Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2013 (24/09/2013)


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se requiera garantizar el cumplimiento de actividades indispensables, los trabajadores en conflicto deben garantizar la permanencia del personal necesario para impedir su interrupcion total y asegurar la continuidad de los servicios y actividades que asi lo exijan; Que, segun lo previsto en el literal a) del articulo 83° del TUO, son servicios publicos esenciales los servicios sanitarios y de salubridad; Que, en este contexto, los literales a) y d) del articulo 84º del TUO, senalan que se declarara ilegal la huelga cuando la misma se materializa no obstante haber sido declarada improcedente y cuando los trabajadores incumplan con lo dispuesto en el articulo 78° o en el articulo 82° del citado TUO; Que, del analisis del documento de visto, se verifica el incumplimiento de los articulos 78º y 82° del TUO, asi como la configuracion de la causal establecida en el literal a) del articulo 84° de la misma MORDAZA, como consecuencia de la huelga nacional indefinida convocada para el 18 de septiembre de 2013, por la FENUTSSA; De conformidad a lo establecido en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2003-TR y el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar ilegal la Huelga Nacional Indefinida convocada a partir del 18 de septiembre del presente ano, por la Federacion Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud ­ FENUTSSA, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La ausencia ocasionada por la referida medida de fuerza, sera considerada como ausencia injustificada, sujeta a las medidas administrativas que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 992009-1

El Peruano Martes 24 de setiembre de 2013

ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Director de Programa Sectorial III de la Direccion General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecologico de la Biblioteca Nacional del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 126-2013-BNP MORDAZA, 23 de setiembre de 2013 LA DIRECTORA NACIONAL (e) DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU VISTOS, el Memorandum Nº 193-2013-BNP/DN, de fecha 16 de setiembre de 2013, emitido por Direccion Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru, y el Informe N° 447-2013BNP/OAL, de fecha 18 de setiembre de 2013, emitido por la Direccion General de la Oficina de Asesoria Legal, y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Peru, es un Organismo Publico Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto

Supremo Nº 034-2008-PCM, ratificado por Decreto Supremo N° 048-2010-PCM y Decreto Supremo N° 058-2011-PCM, por el cual se aprobo la calificacion de Organismos Publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, la Biblioteca Nacional del Peru es un Organismo Publico Ejecutor, que se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura, en concordancia con el articulo 11º de la Ley N° 29565 "Ley de Creacion del Ministerio de Cultura" y con lo dispuesto por el inciso a) del articulo unico de la Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC "Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y organos en el Ministerio de Cultura"; Que, de acuerdo a lo indicado en el articulo 4° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional del Peru, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Peru tiene autonomia tecnica, administrativa y economica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 0032012-BNP, de fecha 09 de enero de 2012, se dejo sin efecto el articulo MORDAZA de la Resolucion Directoral Nacional Nº 097-2011-BNP, de fecha 04 de octubre de 2011, por el cual se encarga a la Licenciada MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, las funciones de la plaza Nº 278, Director del Programa Sectorial III, Categoria Remunerativa F-4, cargo considerado de confianza, de la Direccion General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecologico de la Biblioteca Nacional del Peru; designandose en su lugar al Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rosales; Que, mediante Memorandum Nº 193-2013-BNP/DN, de fecha 16 de setiembre de 2013, Direccion Nacional dispone que se adopten las medidas correspondientes a fin de dejar sin efecto la designacion del Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecologico; designandose en su lugar al Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torres; Que, conforme al Manual Normativo de Personal Nº 002-92-INAP-DNP "Desplazamiento de Personal", aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 013-92INAP-DNP, senala que la designacion consiste en el desempeno de un cargo de responsabilidad directa o de confianza por decision de la autoridad competente en la misma o diferente entidad, con los derechos y limitaciones que las leyes establecen, siendo esta de caracter temporal y no conlleva la estabilidad laboral, requiere plaza vacante y se formaliza con resolucion; Que, todas las Resoluciones de Designacion o Nombramiento de funcionario encargados surten efectos a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de que postergue su vigencia, en conformidad con lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionario Publicos; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM; el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002ED, y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Articulo MORDAZA de la Resolucion Directoral Nacional Nº 0032012-BNP, de fecha 09 de enero de 2012, por el cual se designa al Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Plaza Nº 278, Director de Programa Sectorial III, Categoria Remunerativa F-4, cargo considerado de Confianza, de la Direccion General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecologico de la Biblioteca Nacional del Peru. Articulo Segundo.- DESIGNAR a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, al Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la plaza Nº 278, Director de Programa Sectorial III, Categoria Remunerativa F-4, cargo considerado de Confianza, de la Direccion General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecologico de la Biblioteca Nacional del Peru.

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