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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2014 (24/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

El Peruano Viernes 24 de enero de 2014 514959 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la presente Resolución y los planos que la sustentan. Artículo Cuarto.-. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1041151-6 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan la suspensión temporal del otorgamiento de permisos de operación a nuevas personas jurídicas, a fin de regular el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 291-MVES Villa El Salvador, 27 de diciembre de 2013 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha, y; VISTO: El Dictamen Nº 13-2013-CDUyT/MVES de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte 2013, los Documentos Nros. 17302-2013 y 17748-2013, el Informe Nº 240-2013- STS-GDU-MVES de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, el Informe Nº 185-2013-GDU-MVES de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 562- 2013-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 394-2013-GM-MVES de la Gerencia Municipal, respecto a prorrogar el plazo de Suspensión de Otorgamiento de Permiso de Operación para servicios de Transportes Público Especial de Pasajeros y Carga de Vehículos Menores en el Distrito de Villa El Salvador; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, ésta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Documento Nº 17302-2013 y Documento Nº 17748-2013, la Empresa de Transporte y Servicios Múltiples E.I.R.L., y el Frente de Transportistas de Villa El Salvador, respectivamente, señalan que mediante Ordenanza Municipal Nº 280-MVES, se ordenó Suspender el otorgamiento de Permiso de Operación a nuevas personas jurídicas hasta el 31 de diciembre de 2013, por lo cual solicitan se prorrogue la fecha de suspensión por seis (6) meses; Que, con Informe Nº 240-2013-STS-GDU-MVES, la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, informe que a la fecha se encuentra vigente la Ordenanza Municipal Nº 280-MVES, norma que prorroga hasta el 31 de diciembre del presente año la “Suspensión Temporal de la emisión de Permisos de Operación a Nuevas Personas Jurídicas que deseen dar la prestación del Servicio de Transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores en el distrito de Villa El Salvador”; precisa la citada Sub Gerencia, que a la fecha se cuenta con 65 personas jurídicas que brindan el servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores; observándose, que algunas zonas se encuentran saturadas, ocasionando congestionamiento, invasión de paraderos no autorizados, reducción de la capacidad vial y por consecuencia merma en el nivel del servicio; por lo cual opina la citada Sub Gerencia que de permitirse el registro de más personas jurídicas, se perjudicaría gravemente el servicio; más aún informa que no se cuenta con un Estudio Técnico, que permitiría determinar el número de Personas Jurídicas y unidades de vehículos menores que requiere el distrito de Villa El Salvador, debiendo de considerarse la extensión de la zona, la red vial y la necesidad del servicio requerido por la población de Villa El Salvador; por lo cual recomienda se amplíe la suspensión dispuesta mediante Ordenanza Municipal Nº 280-MVES. Que, con Informe Nº 185-2013-GDU-MVES, la Gerencia de Desarrollo Urbano ratifi ca lo expresado por la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial; Que, con Informe Nº 562-2013-OAJ/MVES, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, concluye que luego de lo informado por las unidades orgánicas competentes, y del análisis de la norma específi ca, es viable la prórroga de la Suspensión de Permisos de Operación a Nuevas Personas Jurídicas, a fi n de regular el Servicio de Transportes Público Especial de Pasajeros y Carga de Vehículos Menores en el Distrito de Villa El Salvador, debiendo efectuarse mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 394-2013-GM-MVES el Gerencia Municipal remite los actuados a la Ofi cina de Secretaría General a fi n de que se dé el trámite de Comisión y se emita el dispositivo municipal que prorrogue la suspensión requerida; Que, con Dictamen Nº 13-2013-CDUyT/MVES la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte 2013, recomienda se prorrogue el plazo de la Suspensión de Otorgamiento de Permiso de Operación para servicios de Transportes Público Especial de Pasajeros y Carga de Vehículos Menores en el Distrito de Villa El Salvador para nuevas personas jurídicas, dispuesta en la Ordenanza Municipal Nº 280-MVES, en mérito a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes; Estando a lo expuesto, y contando con el Informe Nº 562-2013-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y el Dictamen Nº 13-2013-CDUyT/MVES la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte 2013, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO DE SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA EMISION DE PERMISOS DE OPERACIÓN A NUEVAS PERSONAS JURÍDICAS QUE DESEEN DAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Abril del 2014, la Suspensión Temporal del Otorgamiento de Permisos de Operación a nuevas Personas Jurídicas, a fi n de regular el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores en el Distrito de Villa El Salvador, dispuesta en la Ordenanza Municipal Nº 280-MVES. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a la Administración Municipal priorice la elaboración del Estudio Técnico que determine el número de personas jurídicas y unidades vehiculares que deberá prestar el servicio de transporte menor en el distrito de Villa El Salvador. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1041167-1