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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2014 (24/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Viernes 24 de enero de 2014 514912 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 309-2013- PRODUCE, se aprobó la Directiva General N° 011- 2013-PRODUCE, denominada “Directiva que regula los Convenios de Abastecimiento celebrados entre titulares de permisos de pesca artesanal o de menor escala, y los titulares de las licencias de operación de los Establecimientos de Procesamiento Pesquero para Consumo Humano Directo del Recurso Anchoveta y Anchoveta Blanca”, en cuyo artículo 4, se dispone que el Instituto Tecnológico de la Producción presente al Ministerio de la Producción, una propuesta de Factores de Conversión de las medidas autorizadas de capacidad instalada de las Plantas de Procesamiento de Productos Pesqueros para Consumo Humano Directo a toneladas por día (t/d); Que, la Dirección de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, mediante Resolución Directoral N° 351-2013-PRODUCE/DGCHD dispuso publicar el proyecto de Resolución Directoral que aprueba los Factores de Conversión de Capacidades de Producción y la Forma de Cálculo para la determinación de la Capacidad máxima para la suscripción de Convenios de Abastecimiento del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, así como su Exposición de Motivos, a efectos de recibir los comentarios de la ciudadanía hasta el 4 de enero de 2014; Que, asimismo, la citada Resolución Directoral en su artículo 2 prorrogó (i) el plazo previsto en el numeral 5.1 de la Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE referido a la vigencia de los Convenios de abastecimiento suscritos bajo el marco de la Resolución Directoral N° 039-2012-PRODUCE/DGCHD hasta el 24 de enero de 2014, y (ii) el plazo para cumplir la obligación contenida en el numeral 5.2 de la acotada Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE referido a la presentación de los Convenios de abastecimiento por los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y a la Dirección Regional de la Producción competente, hasta el 31 de enero de 2014; Que, en virtud de la publicación para comentarios del citado proyecto de norma, se han recibido numerosos comentarios de la población, que requieren un mayor tiempo para su evaluación, lo cual impide la aprobación de los Factores de Conversión de Capacidades de Producción y la Forma de Cálculo para la determinación de la Capacidad máxima para la suscripción de Convenios de Abastecimiento del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo; indispensables para que los titulares de permisos de pesca artesanales o de menor escala y los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento pesquero para consumo humano directo, suscriban los Convenios de Abastecimiento, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución Directoral N° 227-2013- PRODUCE/DGCHD; Que, en tal sentido, resulta necesario prorrogar la vigencia de los convenios de abastecimiento suscritos bajo el marco de la Resolución Directoral N° 039-2012- PRODUCE/DGCHD hasta el 14 de febrero de 2014, y prorrogar el plazo para cumplir la obligación referida a la presentación de los Convenios de Abastecimiento por los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y a la Dirección Regional de la Producción competente, hasta el 3 de marzo de 2014; Con el visado del Director de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; y, De conformidad con la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 343- 2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia de los Convenios de abastecimiento suscritos bajo el marco de la Resolución Directoral N° 039-2012-PRODUCE/DGCHD hasta el 14 de febrero de 2014. Artículo 2º.- Prorrogar el plazo para cumplir la obligación contenida en el numeral 5.2 de la Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE, referida a la presentación de los Convenios de abastecimiento por parte de los titulares de Licencias de operación de plantas de procesamiento, a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y a la Dirección Regional de la Producción competente, hasta el 3 de marzo de 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Director General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo 1041786-1 SALUD Aprueban reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2014/MINSA Lima, 23 de enero del 2014 VISTO, el Expediente Nº 14-005709-001, que contiene el Informe Nº 032-2014-OGPP-OO/MINSA emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modifi catorias se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Suprema Nº 041-2013-SA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual se encuentran consignados el total de cargos defi nidos en atención a la estructura orgánica del Ministerio establecida en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la Administración Pública; Que, el artículo 6º de los citados Lineamientos establece que el órgano responsable de la conducción del proceso de elaboración y formulación del CAP de las Entidades es el órgano encargado de racionalización o de quien haga sus veces; Que, el artículo 13º de los precitados Lineamientos establece que, el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal, podrá aprobarse mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano responsable de la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005- SA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoría de la Alta Dirección responsable de los sistemas de planeamiento, presupuesto, racionalización e inversión en el Sector Salud, siendo la Ofi cina de Organización, la responsable de formular y mantener actualizados los documentos de gestión del Ministerio de Salud, conforme a lo dispuesto en el literal c) del artículo 19º del mencionado ROF; Que, mediante Informe Nº 032-2014-OGPP-OO/ MINSA, la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado la necesidad de reordenar los cargos contenidos en el CAP con la fi nalidad modifi car la situación de los cargos que fueron ocupados en el proceso de nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes Nº 28498, N° 28560 y N° 29682, sus normas modifi catorias y complementarias; prever cargos para la culminación del nombramiento de los médicos cirujanos, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30126, Ley que autoriza a culminar el nombramiento de los médicos cirujanos dispuesto en la Ley N° 29682, el cual será fi nanciado con cargo al presupuesto del Ministerio