Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2014 (30/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014

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VISTOS: El Oficio Nº 758-2014-MINAGRI-DIGNA/DINPE, de fecha 10 de diciembre de 2014, del Director General de la Direccion General de Negocios Agrarios; y el Informe Nº 030-2014- MINAGRI-DIGNA-DINPE/AAC-EMG, de fecha 05 de diciembre de 2014, del Director de la Direccion de Negocios Pecuarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Legislativa Nº 28815 se aprobo el "Tratado General de Integracion y Cooperacion Economica y Social para la Conformacion de un MORDAZA Comun entre la Republica del Peru y la Republica de Bolivia", suscrito en la MORDAZA de Ilo en fecha 03 de agosto de 2004 y ratificado por Decreto Supremo Nº 043-2006-RE; en cuyo articulo 23 se establece dar prioridad a erradicar el contrabando organizado en productos agropecuarios y otros bienes que las Partes estimen pertinentes, asi como los hidrocarburos; disponiendo la constitucion de una comision bilateral para tratar dichos asuntos y recomendar las medidas necesarias a ser implementadas; Que, el "Acta del Encuentro entre los Presidentes de la Republica del Peru, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Estado Plurinacional de Bolivia, senor Evo MORDAZA Ayma", refiere en su articulo 19, como obligacion de las partes, el ejecutar de manera coordinada todas las acciones necesarias y conducentes a combatir el contrabando en la MORDAZA de frontera, a traves de acciones simultaneas y concertadas, ademas de crear el Grupo Binacional Interministerial de Lucha contra el Contrabando; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 248-2012PCM, en adelante la Resolucion Ministerial, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Seccion Nacional Peruana de la Comision Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; Que, en su articulo 2, modificado mediante el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 241-2013-PCM, la Resolucion Ministerial establece la conformacion del referido Grupo de Trabajo Multisectorial, quedando conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI; asimismo, mediante su articulo 3, la Resolucion Ministerial establece que los representantes seran designados mediante resolucion ministerial del Sector al que pertenecen, debiendo ademas contar con un alterno; y, en su articulo 7, modificado mediante el articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 241-2013-PCM, la Resolucion Ministerial establece que el Grupo de Trabajo Multisectorial tendra vigencia mientras duren las funciones de la instancia binacional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 01782013-AG, se designo al Director General y al Director de la Direccion de Agronegocios, ambos de la entonces Direccion General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del entonces Ministerio de Agricultura, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Seccion Nacional Peruana de la Comision Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2014MINAGRI, se aprueba el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, estableciendo una nueva y diferente estructura funcional y organizacional del MINAGRI, en la cual no forman parte la Direccion General de Competitividad Agraria ni la Direccion de Agronegocios; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Director General de la Direccion General de Negocios Agrarios propone actualizar la representacion del MINAGRI ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Seccion Nacional Peruana de la Comision Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley

lineamientos de politica para el corto, mediano y largo plazo para el desarrollo ordenado y sostenible de la cadena productiva del arroz; Que, mediante Resolucion Suprema N° 046-2009-AG se modifico el articulo 5 de la Resolucion Suprema N° 030-2005-AG, determinandose que la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional del Arroz recaera en la Direccion General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, el cual modifica la estructura y funciones de la Institucion y no contempla, entre otros, a la Direccion General de Competitividad Agraria; Que, ante la referida modificacion de la estructura organizacional, resulta necesario modificar el articulo 5 de la Resolucion Suprema Nº 030-2005-AG, a fin de adecuar la designacion de la Secretaria Tecnica a la nueva estructura organica del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificacion de la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional del Arroz Modificar el articulo 5 de la Resolucion Suprema N° 030-2005-AG, modificado por el articulo 1 de la Resolucion Suprema N° 046-2009-AG, en los siguientes terminos: "Articulo 5.- La Secretaria Tecnica del Consejo Nacional del Arroz, recaera en la Direccion de Negocios Agricolas de la Direccion General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego". Articulo 2.- Vigencia de la Resolucion Suprema N° 030-2005-AG Dejar subsistentes todos los demas extremos de la Resolucion Suprema N° 030-2005-AG, modificada por las Resoluciones Supremas N°s. 046-2009-AG, 035-2013MINAGRI y 038-2013-MINAGRI, en cuanto no se opongan a lo dispuesto en la presente Resolucion Suprema. Articulo 3.- Comunicacion Notificar la presente Resolucion al Presidente del Consejo Nacional del Arroz y a la Direccion General de Negocios Agrarios, para los fines pertinentes. Articulo 4.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1183108-9

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Seccion Nacional Peruana de la Comision Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, creado mediante la R.M. Nº 248-2012-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0699-2014-MINAGRI MORDAZA, 26 de diciembre de 2014

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