Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

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Articulo 2°.El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan al Ano Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos (ida): MORDAZA - Columbus, MORDAZA (Estados Unidos de America) US$. 2,100.00 x 4 personas US$. 8,400.00

Benning, MORDAZA de Columbus, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 1 de diciembre de 2013 al 31 de diciembre de 2015; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Mision de Estudios MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 1 al 31 de diciembre de 2013, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; y, para completar el periodo de duracion de la Mision de Estudios del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2015, sera con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal respectivo; Que, considerando la duracion de la Mision de Estudios, el viaje al exterior por decision del interesado lo realizara en compania de su senora esposa e hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de tramites administrativos de salida del pais; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora N° 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo articulo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Capitan de Fragata ADM. MORDAZA MORDAZA ARREDONDO MORDAZA, CIP. 01816706 y DNI. 25553576, para que participe en el Programa de Instructor Invitado (PNI), a realizarse en el Instituto de Cooperacion para la Seguridad Hemisferica (WHINSEC), Fuerte Benning, MORDAZA de Columbus, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 1 de diciembre de 2013 al 31 de diciembre de 2015.

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 3,050.00 x 1 mes (diciembre 2013) US$. 3,050.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalacion) US$. 3,050.00 x 2 compensaciones US$. 6,100.00 -------------------------US$. 17,550.00 TOTAL A PAGAR: Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El pago por gastos de traslado y pasajes aereos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Mision de Estudios, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, del Ano Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6º.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El citado Oficial Superior, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa

1021031-4

Autorizan viaje de delegacion del Ministerio de Defensa a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 748-2013-DE/
MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta 1037 del 18 de noviembre de 2013, el Embajador de la Republica Francesa en el Peru,

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