Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2014 (24/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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menor a doscientos cuarenta (240) dias naturales a la fecha del acto electoral; Que, en atencion a las normas precitadas concordantes con el articulo 3° de la Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Municipales, modificado por el articulo 1° de la Ley N° 27734, el Presidente de la Republica convoca a elecciones municipales con una anticipacion no menor a doscientos cuarenta (240) dias naturales a la fecha de su realizacion; De conformidad con la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 27683 - Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470 - Ley que modifica diversos articulos de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales; la Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Municipales, modificada por la Ley N° 27734 - Ley que modifica diversos articulos de la Ley N° 26864 de Elecciones Municipales; y, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Convocatoria de Elecciones Regionales Convoquese a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la Republica y de la Provincia Constitucional del Callao, para el MORDAZA 05 de octubre del presente ano.

El Peruano Viernes 24 de enero de 2014

Articulo 2º.- Convocatoria de Elecciones Municipales Convoquese a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la Republica, para el MORDAZA 05 de octubre del presente ano. Articulo 3º.- Normas de aplicacion Las elecciones se regiran por lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Municipales y en la Ley Nº 27683 - Ley de Elecciones Regionales, asi como en sus correspondientes modificatorias. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 1041837-1 Que, en el listado del Anexo II MORDAZA referido, se considero como MORDAZA derogada al Decreto Supremo N° 054-2001PCM, Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia ­ OSINERGMIN, la misma que forma parte del ordenamiento juridico vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 201.1 y 201.2 del articulo 201 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; asi como, la rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1.- Rectificacion del Anexo II del Decreto Supremo N° 118-2013-PCM Rectificar el Anexo II del Decreto Supremo N° 1182013-PCM, que dispone la difusion de las normas de alcance general sin vigencia del Poder Ejecutivo - periodo enero 2001 a enero 2013 - e inicia la MORDAZA etapa del MORDAZA de depuracion de normas sin vigencia del Poder Ejecutivo, publicada con fecha 09 de diciembre de 2013, de la siguiente manera:

Rectifican Anexo II del D.S. N° 1182013-PCM que dispone la difusion de las normas de alcance general sin vigencia del Poder Ejecutivo - periodo enero 2001 a enero 2013 - e inicia la MORDAZA etapa del MORDAZA de depuracion de normas sin vigencia del Poder Ejecutivo
DECRETO SUPREMO N° 010-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 118-2013-PCM, publicada el 01 de noviembre de 2013, se dispone la difusion de las normas de alcance general sin vigencia del Poder Ejecutivo ­ periodo enero 2001 a enero 2013 ­ e inicia la MORDAZA etapa del MORDAZA de depuracion de normas sin vigencia del Poder Ejecutivo; Que, el articulo 3 del Decreto Supremo MORDAZA citado, dispuso la difusion de las normas derogadas de manera MORDAZA o que cumplieron la finalidad o el plazo para el que fueron aprobadas, las mismas que no forman parte del ordenamiento juridico vigente, siendo estas publicadas con fecha 09 de diciembre de 2013, en Anexo II; DICE: (...)
Aprueban el Texto Unico Decreto Supremo de Procedimientos Admin- 02/05/2001 N° 049-2001-PCM istrativos del OSITRAN

Aprueban Texto Unico D.S. 026de Procedimientos 2002-PCM, Administrativos del art. 1 OSITRAN

25/04/2002

TOTAL

Establecen disposiciones aplicables a las adquisiD.S. 063ciones o contrataciones 2001-PCM, Decreto Supremo Modifican articulos del de bienes, servicios u 05/05/2001 art. 1; D.S. N° 052-2001-PCM D.S. 052-2001-PCM obras que se efectuen con 205-2012-EF, caracter de secreto militar art. 1 o de orden interno Ley que transfiere competencias Ley 28964, de supervision y art. 18 fiscalizacion de las actividades mineras al Osinerg

28/05/2001; 21/10/2012

Parcial

Modifica el inciso n) del art. 2 del D.S. N° 0522001-PCM; y Modifica los art. 1, 2, 3, 4 y 5 del D.S. 052-2001-PCM A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, toda mencion que se haga al OSINERG en el texto de leyes o normas de rango inferior debe entenderse que esta referida al OSINERGMIN

Aprueban el Reglamento Decreto Supremo General del Organismo 09/05/2001 N° 054-2001-PCM Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG

24/01/2007

TOTAL

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