Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2013 (24/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27619 se regula la autorizacion de viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en las entidades publicas sujetas al ambito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Publico; Que, por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y normas modificatorias, se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en funcion a lo senalado en la Ley Nº 27619; Que, el primer parrafo del articulo 5º del Decreto Supremo 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establece que los gastos por concepto de viaticos de los viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos, seran calculados conforme a la Escala de Viaticos por Zonas Geograficas, fijada en dicho articulo; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del dispositivo MORDAZA citado precisa que sobre la base de la referida Escala de Viaticos, mediante Resolucion del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, las Entidades del Sector Publico deberan aprobar menores asignaciones por concepto de viaticos tomando en consideracion las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duracion del viaje por capacitacion, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal; Que, mediante el documento de visto, la Oficina General de Administracion propone aprobar los porcentajes maximos de viaticos en funcion de la escala detallada en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de viajes al exterior de funcionarios y servidores del Ministerio del Ambiente que incluyan financiamiento parcial; Con el visado de la Secretaria General, la Oficina General de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de los Funcionarios y Servidores Publicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del MINAM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los porcentajes maximos de viaticos para viajes al exterior de los funcionarios y servidores del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, en funcion de la escala detallada en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan el financiamiento parcial, conforme al detalle siguiente:
FINANCIAMIENTO PARCIAL Si cubre alimentacion Si cubre hospedaje Si cubre hospedaje y alimentacion PORCENTAJE MORDAZA DE VIATICOS Setenta por ciento (70%) Cincuenta por ciento (50%) Veinticinco por ciento (25%)

El Peruano Martes 24 de setiembre de 2013

FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 010-2013-MINAM Mediante Oficio Nº 772-2013-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 010-2013-MINAM, publicado en la edicion del dia 23 de setiembre de 2013. - En el penultimo considerando; DICE: "Que, el Comite Tecnico de Gestion del MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi", en su Sesion de fecha 20 de agosto de 2013..." DEBE DECIR: "Que, el Comite Tecnico de Gestion del MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi", en su Sesion de fecha 17 de setiembre del 2013..." 992012-1

INTERIOR
Designan representantes titular y alterno del sector ante la Comision Nacional de Bienes Incautados CONABI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1276-2013-IN MORDAZA, 23 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1104, se crea la Comision Nacional de Bienes Incautados - CONABI, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, para la recepcion, registro, calificacion, custodia, seguridad, conservacion, administracion, arrendamiento, asignacion en uso temporal o definitiva, disposicion y venta en subasta publica, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comision de delitos en agravio del Estado correspondientes al presente Decreto Legislativo, asi como los contemplados en las normas ordinarias o especiales sobre la materia.; Que, de conformidad con la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1104 y el articulo 8 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 093-2012-PCM, los miembros del CONABI son acreditados por el Titular del Sector o entidad a la que representan, pudiendo acreditar ademas a un representante alterno; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0486-2012IN de fecha 19 de junio de 2012, se designo al senor abogado MORDAZA Ninamancco MORDAZA como representante del Ministerio del Interior ante el CONABI; Que, mediante Oficio N° 001889-2013/IN/DGCO de fecha 19 de septiembre de 2013, el Director General de la Direccion General contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, informa de la renuncia presentada por el senor abogado MORDAZA Ninamancco MORDAZA a la designacion efectuada como representante del Ministerio del Interior ante el CONABI; Estando a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo con el cual se acepte la renuncia presentada a la aludida designacion y se designe a los representantes titular y alterno del Ministerio del Interior, ante la Comision Nacional de Bienes Incautados - CONABI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN;

Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a todos los organos del Ministerio del Ambiente, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 991895-2

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