Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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ACTO Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 30 de marzo del 2016 30 de marzo del 2017 30 de marzo del 2018
VISTOS:

El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

Los Partes Diarios Nºs. 117543, 138101, 142178 y 153324, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL CAMPEON DEL VOLANTE S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 117543 de fecha 16 de agosto de 2013, la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL CAMPEON DEL VOLANTE S.A.C., con RUC Nº 20477670912 y domicilio en MORDAZA Lloque MORDAZA Nº 229 ­ Unidad 101 (primer y MORDAZA piso), Distrito y Provincia de MORDAZA, Departamento de La MORDAZA, en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c; asimismo senala que tambien brindara el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; el curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Oficio Nº 6129-2013-MTC/15.03 de fecha 06 de setiembre de 2013, notificado el 11 de setiembre del presente ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 138101 de fecha 23 de setiembre de 2013, La Empresa, dentro del plazo otorgado, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el Oficio MORDAZA citado; Que, mediante Parte Diario Nº 142178 de fecha 30 de setiembre de 2013, La Empresa solicito plazo ampliatorio de diez (10) dias habiles, a efectos de completar la documentacion solicitada mediante Oficio Nº 6129-2013MTC/15.03; Que, mediante Oficio Nº 6742-2013-MTC/15.03 de fecha 04 de octubre de 2013, notificado en la misma fecha, esta administracion otorgo el plazo ampliatorio de diez (10) dias habiles, a efectos de que La Empresa cumpla con subsanar las observaciones advertidas; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la Resolucion de Autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, con Informe Nº 09-2013-MTC/15.mebm de fecha 14 de octubre de 2013, se adjunta el Acta de Inspeccion Ocular realizada a las instalaciones de los locales propuestos por La Empresa; Que, mediante Parte Diario Nº 153324 de fecha 21 de octubre de 2013, La Empresa completo documentacion faltante, respecto a las observaciones precisadas en el Oficio Nº 6129-2013-MTC/15.03; Que, estando con lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 1693-2013MTC/15.03.AA.ec. y siendo este parte integrante de la presente Resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; y, Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada REVISION TECNICAS MORDAZA E.I.R.L., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Septimo.- La empresa denominada REVISION TECNICAS MORDAZA E.I.R.L., debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:

Documentos

Fecha MORDAZA de MORDAZA

Relacion del equipamiento requerido por el Articulo 34° del presente Reglamento Noventa (90) dias acompanada con los documentos que calendarios de sustenten la propiedad y/o condiciones otorgamiento la de arrendatario financiero sobre los autorizacion. mismos. Planos de ubicacion, distribucion y Treinta (30) dias Memoria Descriptiva del local del Centro calendarios de otorgada la de Inspeccion Tecnica Vehicular ­ CITV autorizacion. con su respectiva memoria descriptiva. Titulo de propiedad, contrato de Treinta (30) dias arrendamiento, cesion en uso, comodato calendarios de otorgada la o cualquier otro que acredite la posesion autorizacion. legitima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria Licencia de Funcionamiento y Certificado Noventa (90) dias de compatibilidad de uso emitido por la calendarios de otorgada la municipalidad correspondiente autorizacion.
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentacion senalada se procedera de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa denominada REVISION TECNICAS MORDAZA E.I.R.L., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

1017180-1

Autorizan a Escuela de Conductores Integrales El Campeon del Volante S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4443-2013-MTC/15
MORDAZA, 23 de octubre de 2013

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