Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2013 (09/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, por la Resolucion SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad encomendada mediante Resolucion SBS Nº 128832009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a Financiera Edyficar S.A. a la apertura de las siguientes oficinas especiales: · Oficina Especial ubicada en Av. Panamericana Nº 821 Del Barrio Central, distrito de Manazo, provincia y departamento de Puno. · Oficina Especial ubicada en Asentamiento Humano MORDAZA Los MORDAZA, Manzana "E", Lote 3, Sector 2, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao. · Oficina Especial ubicada en Av. Revolucion Nº 1131, Manzana C-1, Lote 17, Asentamiento Humano Collique II, MORDAZA II, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca

El Peruano Lunes 9 de setiembre de 2013

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el Consejo Regional Juventud de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2013-GRA/CR
MORDAZA, 8 de agosto del 2013. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Estado Peruano, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Articulo 191º de la Constitucion Politica modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion y con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada mediante Ley Nº 27902; Que, los Articulos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralizacion como forma de organizacion democratica y de politica permanente del Estado, es el desarrollo integral del pais; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, politico y economico en el ambito regional; Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia conforme se establece en el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece que es atribucion del Consejo Regional la de aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 17° establece que los Gobiernos Regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, el debate y la concertacion de los planes de desarrollo y presupuesto, asi como en la gestion publica; asimismo; estan obligados a promover la conformacion y el funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas. Y que esta MORDAZA tambien senala que la participacion de los ciudadanos se canaliza a traves de los espacios de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia existentes y, tambien de aquellos que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo con la ley; Que, el articulo 60°, literal a) de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, los Gobiernos Regionales tienen entre otras funciones el de formular, aprobar y evaluar las politicas de desarrollo social e igualdad de oportunidades, en concordancia con la Politica General del Gobierno Nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales, asi como de promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades; Que, la Ley N° 27802, Ley de Creacion del Consejo Nacional de la Juventud, considera que en la etapa del ser humano llamada juventud se inicia la madurez fisica, psicologica y social de la persona con una valoracion y reconocimiento del joven como sujeto de derechos, con un modo de pensar, sentir y actuar; con una expresion propia de MORDAZA, valores y creencias. Asimismo considera que esta etapa es la base de la construccion definitiva de la identidad y personalidad del ser humano, dirigida hacia un proyecto de vida; Que, conforme el articulo 4° de la Ley N° 27802 Ley del Consejo Nacional de la Juventud, reconoce que las y

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Autorizan a Financiera Edyficar S.A. el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 5224-2013
MORDAZA, 29 de agosto de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Financiera Edyficar S.A. para que se le autorice el traslado de una oficina especial, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, por la Resolucion SBS Nº 7752008; y, en uso de la facultad encomendada mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a Financiera Edyficar S.A. el traslado de la siguiente oficina especial: · Oficina Especial ubicada en MORDAZA Progreso Nº 717, distrito y provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; a la Oficina Especial ubicada en MORDAZA MORDAZA Nº 565, Barrio Central, Mz 62, Lote 3, distrito y provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca

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