TEXTO PAGINA: 31
El Peruano Lunes 7 de abril de 2014 520489 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan subdivisión de lote urbano sin obras, de terreno ubicado en la jurisdicción del Cercado de Lima RESOLUCIÓN Nº 16-2014-MML-GDU-SPHU Lima, 14 de febrero de 2014 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 288675-2013, de fecha 19 de diciembre de 2013, la sociedad conyugal conformada por ZENON SULOAGA HIDALGO Y JUANA PAULINA RAMIREZ CABRERA, solicitan la Subdivisión de Lote sin Obras, del terreno 1,000.00 m², califi cado con el Uso de Industria Liviana – I2, constituido por el Lote 22 de la Mz. E, Urbanización Conde Las Torres, ubicado en la Avenida Argentina esquina con el Jr. Luis Castro Ronceros, jurisdicción del Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente Nº 288675-2013, de fecha 19 de diciembre de 2013 (fs. 01 al 56), la sociedad conyugal conformada por ZENON SULOAGA HIDALGO Y JUANA PAULINA RAMIREZ CABRERA, solicitan la Subdivisión de Lote sin Obras, del terreno 1,000.00 m², constituido por el Lote 22 de la Mz. E, Urbanización Conde Las Torres, ubicado en la Avenida Argentina esquina con el Jr. Luis Castro Ronceros, jurisdicción del Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima. Que, mediante Informe Nº 015-2014-MML-GDU-SPHU- DCO, de fecha 06 de enero de 2014 (fs. 57 y 58), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta que de acuerdo a la Ordenanza Nº 893-MML, que aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del Cercado de Lima, el terreno materia de solicitud está califi cado con el Uso de Industria Liviana – I2; asimismo según la Norma TH.030 del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE, permite el funcionamiento dentro de las zonas industriales I2 e I3, locales destinados a Industria Elemental y Complementaria (en lotes de 300.00m² con un frente mínimo de 10.00 ml); Que, el citado Informe agrega que, la propuesta presentada, señala dos (02) Sublotes resultantes de la Subdivisión del Lote matriz, denominados: SUBLOTE 22-A con un área del terreno: 690.00 m² y el SUBLOTE 22-B con un área del terreno: 310.00 m², los lotes resultantes presentan áreas y frentes que se consideran conformes, contando con acceso directo a través de la Avenida Argentina y el Jirón Luis Castro Ronceros partir de las cuales se abastecen de servicios básicos; Que, en atención a ello, mediante Ofi cio Nº 080-2014- MML-GDU-SPHU, de fecha 17 de enero de 2014 (fs. 65), se requiere a los administrados presentar el documento que acredite el pago efectuado a SERPAR-LIMA del 2% del área del Lote Matriz correspondiente al aporte para Parques Zonales, y Copia Literal completa donde obren los linderos y medidas perimétricas correspondiente al predio materia de solicitud; Que, mediante el Documento Simple Nº 44033-2014, de fecha 29 de enero de 2014 (fs. 66 al 71) los administrados adjuntan el Recibo de Ingresos Nº 0091740, emitido por SERPAR-LIMA, que acredita la cancelación del aporte para Parques Zonales del área de 20.00 m², que asciende a la suma de S/. 3,100.00 (Tres Mil Cien con 00/100 Nuevos Soles); correspondiente al proceso de Subdivisión de Lote Urbano Sin Obras del terreno del terreno 1,000.00 m²; asimismo señalan que los linderos y medidas perimétricas se encuentran determinadas en la Copia Literal del Título Archivado Nº 13502 emitido por el Registro de Propiedad Inmueble, lo cual es concordante con los datos indicados en el Plano de Replanteo de Lotización signado con Nº 1133-66-O.T. correspondiente a la Urbanización Industrial Conde de Las Torres; Que, mediante Informe Nº 067-2014-MML-GDU-SPHU- DCO, de fecha 04 de febrero de 2014 (fs.72), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta que estando a lo señalado en el Informe Nº 015-2014-MML- GDU-SPHU-DCO del 06 de enero de 2014, se debe derivar los actuados al Área Legal a fi n de que se proceda a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente; Que, mediante Informe Nº 046-2014-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 06 de febrero de 2014 (fs. 73 y 74), el Área Legal de ésta Subgerencia manifi esta, que los administrados han cumplido con acreditar la titularidad (en calidad de copropietario) del terreno objeto de Subdivisión el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 11055878 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima (fs.11 al 15), y mediante Resolución Nº 69 de fecha 21 de setiembre de 2011, expedida por el Trigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, se ha evaluado la procedencia de la subdivisión solicitada (siendo que la pretensión de los administrados es la única posibilidad viable de acuerdo a la normatividad urbanística vigente) en virtud del cual se ordena la División y Partición del inmueble de 1,000.00 m², constituido en el Lote 22 Mz. E de la Urbanización Conde de Las Torres, ubicado en la Av. Argentina (esquina con el Jr. Luis Castro Ronceros) jurisdicción del Cercado de Lima, señalando que un 31% del total de acciones y derechos correspondiente a un Sub Lote de 310 m2, es a nombre de la sociedad conyugal conformada por el señor Zenon Suloaga Hidalgo y esposa Juana Paulina Ramirez Cabrera; y un 69% del total de acciones y derechos correspondiente a otro Sub Lote de 690 m2 es a favor de los copropietarios: Empresa Fierro & Acero Center S.A.C. (20%), Graciela Carlota Bazán Rivadeneyra (10%), Nicanor Néstares Ñaupa (29%) y la sociedad conyugal conformada por Alejandro Carlos Capillo Bedón y Elba Morales Arone de Capillo (10%); por lo que en virtud del sustento judicial (Sentencia) que tiene la condición legal de consentida; y estando a la evaluación técnica efectuada, en atención a la Ordenanza Nº 893-MML y el Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE, esta Subgerencia deberá declarar procedente la Subdivisión de Lote Urbano sin Obras, del inmueble de 1,000.00 m², califi cado con el Uso de Industria Liviana – I2, constituido por el Lote 22 de la Mz. E, Urbanización Conde Las Torres, ubicado en la Avenida Argentina esquina con el Jr. Luis Castro Ronceros, jurisdicción del Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE; Ordenanzas Metropolitanas Nº 893- MML-MML, Nº 1188-MML; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, la Subdivisión de Lote Urbano sin Obras, del terreno de 1,000.00 m², califi cado con el Uso de Industria Liviana – I2, constituido por el Lote 22 de la Mz. E, Urbanización Conde Las Torres, ubicado en la Avenida Argentina esquina con el Jr. Luis Castro Ronceros, jurisdicción del Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima. La autorización que se autoriza se conforma de la siguiente manera: Denominación Área en m2 LOTE 22 1,000.00 SUB LOTE 22 – A 690.00 SUB LOTE 22 – B 310.00 Las características de los Sub-Lotes resultantes fi guran en los Planos signados con Nº 005-2014-MML- GDU-SPHU, y la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la sociedad conyugal conformada por ZENON SULOAGA HIDALGO Y JUANA PAULINA RAMIREZ CABRERA conforme a Ley. Artículo 3º.- OFICIAR la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, SERPAR – LIMA y al Instituto Catastral de Lima – ICL, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YESENNIA SALAS TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 1070454-1