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El Peruano Viernes 10 de enero de 2014 514020 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La carta Nº 010-R-UPLA, 03 de mayo de 2012, ofi cio Nº 663-2012-SG/UPLA, de fecha 30 de julio de 2012; informe Nº 222-2013-DGDAC, de fecha 19 de noviembre de 2013; memorando Nº 1300-2013-SE, de fecha 29 de noviembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones específi cas e indelegables que están establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, y que a la letra precisa “la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una universidad y de las facultades en que se hacen los estudios respectivos requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; asimismo, es atribución de esta última concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios”; Que, por Ley Nº 23757 se crea la Universidad Privada Los Andes, con sede en la ciudad de Huancayo, con las siguientes carreras universitarias Contabilidad, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Agrícola, Derecho, y Educación; es así que en 1983, al promulgarse la Ley Universitaria Nº 23733 se institucionaliza mediante Resolución Nº 001-93-ANR; Que, a través de la Ley Nº 26608 se modifi ca la denominación de la Universidad Privada Los Andes por la de “Universidad Peruana Los Andes”, con sede en la ciudad de Huancayo; Que, mediante carta y ofi cio de vistos, el Rector y el Secretario General de la Universidad Peruana Los Andes solicitan al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en vía de regularización, el reconocimiento y ofi cialización de la Escuela Académico Profesional de Nutrición Humana adscrita a la Facultad de Ciencias de la Salud, adjuntando para tal efecto la Resolución Nº 003- 2008-AU, de fecha 06 de marzo de 2008, de aprobación y el plan curricular correspondiente; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la mencionada universidad, en relación a la creación y funcionamiento del programa académico citado precedentemente, cumple con las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, en vía de regularización, emita la resolución correspondiente; Que, con el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone emitir una resolución en la cual se declare, en vía de regularización, que la Universidad Privada Los Andes, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación y funcionamiento del programa académico de pregrado mencionado en el cuarto considerando de la presente resolución; Estando a la autorización de la Alta Dirección; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar, en vía de regularización, que la Universidad Peruana Los Andes, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de la Escuela Académico Profesional de Nutrición Humana, adscrita a la Facultad de Ciencias de la Salud. Artículo 2°.- Regístrese ofi cialmente en la Asamblea Nacional de Rectores lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1035336-1 CONTRALORIA GENERAL Aprueban planes anuales de control 2014 de 159 Órganos de Control Institucional de diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 005-2014-CG Lima, 9 de enero de 2014 Visto, la Hoja Informativa Nº 0001-2014-CG/PEC de la Gerencia Central de Planeamiento y Control de Gestión, que propone la aprobación de los proyectos de planes anuales de control 2014 de ciento cincuenta y nueve (159) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar el Plan Nacional de Control y los planes anuales de control de las entidades; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 418- 2013-CG del 29 de noviembre de 2013, se aprobaron los “Lineamientos de política para la Formulación del Plan Nacional de Control – año 2014” y la Directiva Nº 018- 2013-CG/PEC – “Directiva de Programación, Ejecución y Evaluación del Plan Anual de Control 2014 de los Órganos de Control Institucional”, la cual regula el proceso de programación, ejecución y evaluación de las labores a cargo de los Órganos de Control Institucional – OCI de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control; Que, la mencionada directiva establece en el numeral 5.3, que los OCI registrarán su Plan Anual de Control (PAC) inicial en el Sistema de Control Gubernamental Web (SAGU Web), los cuales serán evaluados y validados por las unidades orgánicas de línea en señal de conformidad. Asimismo, precisa que la Gerencia Central de Operaciones informa a la Gerencia Central de Planeamiento y Control de Gestión, la relación de los PAC de los OCI que cuentan con su conformidad. La Gerencia Central de Planeamiento y Control de Gestión consolida los PAC de los OCI y elabora los documentos correspondientes para su aprobación mediante Resolución de Contraloría; Que, conforme al documento del visto, la Gerencia Central de Planeamiento y Control de Gestión ha sido informada por la Gerencia Central de Operaciones respecto de los proyectos de planes anuales de control 2014 que cuentan con su conformidad; procediendo esta última a verifi car la información registrada en el SAGU Web, por tanto, dichos planes se encuentran expeditos para continuar con el trámite de aprobación correspondiente; Que, en consecuencia, resulta pertinente la aprobación de los proyectos de planes anuales de control 2014 de ciento cincuenta y nueve (159) Órganos de Control Institucional; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 440- 2013-CG de 29.Dic.2013, se aprobó el PAC 2014