Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2014 (21/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 21 de agosto de 2014

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Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de bienes estatales bajo su competencia, asi como emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 513-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 22 de MORDAZA de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 12 479 679,70 m², ubicado en el Sector Sur del Distrito MORDAZA Castaneda y al Este del Rio Calpamayo, en el distrito de MORDAZA Castaneda, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho; segun el plano perimetrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Nasca. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1125443-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 517-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 04 de agosto de 2014 Visto el Expediente N° 165-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 12 479 679,70 m², ubicado en el Sector Sur del Distrito MORDAZA Castaneda y al Este del Rio Calpamayo, en el distrito de MORDAZA Castaneda, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 12 479 679,70 m², ubicado en el Sector Sur del Distrito MORDAZA Castaneda y al Este del Rio Calpamayo, en el distrito de MORDAZA Castaneda, provincia de Parinacochas, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 02 de MORDAZA de 2014 sobre la base del Informe Tecnico N° 399-2014-Z.R.N°XI/OC-NASCA de fecha 15 de MORDAZA de 2014, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral N° XI - SEDE ICA, senala que no es posible establecer la existencia de superposicion con propiedad de terceros debido a que no se cuenta con informacion grafica; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del reglamento de inscripciones del registro de predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 02 de MORDAZA de 2014, se verifico que el predio es de naturaleza eriaza, relieve y topografia medianamente accidentado, predominando el suelo rocoso, con presencia de areniscas, encontrandose ocupado por MORDAZA de alta tension, pero con las lineas de transmision sin energia electrica; Que, el articulo 23° de la Ley N° 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 12 479 679,70 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion en primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Disponen inicio de procedimiento de fijacion tarifaria del "Servicio de Embarque y Desembarque de Pasajeros mediante Puentes de Embarque (Mangas)" en el Aeropuerto Internacional "Alfredo MORDAZA Ballon" de MORDAZA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 037-2014-CD-OSITRAN MORDAZA, 11 de agosto de 2014 VISTOS: El Informe N° 018-14-GRE-GAJ-OSITRAN elaborado por la Gerencia de Regulacion y Estudios Economicos conjuntamente con la Gerencia de Asesoria Juridica en lo relativo a la evaluacion de los aspectos juridicos relacionados al procedimiento tarifario, mediante el cual se analiza la procedencia de la solicitud de fijacion tarifaria respecto del "Servicio de Embarque y Desembarque de Pasajeros mediante Puentes de Embarque (Mangas) en el Aeropuerto Internacional "Alfredo MORDAZA Ballon" de MORDAZA, formulada por Aeropuertos Andinos del Peru S.A; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del articulo 3° de la Ley de Supervision de la Inversion en Infraestructura de

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