Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 159

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

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CONSIDERANDOS 1. Llevado a cabo el acto de sufragio de las Elecciones Municipales, el 5 de octubre de 2014, los 96 JEE han cumplido con emitir las correspondientes Actas de Proclamacion de Resultados de Computo y de Autoridades Municipales Electas, de los distritos electorales provinciales y distritales comprendidos en su respectivo ambito de competencia territorial, sobre la base del computo realizado por las respectivas Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. 2. Posteriormente, los JEE han cumplido con entregar las correspondientes credenciales a los alcaldes y regidores que resultaron electos, de conformidad con el articulo 33 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (LEM). 3. Asimismo, este Pleno ha cumplido con resolver los recursos impugnatorios presentados oportunamente por los personeros de las organizaciones politicas participantes en el MORDAZA electoral, para lo cual, de haber sido necesario, ha tenido a la vista los informes de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales, y los ejemplares de las actas electorales que corresponden al MORDAZA Nacional de Elecciones. 4. Por otro lado, se constata que los JEE y el MORDAZA Nacional de Elecciones declararon la nulidad de las Elecciones Municipales en dos (2) provincias y veintinueve (29) distritos, a nivel nacional. En ese contexto, es necesario adoptar las medidas que garanticen la continuidad de la prestacion de los servicios municipales y la gobernabilidad en las provincias y distritos en los cuales se declaro la nulidad de las elecciones, hasta que las nuevas autoridades MORDAZA electas en las Elecciones Municipales Complementarias que, de conformidad con el articulo 4 de la LEM, deberan convocarse dentro de los noventa (90) dias naturales siguientes a la instalacion de los concejos municipales y realizarse el primer MORDAZA del mes de MORDAZA del ano en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales. Por ello, en aplicacion del articulo 5, literal j, de la LOJNE, corresponde ampliar la vigencia de las credenciales otorgadas a las autoridades ediles del periodo 2011-2014 de los lugares donde las Elecciones Municipales 2014 fueron declaradas nulas. Dicha vigencia se mantendra hasta que las autoridades electas en las Elecciones Municipales Complementarias asuman sus funciones, luego del MORDAZA de transferencia normado por la Ley Nº 30204, Ley que regula la transferencia de la gestion administrativa de gobiernos regionales y gobiernos locales. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR concluido el MORDAZA de Elecciones Municipales 2014 convocado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, cuyo acto eleccionario se realizo el 5 de octubre de 2014, teniendose como alcaldes electos de las municipalidades provinciales y las municipales distritales para el periodo 2015-2018, a los ciudadanos cuyos nombres se detallan en el cuadro siguiente:
DEPARTAMENTO AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA WILIN MORDAZA MORDAZA NEYLOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARHUATANTA MORDAZA MORDAZA DANDUCHO AKINTUI ANAXIMANDRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Declaran concluido el MORDAZA de Elecciones Municipales 2014 convocado mediante el Decreto Supremo Nº 0092014-PCM
RESOLUCION Nº 3800-2014-JNE MORDAZA, veintinueve de diciembre de dos mil catorce. VISTAS las Actas de Proclamacion de Resultados de Computo y de Autoridades Municipales Electas, emitidas por los Jurados Electorales Especiales de Chachapoyas, Bongara, Bagua, MORDAZA, Recuay, Huaylas, MORDAZA, Bolognesi, Pomabamba, MORDAZA, Abancay, Grau, Andahuaylas, MORDAZA, Caylloma, Camana, MORDAZA, La Union, Huamanga, Cangallo, Lucanas, Parinacochas, MORDAZA, San MORDAZA, Cutervo, Hualgayoc, Chota, MORDAZA, Callao, MORDAZA, Quispicanchi, Urubamba, Canchis, Espinar, Huancavelica, Angaraes, Tayacaja, Huaytara, MORDAZA, Puerto MORDAZA, Yarowilca, Huamalies, MORDAZA MORDAZA, Ica, Chincha, Huancayo, Jauja, MORDAZA, Chanchamayo, Tarma, MORDAZA, Pacasmayo, MORDAZA MORDAZA, Pataz, Chiclayo, Huaura, Huaral, Huarochiri, MORDAZA Centro, MORDAZA Norte 1, MORDAZA Norte 2, MORDAZA Norte 3, MORDAZA Oeste 1, MORDAZA Oeste 2, MORDAZA Oeste 3, MORDAZA Sur 1, MORDAZA Sur 2, MORDAZA Este 1, MORDAZA Este 2, Canete, Yauyos, Maynas, Mariscal MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Ucayali, Alto Amazonas, Tambopata, Mariscal MORDAZA, Pasco, Oxapampa, MORDAZA, Morropon, Sullana, MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA de Putina, Azangaro, Huancane, Moyobamba, San MORDAZA, Mariscal MORDAZA, Tacna, Tarata, Tumbes, MORDAZA Portillo y Atalaya, que funcionaron con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. ANTECEDENTES Convocatoria a Elecciones Municipales 2014 Mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de enero de 2014, el Presidente de la Republica convoco a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el MORDAZA, para el MORDAZA 5 de octubre de 2014. Administracion de Justicia Electoral Por Resolucion Nº 082-2014-JNE de fecha 5 de febrero de 2014, modificada por Resolucion Nº 4322014-JNE de fecha 30 de MORDAZA de 2014, se definieron las 96 circunscripciones administrativo-electorales para el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales 2014, asi como igual numero de Jurados Electorales Especiales (JEE) con competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes. Con Resolucion Nº 433-2014-JNE, de fecha 30 de MORDAZA de 2014, se establecio la conformacion de los JEE, presididos por jueces superiores designados por las respectivas Cortes Superiores de Justicia, e integrados por un miembro elegido por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal correspondiente, entre los fiscales superiores en actividad y jubilados, y por un miembro ciudadano designado por el MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante sorteo en acto publico entre los ciudadanos previamente seleccionados de manera aleatoria por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, que tengan domicilio registrado en el distrito sede de cada JEE; designaciones estas que se realizaron con arreglo a lo previsto en el articulo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones (LOJNE), modificado por la Ley Nº 30194, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 15 de MORDAZA de 2014. Dichos JEE se instalaron el 1 de junio de 2014 y, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 36 de la LOJNE, tuvieron, entre otras funciones, las de recibir, calificar e inscribir las listas de candidatos presentadas por las organizaciones politicas, resolver en primera instancia las tachas contra las candidaturas, asi como las actas observadas y los pedidos de nulidad de elecciones, proclamar los resultados de las Elecciones Municipales y emitir las credenciales a los candidatos electos.

N° 1 2 3 4 5 6 7

PROVINCIA BAGUA BAGUA BAGUA BAGUA BAGUA BAGUA BONGARA

DISTRITO

ARAMANGO COPALLIN EL MORDAZA IMAZA LA PECA

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