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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (22/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Martes 22 de abril de 2014 521343 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Designan Secretaria General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 052-2014-OEFA/PCD Lima, 21 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM, establece que corresponde al Presidente del Consejo Directivo designar y remover a los funcionarios y asesores de la entidad; Que, encontrándose vacante el cargo de Secretario General del OEFA resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en uso de la atribución conferida por el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la abogada LUZ YRENE ORELLANA BAUTISTA en el cargo de Secretaria General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con efectividad a partir del 26 de abril del 2014. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1075287-1 Designan Asesor de la Alta Dirección del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 053-2014-OEFA/PCD Lima, 21 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Literal e) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación