Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2014 (14/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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El computo de los plazos expresados en dias se inicia el dia habil siguiente de aquel en que se efectue la notificacion del acto administrativo, salvo que en este se senale una fecha posterior, o que sea necesario efectuar publicaciones sucesivas, de conformidad con lo establecido en el articulo 133 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 11.- Interrupciones e imposibilidad de uso del Sistema de Notificacion Electronica Si por causas no atribuibles a los administrados el Sistema de Notificacion Electronica se interrumpe, la notificacion se efectuara una vez restablecido este. En tales casos, el plazo para la notificacion previsto en el articulo 12 del presente Decreto Supremo se suspendera hasta el dia habil siguiente de restablecido el servicio del Sistema de Notificacion Electronica. La Oficina General de Tecnologias de la Informacion del Ministerio de la Produccion certificara las ocurrencias e interrupciones para efectos del computo de los plazos, la cual se anexara al expediente. Cuando el organo o unidad organica del Ministerio de la Produccion se vea imposibilitado de efectuar notificaciones electronicas utilizando el Sistema de Notificacion Electronica, utilizara medios alternativos de notificacion conforme a lo previsto en el articulo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 12.- Plazo de la notificacion electronica Los actos administrativos se notificaran electronicamente en el plazo de tres (3) dias habiles siguientes a su expedicion, en congruencia con el MORDAZA de celeridad. Articulo 13.- Cartilla Informativa El Ministerio de la Produccion aprobara una cartilla informativa que contenga la informacion relevante para los administrados sobre la notificacion electronica, asi como un manual de usuario para los funcionarios y unidades que correspondan. Articulo 14.-Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Produccion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a los treinta (30) dias habiles posteriores a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- La incorporacion de los procedimientos administrativos al Sistema de Notificacion Electronica, asi como el uso de la firma digital para la notificacion electronica de los actos administrativos, se realizaran de manera progresiva. Tercera.- El Sistema de Notificacion Electronica podra ser utilizado para el envio de documentos distintos a los actos administrativos a que se refiere el presente Decreto Supremo, debiendose contar para tal efecto con la aceptacion del administrado. Cuarta.- El Ministerio de la Produccion, mediante Resolucion Ministerial, aprobara los formularios y normas complementarias que requiera la implementacion del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1176989-2 CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA 14 de diciembre de 2014

Que, durante el Primer Encuentro Binacional de Autoridades Migratorias Peru-Colombia, celebrado en MORDAZA, el 22 de agosto de 2014, el Gobierno de la Republica de Colombia ofrecio, a traves de sus representantes de la Direccion de Asuntos Migratorios Consulares y Servicios al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores, brindar cooperacion a las autoridades consulares peruanas en materia migratoria y consular e intercambiar informacion relevante; Que, la citada dependencia colombiana y la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, acordaron realizar un Intercambio de Buenas Practicas y Experiencias en Materia Consular, del 15 al 16 de diciembre de 2014, en la MORDAZA de Bogota D.C, Republica de Colombia, con el proposito de intercambiar informacion relacionada a la emision de visas electronicas, el MORDAZA de apostilla y legalizacion de documentos con firma electronica, pasaportes con MORDAZA de lectura mecanica y electronica, entre otros temas de relevante interes en la actividad migratoria y consular; Que, el intercambio de buenas practicas y experiencias en materia consular ofrecida por el Gobierno de la Republica de Colombia permitira conocer, de forma directa, los mecanismos y medios utilizados en el diseno e implementacion de los mencionados servicios consulares, tanto en sus aspectos normativos, como tecnologicos, a fin de evaluar su implementacion total o parcial en el Sistema Consular peruano; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N.° 6572, del Despacho Viceministerial, de 2 de diciembre de 2014; y los Memoranda (DGC) N.° DGC1063/2014, de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 2 de diciembre de 2014, y (OPR) N.º OPR0418/2014, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 9 de diciembre de 2014, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N.º 28807; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.º 056-2013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003RE; la Ley N.º 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N.º 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; SE RESUELVE: Articulo 1. Autorizar el viaje, en comision de servicios, de los siguientes funcionarios a la MORDAZA de Bogota, D.C, Republica de Colombia, del 15 al 16 de diciembre del 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion: - Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; - Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez de la MORDAZA, Jefe de la Oficina de Tecnologias de la Informacion, de la Oficina General de Apoyo a la Gestion Institucional. Articulo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0107175 (02): Atencion de Tramites Consulares y Difusion de Derechos y Deberes de los Migrantes, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario, al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasaje Aereo Viaticos Nombres y Apellidos Clase por dia Economica US$ US$ MORDAZA MORDAZA 1 150,00 370,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez 1 150,00 370,00 de la MORDAZA

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 941/RE MORDAZA, 12 de diciembre de 2014

a

Total Nº de Viaticos dias US$ 2+1 2+1 1 110,00 1 110,00

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