Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2014 (26/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Viernes 26 de diciembre de 2014

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"Articulo 3.- De la intervencion del Programa 3.1 Los ambitos de intervencion del Programa seran los MORDAZA urbanos en distritos de mas de 2,000 habitantes. Mediante Resolucion Ministerial se podra autorizar por excepcion, la realizacion de intervenciones en los distritos cuya poblacion sea menor a 2,000 habitantes, ubicados en el ambito MORDAZA o rural, siempre que cumplan con los criterios de elegibilidad y priorizacion establecidos en el Manual de Operaciones. 3.2 Se accede al Programa, mediante postulacion concursal, segun criterios de elegibilidad y priorizacion, los cuales se estableceran en el Manual de Operaciones. Por excepcion, aprobada en MORDAZA expresa, se podran realizar intervenciones especiales de manera directa, segun requisitos y condiciones establecidos en el Manual de Operaciones. 3.3 Los proyectos presentados por los Gobiernos Locales deben contar con el proyecto de inversion publica viable registrado en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP, y con el expediente tecnico correspondiente." "Articulo 5.- De la articulacion y coordinacion del Programa El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a traves del PMIB, podra suscribir convenios con los Gobiernos Locales, las entidades publicas o las entidades privadas para articular las intervenciones del citado programa y dar cumplimiento a los objetivos del presente Decreto Supremo." "Articulo 6.- Financiamiento El Programa sera financiado por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con cargo a su Presupuesto Institucional; asi como, con recursos provenientes de donaciones, cooperacion tecnica internacional no reembolsable y otras MORDAZA de financiamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Las intervenciones del Programa se financiaran con aportes del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y/o del Gobierno Local correspondiente y/o de la Comunidad MORDAZA beneficiaria." Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Modificacion del Manual de Operaciones del Programa El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento publicara la modificacion del Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, aprobado por Resolucion Ministerial N° 022-2013VIVIENDA, modificada por las Resoluciones Ministeriales N°s 149-2013-VIVIENDA y 159-2014-VIVIENDA, en un plazo no mayor a sesenta (60) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo, a efectos de adecuarlo a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1181998-2

Que, durante la implementacion de las acciones inherentes al PMIB, se ha advertido la necesidad de efectuar modificaciones en el MORDAZA legal citado, debido a que en el periodo 2012 - 2014 se atendio a distritos con poblacion menor a 20,000 habitantes, lo cual genero que la atencion se enmarque en la excepcion establecida en el numeral 3.1 del referido articulo 3; ademas, se ha verificado que del total de las solicitudes de financiamiento presentadas, el 46.8% corresponde a distritos que tienen de 2,000 a 20,000 habitantes y el 13% corresponde a distritos con poblacion de menos de 2,000 habitantes, por lo que se propone modificar el ambito del PMIB a efectos que comprenda a los MORDAZA urbanos de los distritos con poblaciones mayores a 2,000 habitantes y, por excepcion, se atienda a los distritos con poblacion menor a 2,000 habitantes, ubicados en el ambito MORDAZA o rural, siempre que cumplan con los criterios de elegibilidad y priorizacion que se estableceran en el Manual de Operaciones; Que, en concordancia con lo expuesto en el considerando precedente, respecto al ambito de intervencion del PMIB, es necesario sustituir la denominacion de barrio MORDAZA - marginal por el de barrio MORDAZA, a fin de incluir a las poblaciones de bajos recursos que no ostentan esa condicion; Que, a efectos de optimizar la focalizacion de las intervenciones, es necesario modificar los criterios para acceder al PMIB a traves de la postulacion concursal, teniendo en cuenta criterios de elegibilidad y priorizacion; De conformidad, con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 004-2012VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 0012013-VIVIENDA, que crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion de los articulos 1, 2, 3, 5 y 6 del Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 001-2013VIVIENDA Modificanse los articulos 1, 2, 3, 5 y 6 del Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 001-2013-VIVIENDA, los cuales quedan redactados con el texto siguiente: "Articulo 1.- Creacion del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA Crease el Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el proposito de contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion MORDAZA, mediante la actuacion coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los Gobiernos Locales y la Comunidad Barrial." "Articulo 2.- Objetivos del Programa Son objetivos del Programa realizar intervenciones fisicas e intervenciones de acompanamiento institucional y social: 2.1 Intervenciones fisicas: Consisten en dotar de manera parcial, integral o complementaria, a los MORDAZA urbanos, con servicios de infraestructura y de equipamiento que contribuyan a la integracion economica y social de su poblacion, en el MORDAZA de sus competencias. 2.2 Intervenciones de acompanamiento institucional y social: Consisten en el fortalecimiento de las capacidades de los Gobiernos Locales para la gestion, operacion y mantenimiento de los servicios; asi como, en el fortalecimiento de las capacidades de la poblacion para el mantenimiento de los servicios."

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