Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

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Que, mediante Partes Diarios N°s. 126374, 142441, 144061 y 146211 de fechas 03 de setiembre, 30 de setiembre, 02 de octubre y 09 de octubre del 2013, respectivamente, La Empresa presenta documentacion adicional a fin de ser anexada al Parte Diario N° 096631; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 1675-2013-MTC/15.03.AA.vh, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa denominada REVISION TECNICAS MORDAZA E.I.R.L. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular: una (01) Linea de Inspeccion MORDAZA Liviana y una (01) Linea de Inspeccion MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Carretera Industrial Km. 0 N° 154, La MORDAZA ­ Trujillo. Articulo Segundo.- La Empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de La Empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:

Articulo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3°.- La fecha de termino de funciones sera fijada mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores

1021030-9

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Revision Tecnicas MORDAZA E.I.R.L. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular en local ubicado en La MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4413-2013-MTC/15
MORDAZA, 22 de octubre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 096631, 110005, 123794, 126374, 142441, 144061 y 146211, presentados por la empresa denominada REVISION TECNICAS MORDAZA E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Parte Diario N° 096631 de fecha 11 de MORDAZA del 2013, la empresa denominada REVISION TECNICAS MORDAZA E.I.R.L., en adelante La Empresa, solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular: una (01) Linea de Inspeccion MORDAZA Liviana y una (01) Linea de Inspeccion MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Carretera Industrial Km. 0 N° 154, La MORDAZA - MORDAZA, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, mediante Oficio N° 5217-2013-MTC/15.03 de fecha 01 de agosto del 2013 y notificado el 06 de agosto del 2013, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles a fin de que subsane adecuadamente los defectos advertidos en su solicitud; Que, mediante Parte Diario N° 110005 de fecha 05 de agosto del 2013, La Empresa adjunta documentacion a fin de ser anexada al Parte Diario N° 096631; Que, mediante Parte Diario N° 123794 de fecha 27 de agosto del 2013, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el tercer considerando de la presente resolucion;

ACTO Primera renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Tercera renovacion de carta fianza Cuarta renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza

Fecha MORDAZA de MORDAZA 17 de agosto del 2014 17 de agosto del 2015 17 de agosto del 2016 17 de agosto del 2017 17 de agosto del 2018

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- La Empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:

ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza

Fecha MORDAZA de MORDAZA 30 de marzo del 2014 30 de marzo del 2015

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