Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2014 (30/12/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014

541967
DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento interno 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por S/. 572 261 604,00 (QUINIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar parcialmente cinco (05) proyectos de inversion publica. 1.2 El monto correspondiente al principal de la citada operacion de endeudamiento interno, sera integramente cancelado en una (01) cuota, el 05 de MORDAZA de 2018, y devengara una tasa de interes efectiva anual de 4,42% sobre el monto efectivamente desembolsado. Los intereses seran pagados semestralmente, calculados a partir de la fecha del primer desembolso. Articulo 2º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de administracion de deuda 2.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo 1 de este Decreto Supremo, bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la emision y colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029, cuya emision se aprueba en el articulo siguiente. 2.2 La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, efectuaran la conciliacion del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el articulo 1 del presente Decreto Supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo con lo establecido en el respectivo Contrato de Prestamo, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 2.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de MORDAZA de 2018. Articulo 3º.- De la emision de bonos soberanos 3.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por S/. 572 261 604,00 (QUINIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de la operacion de administracion de deuda a que se refiere el articulo precedente, cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion: Monto a emitir : Hasta por S/. 572 261 604,00 (Quinientos Setenta y Dos Millones Doscientos Sesenta y Un Mil Seiscientos Cuatro y 00/100 Nuevos Soles). : S/. 1 000,00 (Un Mil Nuevos Soles) El monto que corresponde a las fracciones del MORDAZA sera cancelado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la fecha de colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029. : Nuevos Soles : 6,00% nominal anual fija.

cuales corresponden a la Defensa Nacional la suma de hasta S/. 1 600 000 000,00 (MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, como consecuencia de las reasignaciones efectuadas al MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 4.3 del citado Articulo 4, entre los montos de endeudamiento previstos en el numeral 4.1 y en el numeral 4.2 del mismo, asi como entre los montos previstos al interior del numeral 4.2, el monto MORDAZA de endeudamiento interno autorizado para el Ano Fiscal 2014, asciende a la cantidad de S/. 6 780 450 000,00 (SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) de los cuales corresponden a la Defensa Nacional la suma de hasta S/.1 742 500 000,00 (MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, el Ministerio de Economia y Finanzas acordara una operacion de endeudamiento interno con el Banco de la Nacion hasta por S/. 572 261 604,00 (QUINIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinado a financiar parcialmente cinco (05) proyectos de inversion publica a cargo del Ministerio de Defensa; Que, tal endeudamiento interno se efectuara con cargo al monto autorizado para "Defensa Nacional", establecido en el literal c) del numeral 4.2 del Articulo 4 de la Ley Nº 30116, teniendo en cuenta las reasignaciones a que se refiere el MORDAZA considerando de este Decreto Supremo; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la contrapartida nacional requerida por esta operacion de endeudamiento interno, se cuenta con la opinion favorable de la Direccion General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Defensa; Que, mediante el numeral 36.1 del Articulo 36 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, se autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de MORDAZA, las cuales no se encuentran sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada ano fiscal, ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, se ha considerado conveniente aprobar una operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se deriven de la citada operacion de endeudamiento interno, la misma que sera bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la entrega del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, de otro lado, en merito a la delegacion contenida en la Resolucion Ministerial Nº 647-2007-EF/15, la Direccion de Programacion de Inversiones de la Direccion General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Defensa ha declarado la viabilidad de 05 (cinco) proyectos de inversion publica que seran financiados con la citada operacion de endeudamiento interno; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal l) del Articulo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, la Ley N° 30116 y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

Valor Nominal

Moneda Tasa Cupon

Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables Modalidad de colocacion : Oferta privada al Banco de la Nacion

Fecha de colocacion : 06 de MORDAZA de 2018 Registro : Mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listado en la Bolsa de Valores de MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.