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El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014 541965 DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del pago de Dietas Apruébase la suma de MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500,00) que por concepto de dieta y por cada sesión deberán recibir los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR). Artículo 2.- Número de Dietas Cada miembro del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) puede recibir como máximo cuatro (04) dietas al mes, aun cuando asista a un número mayor de sesiones. Artículo 3.- Del fi nanciamiento Los egresos que genere la aplicación de lo señalado en los artículos 1 y 2 del presente decreto supremo serán atendidos con cargo a los recursos del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Límite en la percepción de Dietas Ningún miembro del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) podrá recibir dietas en más de una entidad, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 28212, modifi cado por Decreto de Urgencia Nº 038-2006. Artículo 5.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1183108-3 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de la Municipalidad Distrital de Quisqui para el financiamiento de un proyecto de inversión pública de electrificación rural DECRETO SUPREMO N° 372-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprueban, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, el artículo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, crea el Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con la fi nalidad de fi nanciar la elaboración de estudios de pre-inversión, la reformulación de estudios de proyectos de inversión pública que no se encuentren en etapa de ejecución, la ejecución de proyectos de inversión pública, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas jurídicas privadas, para la ejecución de infraestructura de agua y saneamiento, electrifi cación, telecomunicaciones y caminos vecinales, así también para las intervenciones en infraestructura de caminos de herradura, las intervenciones en agua y saneamiento, electrifi cación y telecomunicaciones que permitan el acceso de los centros educativos y de salud a tales servicios, y, en la fase de post inversión, la operación de proyectos de inversión pública; en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con más del 50 % de hogares en proceso de inclusión conforme a lo determinado por el citado Ministerio, así como en la zona del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de infl uencia de estos; con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios básicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de vida en los hogares rurales; Que, asimismo, dicho artículo establece que las entidades del gobierno nacional pueden suscribir convenios, u otros documentos, con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y/o personas jurídicas privadas según corresponda para la ejecución de los mencionados proyectos de inversión pública, y/o actividades, cuya transferencia para el caso de las entidades del gobierno nacional se realiza bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este último, y se incorporan en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y gobiernos locales en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo N° 325-2014-EF y modifi catoria, se autoriza la incorporación de recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 957 344,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, de los cuales UN MILLÓN DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 203 316,00), se incorporaron a favor del pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, para fi nanciar la ejecución de un proyecto de inversión pública de electrifi cación rural; Que mediante Memorando N° 620-2014-MEM/DGER- JAF, la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas emite pronunciamiento favorable respecto a la disponibilidad presupuestal para autorizar la transferencia de partidas para fi nanciar un proyecto de inversión pública de electrifi cación rural, hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 203 316,00), para lo cual la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electrifi cación Rural ha suscrito el respectivo convenio; Que mediante Informe N° 047-2014-MEM-OGP/PRES, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas propone la aprobación de una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma total de UN MILLÓN DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 203 316,00), para fi nanciar la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública de electrifi cación rural a favor de la Municipalidad Distrital de Quisqui, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco, en el marco de lo señalado en el artículo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, indicando además que la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electrifi cación Rural ha suscrito el respectivo convenio con la citada Municipalidad Distrital; en virtud de lo cual, con Ofi cio N° 2416-2014-MEM/SEG, el Ministerio de Energía y Minas solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad