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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (09/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Lunes 9 de setiembre de 2013 502577 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC que aprobó la fusión de, entre otros, el Instituto Nacional de Cultura en el citado Ministerio, por lo que toda referencia normativa al INC se debe entender al Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED que aprobó el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, al Templo San Martín Obispo de Tours ubicado en el distrito de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de Cusco, por los considerandos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que cualquier intervención al Monumento declarado en el artículo 1º de la presente Resolución, deberá contar con autorización previa del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector involucrado; bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a los propietarios, Municipalidad Distrital y Provincial, Gobiernos Regionales, autoridades políticas y civiles correspondientes, así como disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 985061-1 PRODUCE Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 274-2013-PRODUCE Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 156-2013-PRODUCE/OGAJ- jtangm de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Estado establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno central hacia los gobiernos regionales y locales; Que, en el contexto del proceso de descentralización, mediante Decreto Supremo N° 002-2008-PCM se creó la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, de carácter permanente, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de ejercer funciones de conducción, diseño, monitoreo y evaluación en la implementación del Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno; Que, la citada Comisión Multisectorial tiene como objetivo fortalecer y desarrollar capacidades para la gestión pública del Buen Gobierno Regional y Local en el marco del proceso de descentralización del país y de los Sistemas Administrativos, y contribuir al proceso de reforma y modernización del Estado a efectos de dar sostenibilidad al proceso de descentralización; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 002-2008- PCM, establece que la Comisión estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción, que será designado por resolución del titular del Sector, debiendo a su vez designar un representante alterno; Que, mediante Resolución Ministerial N° 343-2010- PRODUCE se designó a la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, y al Director de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción, ante la citada Comisión; Que, el artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial N° 343- 2012-PRODUCE, establece una nueva estructura orgánica del Ministerio de la Producción; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto de administración correspondiente; Con la visación de la Secretaría General y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y la Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial N° 343-2010-PRODUCE. Artículo 2.- Designar al Director General de Planeamiento y Presupuesto y al Director de la Ofi cina de Gestión Descentralizada de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fi nes correspondientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 984837-1 SALUD Aprueban la “Norma Técnica de Salud para la Atención Integral y Tratamiento Antirretroviral de los Niños, Niñas y Adolescentes infectados por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 567-2013/MINSA Lima, 6 de setiembre del 2013 Visto, los Expedientes N°s. 11-006192-001 y 11-006192- 002, que contienen los Informes N°s. 027-2013-DGSP/ESN PC ITS-VIH-SIDA/MINSA, 049-2013-DGSP/ESN PC ITS- VIH-SIDA/MINSA y 079-2013-DGSP/ESN PC ITS-VIH-SIDA/ MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señala que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, siendo la protección de la salud de interés público, y responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;