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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2014 (24/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Viernes 24 de enero de 2014 514913 de Salud; incorporar en el CAP del Ministerio de Salud el cargo de Viceministro de Salud, en aplicación a la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, atender los reclamos formulados por diversos servidores; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, a fi n de contar con un documento de gestión que permita mejorar y hacer más efi ciente las actividades que realiza el Ministerio de Salud, encuadrándose en los criterios de gestión que agilicen la toma de decisiones destinadas a mejorar los servicios que brinda en su calidad de ente rector del Sector Salud; Contando con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud contenida en el Informe Nº 032-2014-OGPP-OO/ MINSA; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias, en el Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y en el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”. La Resolución Ministerial y el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal aprobado por el artículo 1º de la presente norma, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob,pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1041832-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan representantes titular y alterna del Ministerio ante la Comisión Nacional contra la Discriminación - CONACOD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2014-MTC/02 Lima, 21 de enero de 2014 Visto, el Memorándum N° 041-2014-MTC/04 y el Memorándum N° 071-2014-MTC/09.01. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2013-JUS, se crea la Comisión Nacional contra la Discriminación (CONACOD), órgano multisectorial de naturaleza permanente, encargado de realizar labores de seguimiento, fi scalización, así como emitir opiniones y brindar asesoramiento técnico al Poder Ejecutivo en el desarrollo de las políticas públicas, programas, proyectos, planes de acción y estrategias en materia de igualdad y no discriminación, la misma que se encuentra adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la citada norma, cada sector deberá acreditar a su representantes, titular y alterno, designados por Resolución Ministerial; Que, en atención a lo señalado y de conformidad con los documentos del visto, corresponde designar a los representantes de este Ministerio ante la Comisión antes referida; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s 29158 y 29370, los Decretos Supremos Nos. 015-2013- JUS y 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a Luis Eduardo Salazar Flores, profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y María del Rosario Mamani Cárdenas, profesional de la Dirección General de Transporte Terrestre, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Nacional contra la Discriminación (CONACOD). Artículo 2°.- Los profesionales designados en el artículo precedente deberán llevar a cabo el encargo encomendado de conformidad con lo dispuesto en la Directiva 001-2007-MTC/09, Directiva para la supervisión y seguimiento de la participación de los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en órganos colegiados, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 001-2007-MTC/09. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1041186-1 Autorizan a Escuela de Conductores Profesionales Santa Isabel Sociedad Anónima Cerrada impartir cursos de capacitación en su calidad de Escuela de Conductores Integrales RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 5373-2013-MTC/15 Lima, 13 de diciembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 154328 y 181623, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SANTA ISABEL SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, así como el artículo 51º que señala los requisitos documentales; Que, mediante Resolución Directoral N° 2356-2013- MTC/15 de fecha 05 de junio de 2013, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SANTA ISABEL SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, con RUC N° 20539474252 y con domicilio ubicado en la Urb. Industrial Cayro Mz. E, Lt. 6, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la Clase A Categorías II, III y Clase B Categoría II-c, así como los Cursos de Capacitación Anual para Transporte