Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2014 (26/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 Las Oficinas de Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en los pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 Las Oficinas de Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en los pliegos involucrados, instruiran a sus Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Autorizacion de la utilizacion de saldos presupuestales Autorizase al pliego Ministerio de Relaciones Exteriores a utilizar los saldos presupuestales derivados del Decreto Supremo N° 341-2014-EF, a fin de que los mismos MORDAZA destinados a financiar conceptos de gasto relativos a seguros corporativos e institucionales, traslado de funcionarios diplomaticos, mantenimiento, acondicionamiento y equipamiento de los inmuebles de los organos del servicio exterior y la cancilleria, asi como otros gastos coyunturales de los mismos. Articulo 4.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia en el numeral 1.1 del articulo 1, asi como los referidos en el articulo 3 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos o destinados. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1181998-1 SE RESUELVE:

El Peruano Viernes 26 de diciembre de 2014

Articulo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA Titto Almora Ayona como Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Encargar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el cargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE. Articulo 3.- La presente resolucion suprema es refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1181997-1

EDUCACION
Constituyen la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 569-2014-MINEDU MORDAZA, 23 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad academica orientada a la investigacion y a la docencia, que brinda una formacion humanista, cientifica y tecnologica con una MORDAZA conciencia de nuestro MORDAZA como realidad multicultural. Adopta el concepto de educacion como derecho fundamental y servicio publico esencial, y esta integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades publicas son personas juridicas de derecho publico. Asimismo el articulo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomia universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitucion, la Ley y demas normativa aplicable, y se manifiesta en los regimenes normativo, de gobierno, academico, administrativo y economico; Que, mediante la Ley Nº 27250 se creo la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, como persona juridica de derecho publico interno, con sede en el distrito de Yarinacocha, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali. Asimismo, la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de dicha Ley establece que el Poder Ejecutivo designara la Comision encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad creada por la presente Ley, en coordinacion con el Consejo Nacional para la Autorizacion del Funcionamiento de Universidades - CONAFU e instituciones afines; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 021-2000PCM se designo la comision encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia a que se hace referencia en el parrafo precedente; Que, el articulo 29 de la Ley establece que aprobada la Ley de creacion de una universidad publica, el Ministerio de Educacion constituye una Comision Organizadora integrada por tres (3) academicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como minimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobacion del estatuto, reglamentos y documentos de gestion academica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, asi como su conduccion y direccion hasta que se constituyan los organos de gobierno que le correspondan; Que, mediante Informe Nº 195-2014-MINEDU/VMGPDIGESUTP, la Direccion General de Educacion Superior

Encargan el cargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE
RESOLUCION SUPREMA N° 081-2014-EF MORDAZA, 25 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 008-2012EF se designo al senor MORDAZA Titto Almora Ayona como Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; Que, el articulo 12 del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0722000-EF, establece que la Direccion Ejecutiva de FONAFE es ejercida por el Director Ejecutivo, quien es nombrado mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, el senor MORDAZA Titto Almora Ayona ha presentado su renuncia al citado cargo, por lo que resulta pertinente aceptar su renuncia y encargar el cargo, en tanto se produzca la designacion respectiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el Decreto Supremo Nº 072-2000-EF, Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado; y, Estando a lo acordado;

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