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El Peruano Viernes 24 de enero de 2014 514963 2. Situación de las Bandas 1 710 - 1780 MHz y 2110 - 2180 MHz a nivel nacional 2.1 Sobre la atribución 2.2 Sobre la canalización 3. Tendencias internacionales 3.1 Organismos Internacionales 3.2 Referentes de países 4. Propuesta de la Comisión Multisectorial del PNAF BANDA 1 710 - 1 780 MHz y 2 110 - 2 180 MHz ----------------------------------------------------------------------- I. INTRODUCCIÓN El Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) es el documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico, así como las normas generales para su utilización. El espectro radioeléctrico identifi cado a nivel internacional para la prestación de los servicios móviles avanzados, es un recurso natural que contribuye de manera esencial e importante al despliegue y masifi cación de la banda ancha móvil, reconocida a nivel internacional como uno de los pilares fundamentales que permite el desarrollo de la economía, mejora la competitividad, así como contribuye a la inserción del país a la Sociedad de la Información. En la región América, las bandas de frecuencias 1 710 - 1770 MHz y 2110 - 2170 MHz conocidas como AWS – Advanced Wireless Services han sido identifi cadas para la prestación de servicios móviles avanzados. Países de la región tales como Estados Unidos, Canadá, México, Colombia, Chile, Uruguay, Argentina, Bolivia, Ecuador, Puerto Rico, Paraguay y Perú han realizado subastas y han asignado frecuencias a operadores de telecomunicaciones en la Banda AWS. Organismos internacionales tales como la Unión Internacional de Telecomunicaciones, en su estudio “The State of Broadband 2013: Universalizing Broadband” refi ere que existe un crecimiento explosivo de equipos móviles inalámbricos, pues en estos casos el número de conexiones y de dispositivos sofi sticados para acceder a las aplicaciones de gran volumen de datos y de servicios, está dando lugar a un fuerte y continuo crecimiento del tráfi co de datos, lo que conlleva a un aumento de la demanda por banda ancha móvil y por ende del espectro radioeléctrico. Asimismo, 4G Américas en su informe “Análisis de las Recomendaciones de la UIT sobre el espectro en la región América Latina – Comprendiendo las asignaciones del espectro y su utilización” (2013), señala entre otros aspectos, que la característica más común del mercado de banda ancha de América Latina es la necesidad de espectro armonizado internacionalmente a lo largo de la región, dado que la solución a esta necesidad permitirá continuar con la evolución tecnológica para saciar la creciente demanda de la sociedad. Además, manifi esta que aún existe una escasez de espectro inalámbrico armonizado internacionalmente en la región, por lo que los reguladores deben pasar de ‘mostrar interés’ y contar con ‘planes’ a la acción de subastar más espectro. La Unión Internacional de Telecomunicaciones y la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones en sus respectivos Grupos de Trabajo vienen estudiando1 la posibilidad de ampliar la banda 1710 - 1 770 MHz y 2 110 - 2 170 MHz, hasta el rango 1 770 – 1 780 MHz y 2 170 - 2 180 MHz, pues señalan que en los países de la Región América existe la necesidad para cumplir con los objetivos fundamentales de acceso y servicio universal de los ciudadanos al Internet y la Sociedad de la Información ya que son un elemento clave para el desarrollo económico y el progreso de las sociedades, especialmente en los países en vía de desarrollo; así como manifi estan que la armonización del espectro de extensión dentro de la Región América permite el éxito de la banda ancha móvil, proporcionando economías de escala e itinerancia simplifi cada. En atención a lo mencionado, la Comisión Multisectorial Permanente del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias ha considerado conveniente elaborar el presente Documento de Trabajo en el cual se analiza en base a las nuevas tendencias internacionales de la región y necesidades del mercado, una propuesta de atribución y canalización de las bandas de frecuencias 1 750 - 1 780 MHz y 2 150 - 2 180 MHz, con el fi n de contribuir proactivamente con el desarrollo y masifi cación de los servicios móviles de banda ancha en el país. En ese sentido, se espera recibir las opiniones y propuestas de los interesados, las cuales contribuirán sustancialmente a la toma de decisión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entidad que tiene a su cargo la administración, asignación y control del espectro radioeléctrico. II. SITUACIÓN DE LAS BANDAS 1 710-1 780 MHZ Y 2 110-2 180 MHZ A NIVEL NACIONAL 2.1 Sobre la atribución El Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) establece en las Notas P65 y P67, aprobadas mediante Resolución Ministerial N°188-2011-MTC/03 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 15 de marzo de 2011, lo siguiente: “P65 Las bandas 1850-1910 MHz y 1930–1990 MHz están atribuidas para servicios públicos de telecomunicaciones móviles y/o fi jos. Las bandas 1710–1770 MHz y 2110–2170 MHz están atribuidas para servicios públicos de telecomunicaciones. El otorgamiento de la concesión y la asignación de espectro para la explotación de dichos servicios en las bandas 1710-1770 MHz, 1850-1910 MHz, 1930-1990 MHz y 2110- 2170 MHz, serán mediante concurso público de ofertas. La banda 1910 – 1930 MHz está atribuida a título primario para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fi jo inalámbrico. La banda 1770-1850 MHz se mantiene en reserva. Mientras dure tal situación, el Ministerio no realizará nuevas asignaciones en esta banda. (…)”. “P67 Las bandas 1990-2025 MHz y 2170-2200 MHz se mantienen en reserva. Mientras dure tal situación, el Ministerio no realizará nuevas asignaciones en algunas de estas bandas. Cuando cese la situación de reserva de estas bandas de frecuencias, el otorgamiento de la concesión y la asignación de espectro se efectuará mediante concurso público de ofertas, excepto para casos como el servicio móvil por satélite y el servicio fi jo y/o móvil utilizando estaciones en plataformas a gran altitud, es decir los casos de sistemas globales reconocidos mediante acuerdos internacionales. (…)”. Según se observa de lo anterior, el rango 1 750 - 1 770 MHz y 2 150 - 2 170 MHz (20 MHz + 20 MHz) se encuentra atribuido para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones. Por su parte, el rango 1 770 - 1 780 MHz y 2 170 - 2 180 MHz (10 MHz + 10 MHz) se encuentra en reserva. 2.2 Sobre la canalización La canalización de las bandas 1 710 - 1 770 MHz y 2 110 1 En la UIT, a través del Grupo de Trabajo 5D del Subsector Radiocomunicaciones, se viene revisando la Recomendación ITU- R M.1036-4, que contiene las disposiciones de frecuencias para la implementación de la componente terrestre de los sistemas IMT, mientras que en la CITEL, se viene discutiendo el tema en el Comité Consultivo Permanente II: Radiocomunicaciones, incluyendo Radiodifusión. PROYECTO