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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2014 (28/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Martes 28 de enero de 2014 515463 para el Año Fiscal 2013, vigente a la fecha de expedición de la Resolución Jefatural N° 218-2013/SIS, dispone la autorización de las transferencias fi nancieras durante el Año Fiscal 2013, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud; aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras; Que, mediante Resolución Jefatural N° 218-2013/ SIS se aprobó la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de S/. 29´424,343.00 con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de noviembre 2013, detallado en el Anexo 01 que es parte integrante de dicha Resolución, la misma que fue publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el día 04 de diciembre de 2013; Que, en el Anexo 01 de la Resolución Jefatural acotada fueron incluidas transferencias a la Unidad Ejecutora N° 470 - Ejército Peruano por el importe de S/. 120,000.00 y a la Unidad Ejecutora 1457 - Hospital de Apoyo Palpa por el monto de S/. 119,557.00, sin corresponderles; Que, de acuerdo a lo informado en los documentos de vistos por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, la Unidad Ejecutora N° 470 - Ejército Peruano no cuenta con registro de inscripción como Institución Prestadora de Servicios de Salud - IPRESS ante la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, hoy Superintendencia Nacional de Salud y que la Unidad Ejecutora 1457 - Hospital de Apoyo Palpa no ha modifi cado su categoría en RENAES donde está categorizada en el nivel I-4 de atención, por lo tanto, no les corresponde transferencias por concepto de preliquidado, toda vez que las mismas son sólo para establecimientos de salud del segundo y tercer nivel de atención; Que, en ninguno de los casos se efectuó transferencia alguna a las Unidades Ejecutoras citadas; Que, conforme lo establece el artículo 1° del Reglamento de Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, aprobado por Resolución N° 043- 2011-SUNASA/CD, es requisito previo para operar dentro del Aseguramiento Universal en Salud (AUS) que las IPRESS estén registradas en la SUNASA, norma que ha sido corroborada mediante el artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1158 al precisar que las IPRESS públicas, privadas o mixtas, creadas o por crearse “(…) para brindar servicios de salud deberán encontrarse registradas en la Superintendencia Nacional de Salud.”; Que, en tal sentido la Gerencia de Negocios y Financiamiento sustenta la necesidad de modifi car el Anexo 01 de la Resolución Jefatural N° 218-2013/ SIS, a efecto de excluir a las Unidades Ejecutoras N° 470 - Ejército Peruano y Unidad Ejecutora 1457 - Hospital de Apoyo Palpa de los alcances de la precitada Resolución; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Ofi cina General de Administración de Recursos, de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación del Anexo 01 de la Resolución Jefatural N° 218-2013/SIS, a fi n de excluir del mismo a la Unidad Ejecutora 1457 Región Ica - Hospital de Apoyo Palpa y a la Unidad Ejecutora 470 Ejército Peruano, por las razones expuestas en la parte considerativa, Anexo que queda modifi cado de acuerdo al detalle que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y coordinar con la Ofi cina General de Tecnología de la Información la publicación de la misma en el portal de la página web del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1042923-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Designan Presidente interino de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 005-2014-P-CE-PJ Lima, 24 de enero de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 098-2014-P-CSJMD/PJ, cursado por el señor Marino Gabriel Cusimayta Barreto, Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 104-2013-CE-PJ, de fecha 14 de junio de 2013, se designó al señor Marino Gabriel Cusimayta Barreto, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, como Presidente encargado de dicha sede judicial. Segundo. Que, al respecto, el mencionado Juez Superior formula renuncia al cargo que se le ha encomendado; por lo que es del caso emitir el acto de administración interna correspondiente. En consecuencia, la Presidencia de este Órgano de Gobierno, con cargo a dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Marino Gabriel Cusimayta Barreto, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, como Presidente encargado de dicha sede judicial; quien retornará a sus funciones como Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del mencionado Distrito Judicial. Artículo Segundo.- Designar al señor Adolfo Nicolás Cayra Quispe, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, como Presidente interino del referido Distrito Judicial; suspendiéndose, por necesidad del servicio, las vacaciones concedidas. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, Gerencia General del Poder Judicial y los Jueces Superiores mencionados, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1042924-1