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El Peruano Viernes 24 de enero de 2014 514969 párrafo del numeral 3.2 y el título de la ACTIVIDAD 2, del Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, en los términos que se señalan a continuación: ACTIVIDAD 1: ADECUACIONES Y PRUEBAS INTERNAS “1.e El plazo máximo para que los concesionarios concluyan con las adecuaciones y pruebas internas es hasta el 15 de abril de 2014. La Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas–Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fi ja y de los servicios móviles, realizará sus pruebas internas como máximo hasta el 30 de junio de 2014.” “ACTIVIDAD 2: PRUEBAS EXTERNAS” “2.d Las pruebas externas para los concesionarios se iniciarán a partir del 16 de abril de 2014 y culminarán el 15 de julio de 2014. La Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas–Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fi ja y de los servicios móviles, iniciará las pruebas externas a más tardar el 01 de julio de 2014 y las realizará hasta el 15 julio de 2014.” ACTIVIDAD 3: PUESTA EN SERVICIO Y PLAN DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO “3.1.a La puesta en servicio de la Portabilidad Numérica en el servicio público de telefonía fi ja, se realizará durante el periodo comprendido entre el 16 de julio al 28 de julio de 2014. (…)” “3.1.b Las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de cada uno de los departamentos, así como el orden que observarán las zonas, serán establecidos durante el mes de junio de 2014, mediante Resolución Viceministerial.” “3.2 Plan de Información al Público (…) El referido Plan se iniciará el 1 de agosto de 2014 y culminará como mínimo el 31 de octubre de 2014, para lo cual se consideran las siguientes actividades: (…)” Artículo 2.- Sustituir el Cronograma de Implementación de la Portabilidad Numérica del Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644- 2013-MTC/03, por el siguiente cronograma: CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA PORTABILIDAD NUMÉRICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA Artículo 3.- Derogar los numerales 2.f y 2.g del Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644- 2013-MTC/03. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL QUE MODIFICA EL PLAN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE LA PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA, APROBADO POR RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 644-2013-MTC/03 1. ANTECEDENTES El Congreso de la República aprobó la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fi ja, que entre sus disposiciones determina que el referido derecho debe entrar en vigencia de manera gradual a nivel nacional a más tardar el 28 de julio de 2014. Esta ley establece además que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, determinarán las condiciones técnicas, económicas y administrativas para la implementación de la citada medida. En este marco, mediante el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, se aprobaron las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, entre las cuales se establece que el OSIPTEL conformará un Comité de Portabilidad Numérica, que tendrá como fi nalidad elegir a la Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas– Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fi ja y de los servicios móviles (en adelante, el Administrador). Asimismo, por Resolución Viceministerial N° 644-2013- MTC/03 se aprobó el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija, disponiéndose, entre otros, los plazos para que el Administrador efectúe adecuaciones, pruebas internas y pruebas externas, y de forma conjunta con los concesionarios de los servicios de telecomunicaciones, ponga en servicio la portabilidad numérica para el servicio público de telefonía fi ja. Adicionalmente, dicha norma establece el plazo para realizar el Plan de Información al Público. Por su parte, por Resolución de Consejo Directivo N° 166-2013-CD/OSIPTEL, se aprobó el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija, el cual dispone que el Comité de Portabilidad estará conformado por un representante del OSIPTEL, quien lo preside, un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, un representante de cada grupo de concesionarios del servicio de telefonía fi ja y móvil que tengan una participación mayor al 1% del total de líneas en servicio de telefonía fi ja y móvil, y un representante de los concesionarios del servicio de telefonía y móvil con participación menor o igual al 1% del total de líneas de telefonía fi ja y móvil en servicio. Entre sus funciones, el Comité de Portabilidad deberá elaborar un PROYECTO