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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (31/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 159

El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543653 Declaran concluido el proceso de Elecciones Municipales 2014 convocado mediante el Decreto Supremo Nº 009- 2014-PCM RESOLUCIÓN Nº 3800-2014-JNE Lima, veintinueve de diciembre de dos mil catorce. VISTAS las Actas de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Electas, emitidas por los Jurados Electorales Especiales de Chachapoyas, Bongará, Bagua, Huaraz, Recuay, Huaylas, Santa, Bolognesi, Pomabamba, Huari, Abancay, Grau, Andahuaylas, Arequipa, Caylloma, Camaná, Castilla, La Unión, Huamanga, Cangallo, Lucanas, Parinacochas, Cajamarca, San Pablo, Cutervo, Hualgayoc, Chota, Jaén, Callao, Cusco, Quispicanchi, Urubamba, Canchis, Espinar, Huancavelica, Angaraes, Tayacaja, Huaytará, Huánuco, Puerto Inca, Yarowilca, Huamalíes, Leoncio Prado, Ica, Chincha, Huancayo, Jauja, Concepción, Chanchamayo, Tarma, Trujillo, Pacasmayo, Sánchez Carrión, Pataz, Chiclayo, Huaura, Huaral, Huarochirí, Lima Centro, Lima Norte 1, Lima Norte 2, Lima Norte 3, Lima Oeste 1, Lima Oeste 2, Lima Oeste 3, Lima Sur 1, Lima Sur 2, Lima Este 1, Lima Este 2, Cañete, Yauyos, Maynas, Mariscal Ramón Castilla, Requena, Ucayali, Alto Amazonas, Tambopata, Mariscal Nieto, Pasco, Oxapampa, Piura, Morropón, Sullana, Puno, San Román, San Antonio de Putina, Azángaro, Huancané, Moyobamba, San Martín, Mariscal Cáceres, Tacna, Tarata, Tumbes, Coronel Portillo y Atalaya, que funcionaron con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. ANTECEDENTES Convocatoria a Elecciones Municipales 2014 Mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de enero de 2014, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 5 de octubre de 2014. Administración de Justicia Electoral Por Resolución Nº 082-2014-JNE de fecha 5 de febrero de 2014, modifi cada por Resolución Nº 432- 2014-JNE de fecha 30 de mayo de 2014, se defi nieron las 96 circunscripciones administrativo-electorales para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, así como igual número de Jurados Electorales Especiales (JEE) con competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes. Con Resolución Nº 433-2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, se estableció la conformación de los JEE, presididos por jueces superiores designados por las respectivas Cortes Superiores de Justicia, e integrados por un miembro elegido por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal correspondiente, entre los fi scales superiores en actividad y jubilados, y por un miembro ciudadano designado por el Jurado Nacional de Elecciones, mediante sorteo en acto público entre los ciudadanos previamente seleccionados de manera aleatoria por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, que tengan domicilio registrado en el distrito sede de cada JEE; designaciones estas que se realizaron con arreglo a lo previsto en el artículo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), modifi cado por la Ley Nº 30194, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 15 de mayo de 2014. Dichos JEE se instalaron el 1 de junio de 2014 y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la LOJNE, tuvieron, entre otras funciones, las de recibir, califi car e inscribir las listas de candidatos presentadas por las organizaciones políticas, resolver en primera instancia las tachas contra las candidaturas, así como las actas observadas y los pedidos de nulidad de elecciones, proclamar los resultados de las Elecciones Municipales y emitir las credenciales a los candidatos electos. CONSIDERANDOS 1. Llevado a cabo el acto de sufragio de las Elecciones Municipales, el 5 de octubre de 2014, los 96 JEE han cumplido con emitir las correspondientes Actas de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Electas, de los distritos electorales provinciales y distritales comprendidos en su respectivo ámbito de competencia territorial, sobre la base del cómputo realizado por las respectivas Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales. 2. Posteriormente, los JEE han cumplido con entregar las correspondientes credenciales a los alcaldes y regidores que resultaron electos, de conformidad con el artículo 33 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (LEM). 3. Asimismo, este Pleno ha cumplido con resolver los recursos impugnatorios presentados oportunamente por los personeros de las organizaciones políticas participantes en el proceso electoral, para lo cual, de haber sido necesario, ha tenido a la vista los informes de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, y los ejemplares de las actas electorales que corresponden al Jurado Nacional de Elecciones. 4. Por otro lado, se constata que los JEE y el Jurado Nacional de Elecciones declararon la nulidad de las Elecciones Municipales en dos (2) provincias y veintinueve (29) distritos, a nivel nacional. En ese contexto, es necesario adoptar las medidas que garanticen la continuidad de la prestación de los servicios municipales y la gobernabilidad en las provincias y distritos en los cuales se declaró la nulidad de las elecciones, hasta que las nuevas autoridades sean electas en las Elecciones Municipales Complementarias que, de conformidad con el artículo 4 de la LEM, deberán convocarse dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la instalación de los concejos municipales y realizarse el primer domingo del mes de julio del año en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales. Por ello, en aplicación del artículo 5, literal j, de la LOJNE, corresponde ampliar la vigencia de las credenciales otorgadas a las autoridades ediles del periodo 2011-2014 de los lugares donde las Elecciones Municipales 2014 fueron declaradas nulas. Dicha vigencia se mantendrá hasta que las autoridades electas en las Elecciones Municipales Complementarias asuman sus funciones, luego del proceso de transferencia normado por la Ley Nº 30204, Ley que regula la transferencia de la gestión administrativa de gobiernos regionales y gobiernos locales. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR concluido el proceso de Elecciones Municipales 2014 convocado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, cuyo acto eleccionario se realizó el 5 de octubre de 2014, teniéndose como alcaldes electos de las municipalidades provinciales y las municipales distritales para el periodo 2015-2018, a los ciudadanos cuyos nombres se detallan en el cuadro siguiente: N° DEPARTA- MENTO PROVINCIA DISTRITO NOMBRES Y APELLIDOS 1 AMAZONAS BAGUA WILLIAM NOLBERTO SEGURA VARGAS 2 AMAZONAS BAGUA ARAMANGO WILIN ROQUE QUISPE 3 AMAZONAS BAGUA COPALLIN NEYLOR GONZALES CACERES 4 AMAZONAS BAGUA EL PARCO MARCO ANTONIO CARHUATANTA JULCA 5 AMAZONAS BAGUA IMAZA OTONIEL DANDUCHO AKINTUI 6 AMAZONAS BAGUA LA PECA ANAXIMANDRO ROJAS GIL 7 AMAZONAS BONGARA JOSE JULIAN OCAMPO