Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2014 (30/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014

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de inversion publica que no se encuentren en etapa de ejecucion, la ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, para la ejecucion de infraestructura de agua y saneamiento, electrificacion, telecomunicaciones y caminos vecinales, asi tambien para las intervenciones en infraestructura de caminos de herradura, las intervenciones en agua y saneamiento, electrificacion y telecomunicaciones que permitan el acceso de los centros educativos y de salud a tales servicios, y, en la fase de post inversion, la operacion de proyectos de inversion publica; en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con mas del 50 % de hogares en MORDAZA de inclusion conforme a lo determinado por el citado Ministerio, asi como en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de influencia de estos; con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales; Que, asimismo, dicho articulo establece que las entidades del gobierno nacional pueden suscribir convenios, u otros documentos, con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y/o personas juridicas privadas segun corresponda para la ejecucion de los mencionados proyectos de inversion publica, y/o actividades, cuya transferencia para el caso de las entidades del gobierno nacional se realiza bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este ultimo, y se incorporan en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y gobiernos locales en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo N° 325-2014-EF y modificatoria, se autoriza la incorporacion de recursos del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 957 344,00), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, de los cuales UN MILLON DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 203 316,00), se incorporaron a favor del pliego 016: Ministerio de Energia y Minas, para financiar la ejecucion de un proyecto de inversion publica de electrificacion rural; Que mediante Memorando N° 620-2014-MEM/DGERJAF, la Jefatura de Administracion y Finanzas de la Direccion General de Electrificacion Rural del Ministerio de Energia y Minas emite pronunciamiento favorable respecto a la disponibilidad presupuestal para autorizar la transferencia de partidas para financiar un proyecto de inversion publica de electrificacion rural, hasta por la suma de UN MILLON DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 203 316,00), para lo cual la Unidad Ejecutora 005: Direccion General de Electrificacion Rural ha suscrito el respectivo convenio; Que mediante Informe N° 047-2014-MEM-OGP/PRES, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energia y Minas propone la aprobacion de una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma total de UN MILLON DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 203 316,00), para financiar la ejecucion de un (01) proyecto de inversion publica de electrificacion rural a favor de la Municipalidad Distrital de Quisqui, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de lo senalado en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, indicando ademas que la Unidad Ejecutora 005: Direccion General de Electrificacion Rural ha suscrito el respectivo convenio con la citada Municipalidad Distrital; en virtud de lo cual, con Oficio N° 2416-2014-MEM/SEG, el Ministerio de Energia y Minas solicita dar tramite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad

DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del pago de Dietas Apruebase la suma de MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500,00) que por concepto de dieta y por cada sesion deberan recibir los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna MORDAZA del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA (OSINFOR). Articulo 2.- Numero de Dietas Cada miembro del Tribunal Forestal y de Fauna MORDAZA del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA (OSINFOR) puede recibir como MORDAZA cuatro (04) dietas al mes, aun cuando asista a un numero mayor de sesiones. Articulo 3.- Del financiamiento Los egresos que genere la aplicacion de lo senalado en los articulos 1 y 2 del presente decreto supremo seran atendidos con cargo a los recursos del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA (OSINFOR), sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 4.- Limite en la percepcion de Dietas Ningun miembro del Tribunal Forestal y de Fauna MORDAZA del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA (OSINFOR) podra recibir dietas en mas de una entidad, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del articulo 5 de la Ley Nº 28212, modificado por Decreto de Urgencia Nº 038-2006. Articulo 5.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1183108-3

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor de la Municipalidad Distrital de Quisqui para el financiamiento de un proyecto de inversion publica de electrificacion rural
DECRETO SUPREMO N° 372-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se aprueban, entre otros, los creditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, el articulo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, crea el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (MIDIS), con la finalidad de financiar la elaboracion de estudios de pre-inversion, la reformulacion de estudios de proyectos

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