Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2014 (28/01/2014)


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detalle en documento Anexo forma parte integrante del presente decreto. Articulo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO este acto administrativos a las instancias que correspondan; disponiendose su publicacion conforme a lo senalado en su parte considerativa. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1042585-1

El Peruano Martes 28 de enero de 2014

40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MORDAZA LEGAL DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2014 Articulo 1º.- Otorguese a favor de los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de San Miguel. 1. Reduccion de pago para pensionistas:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban MORDAZA legal de los beneficios tributarios para las tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo para el Ejercicio 2014
ORDENANZA Nº 259-MDSM San MORDAZA, 24 de enero del 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria en la fecha; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las municipalidades distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa de los asuntos de su competencia; Que, el concejo municipal ejerce su funcion, entre otras normas municipales, a traves de ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV MORDAZA de legalidad sobre reserva de ley del texto unico ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias y exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, mediante ordenanza Nº 254-MDSM se aprueba el regimen tributario de las tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo para el ejercicio 2014, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 2737 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, es politica de la administracion tributaria incentivar al pago voluntario de los tributos que administra, por lo que consciente de la situacion economica que atraviesan los vecinos del distrito de San MORDAZA, es necesario adoptar medidas que beneficien a los vecinos pensionistas propietarios y a los contribuyentes que cancelen en forma adelantada el total de sus arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2014; Que, en ese sentido, se debe establecer el MORDAZA legal de los beneficios tributarios para las tasas de los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo, asi como la determinacion de los montos por dicho concepto aplicables al ejercicio fiscal 2014, para los contribuyentes de la jurisdiccion de San Miguel. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 39º y

Reduccion del pago en los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines y serenazgo, equivalente al 50% del monto de los arbitrios municipales aprobado para el ejercicio fiscal 2014, siempre y cuando correspondan a una de las categorias siguientes: a) Los pensionistas propietarios de un solo predio destinado a vivienda. Para el caso ya sea a titulo personal o de la sociedad conyugal, el tramite es automatico. b) Los pensionistas propietarios de los predios destinados a MORDAZA habitacion, que ademas conduzcan a nombre propio un local comercial o de servicios, cuya area no supere los 25 m2, pagara el monto de los arbitrios municipales correspondientes a MORDAZA habitacion. 2. Incentivo por el pago al contado: Los contribuyentes con predios cuyo uso sea MORDAZA habitacion y/o terreno sin construir, que cancelen en forma adelantada el total de los arbitrios del ejercicio 2014, se les aplicara el siguiente descuento: a) Quince por ciento (15%) para los contribuyentes que no tengan deudas tributarias, comprendidas, entre los anos 2000 al 31 de diciembre de 2013. b) Cinco (5%) para los contribuyentes que tengan deudas tributarias de anos anteriores. Los contribuyentes con predios cuyo uso sea distinto a MORDAZA habitacion y/o terreno sin construir que cancelen en forma adelantada el total de los arbitrios del ejercicio 2014, se les aplicara el siguiente descuento: c) Diez por ciento (10%) para los contribuyentes que no tengan deudas tributarias, comprendidas, entre los anos 2000 al 31 de diciembre de 2013. d) Cinco por ciento (5%) para los contribuyentes que tengan deudas tributarias de anos anteriores. Ambos descuentos seran aplicables sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales de los meses de enero a diciembre del 2014, siempre que el pago se realice, en su totalidad hasta el 28 de febrero de 2014. Articulo 2º.- Los beneficios tributarios que se conceden en el articulo precedente son excluyentes y no se aplicara de manera conjunta. Articulo 3º.- Los beneficios tributarios otorgados seran compensados con recursos propios de la entidad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Encarguese a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y a la Subgerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones el cabal cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 1042716-1

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