Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2014 (06/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y dos noches de alojamiento seran cubiertos por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI), via reembolso, en tanto que los gastos por concepto de viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.Autorizar el viaje de la senora Narda Lizette MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento de Analisis de Microfinanzas de la Superintendencia Adjunta de Estudios Economicos de la SBS, del 08 al 13 de MORDAZA de 2014 a la MORDAZA de MORDAZA, D.C., Estados Unidos de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y dos noches de alojamiento seran cubiertos por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI), via reembolso, en tanto que los gastos por concepto de viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 1 232,00

El Peruano MORDAZA 6 de MORDAZA de 2014

VISTOS: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 04, de fecha 26 de Marzo del 2014, emitido por las Comisiones de Economia y Administracion, y de Asuntos Legales, y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: "ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS PARA LA CANCELACION DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Y/O SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN VIA DE COBRANZA COACTIVA" Articulo 1º.- OBJETO La presente Ordenanza busca mecanismos que conduzcan a la regularizacion y cancelacion de las Resoluciones de Multa Administrativa y/o Resoluciones de Sancion Administrativa existentes y que se encuentren en la Unidad de Ejecucion Coactiva, y permitan depurar y sanear la cartera de saldos por este concepto. Articulo 2º.- ALCANCES Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza, todas las personas naturales y/o juridicas que mantengan deudas pendientes de pago por concepto de Resoluciones de Multas Administrativas y/o Resoluciones de Sancion Administrativa, emitidas desde el ano 2003 hasta el momento de entrada en vigencia la presente Ordenanza. Articulo 3º.- BENEFICIOS El presente beneficio comprende: 1) La condonacion del 90% de las Resoluciones de Multas Administrativas y/o Resoluciones de Sancion Administrativa. que se encuentren en via coactiva, de los anos 2003 al 2006 cuyos conductores o infractores se encuentren desarrollando actividades economicas en el distrito de Lince; y, 70% los que esten fuera del distrito de Lince. 2) La condonacion del 80% de las Resoluciones de Multas Administrativas y/o Resoluciones de Sancion Administrativa, que se encuentren en via coactiva, de los anos 2007 al 2009; cuyos conductores o infractores se encuentren desarrollando actividades economicas en el distrito de Lince; y, 60% los que esten fuera del distrito de Lince. 3) La condonacion del 70% de las Resoluciones de Multas Administrativas y/o Resoluciones de Sancion Administrativa, que se encuentren en via coactiva, de los anos 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014; cuyos conductores o infractores se encuentren desarrollando actividades economicas en el distrito de Lince y, 60% los que esten fuera del distrito de Lince. Estos beneficios se otorgaran durante la vigencia de la presente Ordenanza, cualquiera sea el estado del procedimiento de cobranza en que se encuentre siempre y cuando el pago sea al contado. Articulo 4º.- CONDICIONES

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1070877-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban beneficios para la cancelacion de multas administrativas y/o sanciones administrativas en via de cobranza coactiva
ORDENANZA Nº 336-MDL Lince, 31 de marzo del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE

- En ningun caso, el pago de la Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa exime al administrado la obligacion formal de regularizacion de los hechos que motivaron la imposicion de la misma. - En el caso de haberse efectuado pagos a cuenta de la deuda por Resoluciones de Multas Administrativas y/o Resoluciones de Sancion Administrativa, se aplicara el beneficio por el saldo de la correspondiente Resolucion de Sancion. - Los administrados que se acojan al presente Programa, reconocen expresamente sus obligaciones materia de regularizacion, por lo que, no podran presentar futuros recursos impugnatorios respecto a las deudas canceladas en el ambito de aplicacion del presente Programa. Articulo 5º.- DESISTIMIENTO 5.1 Los contribuyentes que hayan interpuesto Recursos de Reconsideracion, Apelacion y/o demandas presentadas ante cualquier instancia administrativa y/o

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