Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2014 (24/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 309-2013PRODUCE, se aprobo la Directiva General N° 0112013-PRODUCE, denominada "Directiva que regula los Convenios de Abastecimiento celebrados entre titulares de permisos de pesca artesanal o de menor escala, y los titulares de las licencias de operacion de los Establecimientos de Procesamiento Pesquero para Consumo Humano Directo del Recurso Anchoveta y Anchoveta Blanca", en cuyo articulo 4, se dispone que el Instituto Tecnologico de la Produccion presente al Ministerio de la Produccion, una propuesta de Factores de Conversion de las medidas autorizadas de capacidad instalada de las Plantas de Procesamiento de Productos Pesqueros para Consumo Humano Directo a toneladas por dia (t/d); Que, la Direccion de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, mediante Resolucion Directoral N° 351-2013-PRODUCE/DGCHD dispuso publicar el proyecto de Resolucion Directoral que aprueba los Factores de Conversion de Capacidades de Produccion y la Forma de Calculo para la determinacion de la Capacidad MORDAZA para la suscripcion de Convenios de Abastecimiento del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, asi como su Exposicion de Motivos, a efectos de recibir los comentarios de la ciudadania hasta el 4 de enero de 2014; Que, asimismo, la citada Resolucion Directoral en su articulo 2 prorrogo (i) el plazo previsto en el numeral 5.1 de la Resolucion Ministerial N° 309-2013-PRODUCE referido a la vigencia de los Convenios de abastecimiento suscritos bajo el MORDAZA de la Resolucion Directoral N° 039-2012-PRODUCE/DGCHD hasta el 24 de enero de 2014, y (ii) el plazo para cumplir la obligacion contenida en el numeral 5.2 de la acotada Resolucion Ministerial N° 309-2013-PRODUCE referido a la MORDAZA de los Convenios de abastecimiento por los titulares de licencias de operacion de plantas de procesamiento a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion y a la Direccion Regional de la Produccion competente, hasta el 31 de enero de 2014; Que, en virtud de la publicacion para comentarios del citado proyecto de MORDAZA, se han recibido numerosos comentarios de la poblacion, que requieren un mayor tiempo para su evaluacion, lo cual impide la aprobacion de los Factores de Conversion de Capacidades de Produccion y la Forma de Calculo para la determinacion de la Capacidad MORDAZA para la suscripcion de Convenios de Abastecimiento del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo; indispensables para que los titulares de permisos de pesca artesanales o de menor escala y los titulares de licencias de operacion de plantas de procesamiento pesquero para consumo humano directo, suscriban los Convenios de Abastecimiento, cuyo modelo fue aprobado por la Resolucion Directoral N° 227-2013PRODUCE/DGCHD; Que, en tal sentido, resulta necesario prorrogar la vigencia de los convenios de abastecimiento suscritos bajo el MORDAZA de la Resolucion Directoral N° 039-2012PRODUCE/DGCHD hasta el 14 de febrero de 2014, y prorrogar el plazo para cumplir la obligacion referida a la MORDAZA de los Convenios de Abastecimiento por los titulares de licencias de operacion de plantas de procesamiento a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion y a la Direccion Regional de la Produccion competente, hasta el 3 de marzo de 2014; Con el visado del Director de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo; y, De conformidad con la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el articulo 3 de la Resolucion Ministerial N° 309-2013-PRODUCE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado mediante la Resolucion Ministerial N° 3432012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar la vigencia de los Convenios de abastecimiento suscritos bajo el MORDAZA de la Resolucion Directoral N° 039-2012-PRODUCE/DGCHD hasta el 14 de febrero de 2014. Articulo 2º.- Prorrogar el plazo para cumplir la obligacion contenida en el numeral 5.2 de la Resolucion

El Peruano Viernes 24 de enero de 2014

Ministerial N° 309-2013-PRODUCE, referida a la MORDAZA de los Convenios de abastecimiento por parte de los titulares de Licencias de operacion de plantas de procesamiento, a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion y a la Direccion Regional de la Produccion competente, hasta el 3 de marzo de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo 1041786-1

SALUD
Aprueban reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 062-2014/MINSA MORDAZA, 23 de enero del 2014 VISTO, el Expediente Nº 14-005709-001, que contiene el Informe Nº 032-2014-OGPP-OO/MINSA emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modificatorias se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; Que, con Resolucion Suprema Nº 041-2013-SA se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud, en el cual se encuentran consignados el total de cargos definidos en atencion a la estructura organica del Ministerio establecida en el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las entidades de la Administracion Publica; Que, el articulo 6º de los citados Lineamientos establece que el organo responsable de la conduccion del MORDAZA de elaboracion y formulacion del CAP de las Entidades es el organo encargado de racionalizacion o de quien haga sus veces; Que, el articulo 13º de los precitados Lineamientos establece que, el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignacion de Personal, podra aprobarse mediante Resolucion o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del organo responsable de la elaboracion del Cuadro para Asignacion de Personal; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 17º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005SA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el organo de asesoria de la Alta Direccion responsable de los sistemas de planeamiento, presupuesto, racionalizacion e inversion en el Sector Salud, siendo la Oficina de Organizacion, la responsable de formular y mantener actualizados los documentos de gestion del Ministerio de Salud, conforme a lo dispuesto en el literal c) del articulo 19º del mencionado ROF; Que, mediante Informe Nº 032-2014-OGPP-OO/ MINSA, la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado la necesidad de reordenar los cargos contenidos en el CAP con la finalidad modificar la situacion de los cargos que fueron ocupados en el MORDAZA de nombramiento gradual a que se refieren las Leyes Nº 28498, N° 28560 y N° 29682, sus normas modificatorias y complementarias; prever cargos para la culminacion del nombramiento de los medicos cirujanos, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30126, Ley que autoriza a culminar el nombramiento de los medicos cirujanos dispuesto en la Ley N° 29682, el cual sera financiado con cargo al presupuesto del Ministerio

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