRH/CVJC de la Direccion de Gestion de Calidad de los Recursos Hidricos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2013-PCM, complementado con el Decreto Supremo N° 060-2013PCM se dictaron disposiciones especiales con la finalidad de reducir los plazos de los procedimientos que deben cumplir los proyectos de inversion a efectos de ejecutarlos con mayor celeridad y con menores costos; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 054-2013-PCM, establecio que la Autoridad Nacional del Agua debe aprobar los terminos de referencia comunes del contenido hidrico que deberan cumplirse en la elaboracion de los estudios ambientales; Que, en tal virtud, con Resolucion Jefatural N° 2502013-ANA se aprobaron los Terminos de Referencia Comunes del Contenido Hidrico para la Elaboracion de los Estudios Ambientales; Que, a traves del Oficio N° 2281-2013-MEM/AAM la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas solicito que se evalue la adecuacion de los precitados terminos de referencia al contenido del Anexo IV del Reglamento de la Ley del Sistema de Evaluacion de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; Que, asimismo, segun el informe del visto de la Direccion de Gestion de Calidad de los Recursos Hidricos, resulta necesario brindar a los administrados mayor claridad sobre el contenido hidrico de los estudios de impacto ambiental, precisar los aspectos materia de revision por esta Autoridad y contar con un instrumento que sirva de unico referente para la elaboracion de los terminos de referencia comunes que corresponda aprobar a las entidades publicas; Que, por tales razones, la citada direccion propone la adecuacion de la Resolucion Jefatural N° 250-2013-ANA, a fin que los Terminos de Referencia Comunes del Contenido Hidrico para la Elaboracion de los Estudios Ambientales se ajusten a lo senalado en los considerandos precedentes, de tal manera que se genere predictibilidad sobre la opinion que corresponde emitir a la Autoridad Nacional de Agua a los estudios ambientales, en cumplimiento al articulo 81 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hidricos; Que, en consecuencia, corresponde aprobar la propuesta efectuada por la Direccion de Gestion de Calidad de los Recursos Hidricos y expedir el acto administrativo correspondiente; y, Estando a lo opinado por la citada direccion de linea, con los vistos de la Secretaria General y de la Oficina

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