Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 154

543648
de derecho interpuesta ante la Corte Suprema, que al encontrarse pendiente de resolver no se puede hablar de una sentencia condenatoria firme. Cuarto. Que procediendo con el analisis del presente caso y a fin de emitir resolucion final sobre el fondo, se tiene que a folios ciento ochenta y dos a ciento ochenta y cinco obra la resolucion expedida con motivo de la queja de derecho interpuesta por la investigada con motivo del MORDAZA en el que fuera sentenciada a pena privativa de MORDAZA suspendida en su ejecucion, resolucion mediante la cual la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaro "inadmisible el recurso de queja de derecho interpuesto por la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yuca contra el auto de fojas cincuenta y ocho, del veinticuatro de noviembre de dos mil once, que declaro inadmisible el recurso de casacion que promovio contra la sentencia de vista de fojas treinta y cinco, del veintiocho de octubre de dos mil once, que confirmando la de primera instancia de fojas dos del diecisiete de agosto de dos mil once, la condeno como autora del delito contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios en la modalidad de Libramiento Indebido de Cheque, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tinajeros". En tal sentido, el principal argumento de defensa sostenido por la investigada ha quedado desvirtuado, toda vez que nos encontramos ante una sentencia condenatoria firme por delito doloso expedida contra la investigada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yuca. Quinto. Que la expedicion de una sentencia condenatoria firme en contra de una servidora judicial contraviene el literal b) del articulo cuarenta y uno del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, el cual senala que "Son deberes de los trabajadores: (...) b) Cumplir con honestidad, dedicacion, eficiencia y productividad, las funciones inherentes al cargo que desempena, no olvidando en ningun momento que es un servidor de un Poder del Estado Peruano"; ademas, de configurarse una causal de destitucion del servidor judicial de conformidad con el articulo diecisiete del Reglamento del Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial que senala "La destitucion pone fin al vinculo laboral del auxiliar jurisdiccional con el Poder Judicial y la dicta el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a propuesta de la Oficina de Control de la Magistratura. Procede aplicar la destitucion al auxiliar jurisdiccional (...) por sentencia condenatoria o reserva del fallo condenatoria por la comision de un delito doloso (...)". Sexto. Que, en base a lo MORDAZA expuesto, se colige que la servidora judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yuca ha incurrido en responsabilidad frente al incumplimiento con su deber citado en el literal b) del articulo cuarenta y uno del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial; y, al haberse expedido en su contra sentencia condenatoria por la comision de delito doloso ha incurrido en una causal de destitucion, de conformidad con lo establecido por el articulo diecisiete del Reglamento de Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, hecho que compromete la respetabilidad e imagen del Poder Judicial y su credibilidad ante la opinion publica. Por ende, en merito a lo senalado precedentemente y dada la gravedad del cargo imputado y acreditado, corresponde imponer la sancion disciplinaria de destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yuca en su actuacion como Auxiliar Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Puno. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 4682014 de la vigesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores Almenara MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo ochenta y dos del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Giammpol MORDAZA Pilco. Preside el Colegiado el senor Almenara MORDAZA por licencia concedida al senor MORDAZA Ramirez. Por unanimidad, SE RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de destitucion a la servidora judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yuca, por su actuacion como Auxiliar Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Puno. Inscribiendose la medida disciplinaria

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA ALMENARA MORDAZA Presidente (e) 1183382-8

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen el rol de turno de las MORDAZA Penales para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para el Ano Judicial 2015
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 55-2014-CED-CSJLI/PJ MORDAZA, veintitres de diciembre de 2014 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 02-2014-CED-CSJLI/ PJ, de fecha nueve de enero de dos mil catorce; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 6) del articulo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital, entre otras: fijar los turnos de las MORDAZA y Juzgados. Que, en tal sentido resulta pertinente emitir las disposiciones correspondientes respecto al turno que regira en las MORDAZA Penales para Procesos con Reos en Carcel para el ano Judicial 2015, para efectos de establecer, por prevencion, la competencia de dichos organos jurisdiccionales con relacion a las causas tramitadas en los Juzgados Penales de dicha especialidad, segun sea el caso, en aplicacion del articulo 88º del Codigo de Procedimientos Penales; debiendo tener en cuenta para su elaboracion, que a la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel le corresponde asumir el turno en diciembre del presente ano, culminando por ello el rol establecido para este ano judicial, de conformidad con la resolucion administrativa de vista. Por los fundamentos indicados, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en uso de sus atribuciones y en sesion de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer el ROL DE TURNO de las MORDAZA Penales para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para el Ano Judicial 2015, conforme se detalla a continuacion: 2º Sala Penal Mes de enero 3º Sala Penal Mes de febrero 4º Sala Penal Mes de marzo 1º Sala Penal Mes de MORDAZA 2º Sala Penal Mes de MORDAZA 3º Sala Penal Mes de junio 4º Sala Penal Mes de MORDAZA para Procesos con Reos en Carcel para Procesos con Reos en Carcel para Procesos con Reos en Carcel para Procesos con Reos en Carcel para Procesos con Reos en Carcel para Procesos con Reos en Carcel para Procesos con Reos en Carcel -

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.