Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2014 (24/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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PROYECTO

El Peruano Viernes 24 de enero de 2014

cronograma de trabajo detallado en donde se establezca claramente el plazo para el MORDAZA de seleccion. En atencion a esta funcion, el Comite de Portabilidad aprobo las bases para el MORDAZA de seleccion del Administrador, en cuyo cronograma, el Administrador sera elegido mediante concurso el 13 de marzo de 2014 y debera celebrar los contratos para la implementacion de sus servicios con los respectivos concesionarios de los servicios de telefonia fija y movil, hasta el 27 de marzo de 2014. Luego de ello, el Administrador iniciara la implementacion de las Bases de Datos respectivas. Tomando en consideracion el cronograma senalado en el parrafo precedente, OSIPTEL ha advertido1 que los plazos establecidos en el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio de Telefonia Fija, podrian restringir la particion de postores en el citado MORDAZA de seleccion, ante el riesgo de incurrir en incumplimientos al referido Plan General; por lo cual solicita la reformulacion urgente de los plazos contemplados en el mismo, en lo relativo a las actividades que corresponden al Administrador. 2.PROPUESTA NORMATIVA Con el fin de de contar con plazos viables que aseguren la presencia de postores en el MORDAZA de seleccion del Administrador, quienes requieren reglas claras sobre las obligaciones que les corresponden y el periodo con que cuentan para poder cumplirlas a efectos de definir su participacion y elaborar sus propuestas, se modifica el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio de Telefonia Fija, aprobado por Resolucion Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, segun el siguiente detalle: a. Ampliar el plazo para la realizacion de pruebas internas por parte del Administrador hasta el 30 de junio de 2014. Cabe senalar, que no se considera necesario modificar los plazos para la realizacion de pruebas internas por parte de los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones, debido a que para tales efectos no requieren la participacion del Administrador. b. Como consecuencia de la modificacion referida en el literal a. precedente, los plazos con que cuenta el Administrador para las pruebas externas y puesta en servicio tambien deben ser adecuadas.

Asi, las pruebas externas se llevaran a cabo desde el 01 de MORDAZA hasta el 15 de MORDAZA de 2014, y la puesta en servicio de la Portabilidad Numerica en el servicio publico de telefonia fija, se realizara de forma gradual, durante el periodo comprendido entre el 16 de MORDAZA al 28 de MORDAZA de 2014. c. Se elimina la prueba piloto, dado que la misma puede ser gestionada como una etapa de afianzamiento en la puesta en servicio de la Portabilidad Numerica en el servicio publico de telefonia fija. d. Asimismo, se reprograma el Plan de Informacion al Publico a partir del 01 de agosto de 2014. e. Finalmente, se sustituye el Cronograma de Implementacion de la Portabilidad Numerica del Servicio Publico de Telefonia Fija, aprobado mediante Resolucion Viceministerial N° 644-2013-MTC/03. 3.ANALISIS COSTO ­ BENEFICIO La presente MORDAZA no irroga gastos al Estado, dado que no establece mayores obligaciones que las previstas en el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio de Telefonia Fija, aprobado por Resolucion Viceministerial N° 644-2013-MTC/03. En cuanto a los beneficios, la presente MORDAZA viabilizara la presencia de postores en el MORDAZA de seleccion de el Administrador, lo que permitira hacer operativo el derecho a la portabilidad numerica fija, en el plazo dispuesto por la Ley N° 29956; lo cual redundara a favor de los usuarios. 4. IMPACTO EN LA LEGISLACION NACIONAL La modificacion de Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio de Telefonia Fija, aprobado por Resolucion Viceministerial N° 6442013-MTC/03, se enmarca en el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, que faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para aprobar el Plan General de Implementacion de la Portabilidad Numerica en el Servicio de Telefonia Fija.

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Mediante carta c. 037-GG.GPRC/2014.

1041793-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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