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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (14/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Domingo 14 de diciembre de 2014 539889 Institucional de La Municipalidad de La Molina www. munimolina.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano www. peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.pe, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y a la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas y demás áreas competentes, su cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1176820-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Regulan la realización de la Feria Navideña 2014 en el Distrito Capital de la Provincia de Barranca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 030-2014-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 26 de Noviembre del 2014, en la estación Orden del Día, el Proyecto de “Ordenanza Municipal que regula la realización de la Feria Navideña 2014, en el Distrito Capital de la Provincia de Barranca”, propuesto por la Gerencia de Servicios Públicos, con Informe Nº 158-2014- GSP/MBB-MPB, y; CONSIDERANDO: Que, según lo señalado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades: “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, en concordancia con lo señalado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, las ordenanzas municipales son normas de mayor rango dentro de la normatividad municipal, conforme establece el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, primer párrafo “Las ordenanzas municipales provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normatividad municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, con la fi nalidad de establecer normas, criterios administrativos, técnicos y legales que regulen el debido desarrollo de la actividad comercial de bienes en espacios públicos debidamente autorizados por la Municipalidad Provincial de Barranca, en el Distrito Capital de Barranca, durante la temporada de las fi estas navideñas, donde las ferias constituyen un mecanismo idóneo de comunicación y promoción comercial que permite mejorar las relaciones Intercomerciales dado su carácter personalísimo e interactivo, facilitando el acceso del público a bienes necesarios, que ayudan a crear y mantener la imagen de una ciudad y fortalecerla convirtiéndose en benefi cios tangibles. Que, resulta necesario, regular procedimientos adecuados que coadyuven al vecino y a la comunidad en general a que conserve el ornato, salubridad, seguridad y el ordenamiento de nuestra ciudad, y teniendo en cuenta que esta Entidad Edil es impulsora del crecimiento y desarrollo económico de nuestros ciudadanos negociantes a través de la comercialización de sus productos de buena calidad para consolidar las relaciones con sus clientes y asegurando su satisfacción, contando con un lugar determinado donde se establezca el expendio eventual de productos navideños de este modo garantizar la seguridad y la tranquilidad donde puedan efectuar compras en la festividad de navidad y año nuevo, a través de la instalación de una feria navideña ubicado en un espacio público debidamente autorizado, en aras de regular el comercio ambulatorio, que genera desorden en el tránsito vehicular y peatonal perjudicando el ornato y seguridad de la ciudad. Que, estando a lo expuesto y contando con el Informe Nº 158-2014-GSP/MBB-MPB, Informe Nº 0114-2014-GPP/ MPB, Informe Legal Nº 1286-2014-OAJ/MPB, e Informe Nº 0105-2014-GM/MPB, donde sustentan la emisión de una Ordenanza Municipal para promover con carácter extraordinario y excepcional la instalación de la Feria Navideña 2014, asimismo regular el comercio ambulatorio, que genera desorden en el tránsito vehicular y peatonal perjudicando el ornato y seguridad de la ciudad. Que, después de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9º; 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Municipal con el voto por MAYORÍA de los señores regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA REALIZACIÓN DE LA FERIA NAVIDEÑA 2014, EN EL DISTRITO CAPITAL DE LA PROVINCIA DE BARRANCA Artículo 1º.- PROMOVER, CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO Y EXCEPCIONAL la realización de la Feria Navideña 2014, desde el día 20 al 25 de Diciembre y del 29 al 31 de Diciembre del 2014, la misma que se ubicará en el Jirón Arequipa 3era Cuadra, entre Jirón Zavala y la Calle Progreso. Artículo 2º.- ESTABLECER, en la Feria Navideña 2014, que los puestos a ofertarse, serán dedicados a la Venta de Juguetes, Panetones, Chocolates, Leches, Champagnes, Bebidas, gasifi cadas, conservas entre otros a fi nes. Artículo 3º.- DETERMINAR, que los derechos a pagar por cada puesto de venta de la Feria Navideña 2014, será de S/. 75.57 Nuevos soles. Artículo 4º.- FACÚLTESE, al Señor Alcalde a fi n de que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza. Artículo 5º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Servicios Públicos, Gerencia de Rentas, Gerencia de Transportes, Sub Gerencia de Comercialización, Sub Gerencia de Trámite Documentario, Archivo y Orientación al Vecino, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana Municipal y Sub Gerencia de Seguridad Vial y Fiscalización, el cumplimiento de la presente Ordenanza; así mismo, a Secretaria General, la difusión de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad www. munibarranca.gob.pe/ y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe/ conforme los lineamientos. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase Dado en la Casa Municipal, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil catorce. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 1176803-1