Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (30/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014 541960 Que, en el Decreto Supremo que declara en Estado de Emergencia las zonas cafetaleras dispone que, los Gobiernos Regionales, de las zonas cafetaleras en los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, San Martín, Ucayali y Piura y los Gobiernos Locales involucrados, según corresponda, con la coordinación del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, e intervención del Ministerio de Agricultura y Riego, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA y demás instituciones y organismos, dentro de sus competencias, ejecutarán las acciones inmediatas y necesarias destinadas al control de la propagación de la Roya Amarilla del Café y la atención de la emergencia en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes; Que, el informe citado en el visto, concluye indica que es necesario ampliar la meta programada de la Línea 1, referida a fortalecer el entrenamiento en el manejo integrado; respecto a la Línea 2 incrementar la meta de capacitación al personal de los gobiernos regionales y locales; respecto a la Línea 3 concluir la primera y segunda campaña de aplicación en las regiones cuya fl oración se prolongó hasta el mes de noviembre del presente año y con relación a la Línea 4 ampliar la meta de evaluación en ares sin control y con control afectadas por la Roya Amarilla del Cafeto (Hemileia vastatrix); Que, el SENASA, ha planteado el objetivo de reducir la incidencia y severidad de la roya amarilla del cafeto y otras plagas priorizadas, para mantener la producción del cultivo, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 064-2014-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008- AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modifi catoria y con el visado de la Subdirección de Moscas de la Fruta, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de ampliación de actividades del “Plan de Acción Rápida contra la Roya Amarilla del Cafeto y otras plagas priorizadas” comprendiendo los meses de enero a marzo de 2015, que será publicada en la página web del SENASA (www. senasa.gob.pe). Artículo 2º.- Continuar las coordinaciones con los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco Junín, Pasco, Puno, San Martín, Ucayali y Piura y los Gobiernos Locales involucrados en el área de ejecución del “Plan de Acción Rápida contra la Roya Amarilla del Cafeto y otras plagas priorizadas”, según responsabilidades asignadas por ley. Regístrese, publíquese y comuníquese. MOISES PACHECO ENCISO Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1182725-1 Designan Director de la Dirección Zonal Arequipa de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 367-2014-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 26 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 003-2013-AG-AGRORURAL-DE de fecha 11 de enero de 2013, se designó al Lic. Augusto Roberto Apaza Vargas en el cargo de Director de la Dirección Zonal Arequipa del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo, la misma que se ha visto pertinente aceptar y designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, la renuncia presentada por el Lic. Augusto Roberto Apaza Vargas al cargo de Director Zonal Arequipa del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, al Ingeniero Civil Fernando Jesús Vargas Melgar, en el cargo de Director de la Dirección Zonal Arequipa del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURI Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1182712-1 DEFENSA Dan por concluidas funciones de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 783-2014-DE/ Lima, 29 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú determina que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por Ley Nº 30135, señala que los Ofi ciales Generales y/o Almirantes que sean nombrados como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o Comandante General de la Institución Armada correspondiente, ejercen su función por un período no mayor de DOS (2) años; Que, el inciso i) del artículo 44 de la Ley Nº 28359, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1143, establece como causal de pase a la situación militar de retiro, el cese en el cargo de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o de Comandante General de cada una de las Instituciones Armadas; Que, el artículo 53 de la citada Ley, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1143, precisa que el Ofi cial que en el desempeño del cargo de Comandante General o Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, cesa en sus funciones antes de cumplir los cuarenta (40) años de servicios, pasa a la situación de retiro, reconociéndosele la totalidad de años de servicio indicados; Que, mediante Resolución Suprema Nº 824-2013-DE de 26 de diciembre de 2013, se nombró al señor General de División Benigno Leonel Cabrera Pino, como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;