NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (06/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 63
El Peruano Viernes 6 de setiembre de 2013 502425 Que, el Concejo Municipal dentro de sus facultades legislativas y con el propósito de mejorar y viabilizar en forma correcta y efi ciente su funcionamiento conforme a la normatividad vigente se requiere precisar y adecuar la estructura como los procedimientos que corresponde a cada una de las funciones establecidas y tipifi cadas en el Reglamento Interno vigente; Estando a lo expuesto, con lo debatido en el pleno y con el voto por UNANIMIDAD de los Regidores y en uso de las facultades otorgadas en el numeral 8 y 12 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, en concordancia con la Ordenanza Nº 080-2010-MDP/C que aprueba el Reglamento Interno del Concejo, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA Y SUPRIME DIVERSOS ARTICULOS DE LA ORDENANZA Nº 080-2010-MDP/C QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACAMAC Artículo 1º.- Modifíquese el Artículos 35º de la Ordenanza Nº 080-2010-MDP/C, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 35º.- Del Plazo para emitir pronunciamiento La comisión emitirá los dictámenes e informes de los asuntos de su competencia en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles. Si la Comisión no puede cumplir con su cometido dentro del plazo establecido, con tres (3) días hábiles antes de su vencimiento, podrá solicitar una prórroga por un plazo igual, debidamente fundamentado. La prórroga será concedida por el Pleno del Concejo. Artículo 2º.- Suprímase los numerales 6 y 25 del Artículo 100º de la Ordenanza Nº 080-2010-MDP/C. Artículo 3º.- Modifíquese el numeral 2 del Artículo 101º de la Ordenanza Nº 080-2010-MDP/C, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 101º.- De las Sanciones Disciplinarias Por los actos de indisciplina, los miembros del Concejo Municipal pueden ser sancionados: 1. (…) 2. Con suspensión sin goce de dietas por un período de hasta treinta (30) días naturales, en los casos de faltas graves previstas en el numeral 3) al 24) del artículo 100º del presente Reglamento. Artículo 4º.- Los procedimientos de suspensión y vacancia iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ordenanza y que se encuentran en trámite se adecuarán a lo previsto en la presente ordenanza. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 984158-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Designan funcionaria responsable de entregar información de conformidad a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 377-2013-MDB-ALC Bellavista, 2 de agosto del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Memorando Nº 682 - 2013-MDB/GM de fecha 02 de agosto de 2013 emitido por la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; gozan de autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto el artículo II del Título Preliminar y en concordancia con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 27860 – Ley de Reforma Constitucional; Que, mediante Ley Nº 27806 se aprueba la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública la cual tiene por fi nalidad, promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º de la Ley antes referida, señala que: “La entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada”; asimismo, el artículo 8º de la citada Ley señala que las entidades obligadas a brindar información identifi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 045-2011- MDB/ALC se designa al Abogado Freddy Manuel Mayta Tristán – Secretario General de la Municipalidad Distrital de Bellavista, como funcionario responsable de entregar la información solicitada por la ciudadanía, en cumplimiento con lo establecido en la Ley Nº 27806; Que, mediante documento de visto, la Gerencia Municipal recomienda la designación de la Sra. Katherine Del Pilar Choy Lisung – Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Bellavista designada con Resolución de Alcaldía Nº 369-2013-MDB-AL, como nueva funcionaria responsable de entregar la información solicitada por la ciudadanía de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ante la conclusión de la designación del Abogado Freddy Manuel Mayta Tristán en el cargo de Secretario General y; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Abogado Freddy Manuel Mayta Tristán como funcionario responsable de entregar la información solicitada por la ciudadanía, en cumplimiento con lo establecido en la Ley Nº 27806. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Sra. KATHERINE DEL PILAR CHOY LISUNG – Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Bellavista, como nueva funcionaria responsable de entregar la información solicitada por la ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- DISPONER que las Gerencias y Sub Gerencias de la Municipalidad Distrital de Bellavista, proporcionen a la Secretaría General toda la información que esta solicitase bajo responsabilidad a fi n de cumplir con la función encomendada. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista: www.munibellavista.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 983549-1