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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2014 (10/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Viernes 10 de enero de 2014 514034 Aprueban la modificación de la Ordenanza Nº 017-2013-MPC que aprueban Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de San Vicente de Cañete 2012 - 2021 ORDENANZA Nº 040-2013-MPC Cañete, 27 de diciembre de 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Extraordinaria de Concejo, de la fecha y, de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, las Municipalidades son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con el Artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, establece que el Texto Único de Procedimiento Administrativo es aprobado mediante Ordenanza Municipal, normativa concordante con lo establecido en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, que señala “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; y que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios,tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la norma acotada, prescribe como una de las atribuciones del Concejo Municipal “Aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2013- MPC, de fecha 30 de abril del 2013, se aprobó el Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de San Vicente de Cañete 2012-2021, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el día 25 de mayo del 2013; dicho plan es un instrumento técnico- normativo y de gestión para promover, orientar y regular el uso racional del suelo para el desarrollo de actividades dentro de los centros urbanos; Que, mediante Informe Nº 207-2013-MSCZ- GODUR-MPC, de fecha 19 de diciembre del 2013, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, señala que se han suscitado disconformidad por parte de los administrados, referente a diversos trámites destinados a la obtención de los documentos previos para fi nes de Habilitación Urbana, así como los procedimientos que se encuentran en trámite específi camente las de Habilitación Urbana, gestionados antes y después de la promulgación de la Ordenanza Nº 017-2013-MPC. Esta incongruencia surge como consecuencia que han sido otorgados certifi cados y/o constancias de documentos previos como: Certifi cado de Parámetros Urbanísticos, Certifi cado de Zonifi cación y Vías, Certifi cado de Compatibilidad de Uso y otros, que se encuentran vigentes a la fecha, y que fueron regulados según Plano de Zonifi cación aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 140-91, antes de la vigencia del Plan de Desarrollo Urbano (PDU) aprobado mediante Ordenanza Nº 017- 2013-MPC, para la obtención de la Habilitación Urbana y la ejecución de proyectos a futuro que podrían tener los administrados; Se debe tenerse en consideración que el Art. 4º de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, establece lo siguiente: “Se entiende por documento previo aquel que regula el diseño o las condiciones técnicas que afectaran el proceso de habilitación urbana o de edifi cación de un predio y que por tanto, es necesario tramitar ante una entidad, con anterioridad al trámite de licencia de Habilitación Urbana y de Edifi cación. El contenido de los documentos previos, señalados en el presente artículo, implica cumplimiento obligatorio por parte de las entidades otorgantes y de los solicitantes, por cuanto genera deberes y derechos”; Por ello, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, presenta la propuesta de la Modifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 017-2013-MPC, en cuanto a la incorporación de un artículo adicional (7º) el cuyo tenor es el siguiente: “Artículo 7º.- Los expedientes que se encuentren en trámite destinados a la obtención de los documentos previos para la Habilitación Urbana, así como los procedimientos que se encuentren en trámite de Habilitación Urbana, se regularán por el Acuerdo de Concejo Nº 140-91 hasta su culminación”, con la fi nalidad de no perjudicar a los administrados, en sus procedimientos integrales iniciados; Que, mediante Informe Legal Nº 480-2013-GAJ- MPC, de fecha 24 de diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente la aprobación del proyecto de Ordenanza que incorpora un artículo a la Ordenanza Nº 017-2013-MPC que aprueba el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de San Vicente de Cañete 2012 – 2021, en la siguiente forma: Incorporar a la Ordenanza Nº 017-2013-MPC, el artículo cuyo tenor es el siguiente: Artículo 7º.- Precisar que los administrados que hayan obtenido documentos previos para la habilitación urbana, regulados mediante Ley Nº 29029 y complementarias, así como los procedimientos que se encuentre en trámite, se regularán por el Acuerdo de Concejo Nº 140-91, que aprueba el Esquema del Ordenamiento Urbano del distrito de San Vicente hasta su culminación”; Que, se cuenta con el Dictamen Nº 024-2013-CODUR- MPC, de fecha 26 de diciembre de 2013, por el cual la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, opina favorablemente por la aprobación de la Ordenanza Municipal que incorpora un artículo a la Ordenanza Nº 017-2013-MPC, que aprueba el Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Vicente; y Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8) artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Cañete; en votación por unanimidad de los miembros del Pleno del Concejo, promulga la siguiente: Ordenanza Artículo 1º.- APROBAR LA INCORPORARACIÓN DE UN ARTÍCULO A LA ORDENANZA Nº 017-2013- MPC que aprueba el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de San Vicente, 2012 – 2021, cuyo tenor es el siguiente: “Artículo 7º.-Precisar que los administrados que hayan obtenido documentos previos para la Habilitación Urbana, regulados mediante Ley Nº 29029 y complementarias, así como los procedimientos que se encuentren en trámite, se regularán por el Acuerdo de Concejo Nº 140-91, que aprueba el Esquema del Ordenamiento Urbano del distrito de San Vicente hasta su culminación” Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, para que a través de la Unidad de Racionalización y Estadística e Informática,la presente Ordenanza sea publicada en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Cañete (www.municanete.gob.pe) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquesey cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 1035239-1