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El Peruano Martes 22 de abril de 2014 521326 la suma de US $ 35 899,00 (TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalente a S/. 100 517,00 (CIEN MIL QUINIENTOS DIECISIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES), que contribuirán con el fortalecimiento de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas en temas relacionados a la Base de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios a través de la adquisición de equipos de cómputo y otros equipos técnicos. Artículo 2°.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003 Ministerio de Cultura, para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de S/. 100 517,00 (CIEN MIL QUINIENTOS DIECISIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles 1.4 Donaciones y Transferencias 100 517,00 1.4.2 Donaciones de Capital 100 517,00 1.4.2.1 De Gobiernos Extranjeros 100 517,00 1.4.2.1.3 De Países de África, Asia y Oceanía 100 517,00 1.4.2.1.3.99. Otros países de África, Asia y Oceanía 100 517,00 ------------------- TOTAL INGRESOS 100 517,00 =========== EGRESOS En Nuevos Soles Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 003 Ministerio de Cultura Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Cultura – Administración General Categoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos Producto : 3999999 Sin Producto Actividad : 5001905 Construcción de una Ciudadanía Intercultural Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias GASTOS DE CAPITAL Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 100 517,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 100 517,00 ========== Artículo 3°.- Codifi cación La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4°.- Notas para Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, instruirá a la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Cultura – Administración General, para que elabore la correspondiente “Nota para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5°.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1075210-1 Modifican R.M. N° 093-2014-MC, mediante la cual se conformó la Delegación de personalidades que representarán al Perú ante la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá- FILBO” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2014-MC Lima, 16 de abril de 2014 Vistos, el Informe N° 154-2014-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 11 de abril de 2014 de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este tiene entre sus funciones exclusivas la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes está encargada de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfi ca y de los nuevos medios; Que, con fecha 4 de febrero de 2014 se publicó en el diario oficial El Peruano, la Resolución Ministerial N° 036-2014-MC que declaró de interés institucional la participación del Perú, a través del Ministerio de Cultura en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá- FILBO”, que se llevará a cabo del 29 de abril al 12 de mayo de 2014; Que, en el marco de tal declaratoria mediante Resolución Ministerial N° 093-2014-MC, se resolvió conformar una Delegación de personalidades que representarán al Perú, a través del Ministerio de Cultura, ante la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá- FILBO”, integrada por novelistas, narradores, cuentistas, poetas, dramaturgos, cronistas, especialistas, entre otros, por sus reconocimientos literarios, publicaciones, género y representatividad en su campo de acción y trabajo; Que, mediante Informe N° 154-2014-DGIA-VMPCIC/ MC, la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, señaló que dentro de los compromisos asumidos ante la Cámara Colombiana del Libro, como invitados de honor ante la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, se encuentra el presentar nuestra diversidad cultural a través del arte popular tradicional expresado en las creaciones de artesanos notables que representen la cultura e identidad de las distintas regiones del Perú, mediante las muestras de textilería, cerámica, tallado en madera y otros dedicados al arte con las manos, por lo que se propone modifi car y ampliar la conformación de la Delegación de personalidades que representarán al Perú, a través del Ministerio de Cultura; Que, de acuerdo al documento antes señalado, para la elaboración de la relación de artesanos integrantes de la Delegación, se ha tomado en cuenta la participación equitativa de representantes de las regiones de la costa, sierra y oriente del Perú, entre otros, por sus reconocimientos como personalidades meritorias de la cultura y representatividad en su campo de acción y trabajo, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, siendo de interés institucional la participación de artesanos notables que integren la delegación de personalidades a que hace alusión la Resolución Ministerial